
Antecedentes
El
Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales fue uno
de los primeros resultados de la Ronda
Uruguay y
se estableció con carácter provisional durante el
Balance a Mitad de Período de la Ronda celebrado en
Montreal en diciembre de 1998. En virtud del artículo
III del Acuerdo de Marrakech, aprobado por los Ministros
en abril de 1994, el MEPC se convirtió con carácter
permanente en una de las funciones básicas de la OMC;
con la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC en 1995,
el mandato del MEPC se extendió al comercio de servicios
y la propiedad intelectual.
Uno
de los objetivos del MEPC, según el Anexo
3
del Acuerdo de Marrakech, es coadyuvar a un mejor
funcionamiento del sistema multilateral de comercio
mediante la consecución de una mayor transparencia de
las políticas comerciales de los Miembros.
Todos
los Miembros
de la OMC
son objeto de examen en el marco del
MEPC.
El Anexo establece que los cuatro Miembros con mayor
participación en el comercio mundial (actualmente las
Comunidades Europeas, los Estados Unidos, el Japón y el
China) serán objeto de un examen cada dos años, los
16 siguientes cada cuatro años y los demás cada seis
años, pudiendo fijarse un intervalo más extenso para
los países menos adelantados Miembros.
En
1994 se introdujo una flexibilidad de hasta seis meses en
los ciclos de exámenes y en 1996 se acordó que uno de
cada dos exámenes de las cuatro primeras entidades
comerciantes fuese un examen "intermedio".
Cómo
se organizan los exámenes
El
Órgano
de Examen de las Políticas Comerciales (OEPC)
realiza los exámenes sobre la base de una declaración
de políticas preparada por el país objeto de examen y
un informe elaborado por economistas de la
División
de Examen de las Políticas Comerciales
de la Secretaría.
Al
debate del MEPC contribuyen dos ponentes previamente
seleccionados a este efecto.
La
Secretaría, aunque solicita la colaboración del Miembro
para preparar el informe, es la única responsable de los
hechos y opiniones expuestos en él.
El
informe se compone de capítulos detallados en los que se
examinan las prácticas y políticas comerciales del
Miembro y se describen las instituciones responsables de
la política comercial, así como la situación
macroeconómica. Estos capítulos están precedidos por
las observaciones recapitulativas de la Secretaría, en
las que se resume el informe y se presenta la perspectiva
de la Secretaría sobre las políticas comerciales del
Miembro. El informe de la Secretaría y la declaración
de políticas del Miembro se publican después del
examen, junto con el acta de la reunión y el texto de
las observaciones formuladas al término de la misma por
el Presidente del OEPC a modo de conclusión.
Fuera
del ámbito de la OMC se ha escrito mucho sobre el MEPC y
se invita a aumentar la lista de publicaciones
relacionadas.
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