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EN ESTA PÁGINA: Introducción Texto provisionalmente convenido del ACP Modalidades |
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CONTRATACIÓN PÚBLICA: EL ACUERDO PLURILATERAL SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP) La renegociación del Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) |
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El compromiso de celebrar nuevas negociaciones fue "incorporado" al ACP actual (párrafo 7b) y párrafo 7C) del artículo XXIV) cuando se adoptó en 1994. Estas negociaciones tienen tres objetivos: i) mejorar y actualizar el Acuerdo, a la luz, entre otras cosas, de las novedades que se hayan producido en la tecnología de la información y en los métodos de contratación; ii) ampliar el ámbito de aplicación del Acuerdo; y iii) eliminar las medidas discriminatorias que sigan aplicándose. Las negociaciones también tienen por objeto facilitar la adhesión al Acuerdo de nuevas Partes, en especial países en desarrollo. Las negociaciones en el marco del ACP no forman parte de la denominada Ronda de Doha de negociaciones de la OMC y que abarca una serie de otros temas. En diciembre de
2006, los negociadores llegaron a un entendimiento acerca de la revisión
del texto del Acuerdo plurilateral sobre Contratación Pública (ACP) de
1994. El acuerdo de los negociadores es provisional en la medida en que
está sujeto (i) a un control legal ; y (ii) a un resultado mutuamente
satisfactorio del otro aspecto de las negociaciones relativas a un nuevo
Acuerdo sobre Contratación Pública: la ampliación de la cobertura (es
decir, las esferas de actividad comercial de los gobiernos abiertas a la
competencia internacional). El texto revisado entraña una revisión a fondo de las disposiciones del Acuerdo a fin de que sean más fáciles de utilizar. También se han actualizado las disposiciones para tener en cuenta la evolución de las prácticas actuales de contratación pública, en particular el papel de los instrumentos electrónicos en el proceso de contratación. Se ha añadido flexibilidad adicional en algunos puntos, por ejemplo períodos de tiempo más breves para la contratación de bienes y servicios de un tipo que esté disponible en el mercado comercial. Se ha definido más claramente el trato especial y diferenciado para los países en desarrollo; de esta manera se espera facilitar las futuras adhesiones de esos países. Se ha prestado mucha atención a cuestiones como los procedimientos nacionales de recurso para las impugnaciones presentadas por los proveedores y las normas para modificar las listas de cobertura de las Partes. Con respecto a esta última cuestión, se ha acordado establecer procedimientos de arbitraje para resolver las diferencias. Las Partes en el ACP han acordado que se
deberá utilizar el nuevo texto como base para las negociaciones con los
países que deseen adherirse al ACP. Se han iniciado negociaciones sobre
adhesión con ocho Miembros de la OMC (Albania, Georgia, Jordania, la
República Kirguisa, Moldova, Omán, Panamá y el Taipei Chino). China ha
indicado también su intención de comenzar las negociaciones presentando
una oferta a finales de 2007 a más tardar.
El texto del Acuerdo sobre Contratación
Pública convenido provisionalmente se encuentra ya a disposición del
público en general (GPA/W/297).
Modalidades volver al principio El Comité de Contratación Pública ha adoptado dos Decisiones sobre las modalidades para las negociaciones sobre la ampliación del ámbito de aplicación y la eliminación de las medidas y prácticas discriminatorias (GPA/79 y (GPA/79/Add.1). |
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