OMC: NOTICIAS 2015

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En la reunión del Consejo del Comercio de Servicios de la OMC, Shameem Ahsan, Embajador de Bangladesh ante la OMC, dijo en nombre del Grupo de los PMA que el Grupo aplaudía los esfuerzos realizados hasta el momento por llevar a la práctica la Decisión de exención para los PMA en la esfera de los servicios.

Según señaló, había ya “abundantes pruebas” de que los Miembros de la OMC estaban decididos a impulsar el suministro de servicios por los PMA. No obstante advirtió que había que seguir trabajando al respecto.

Por otra parte, el Consejo del Comercio de Servicios también manifestó su aprobación respecto de las preferencias no previstas en las medidas de acceso a los mercados que figuraban en las notificaciones presentadas hasta la fecha.1

El Grupo de los PMA esbozó asimismo una propuesta de decisión sobre la exención en la esfera de los servicios para la Décima Conferencia Ministerial de la OMC que se celebraría en Nairobi, Kenya, el próximo mes de diciembre.

El Embajador Martin Eyjolfsson, Presidente del Consejo del Comercio de Servicios, había informado previamente a los Miembros que 17 Miembros de la OMC ya habían enviado notificaciones de trato preferencial a los servicios y proveedores de servicios de los PMA.

Los Miembros que habían han remitido notificaciones eran los siguientes: el Canadá; Australia; Noruega; la República de Corea; China; Hong Kong, China; el Taipei Chino; Singapur; Nueva Zelandia; Suiza; el Japón; México; Turquía; los Estados Unidos; la India; Chile, e Islandia.

El Presidente también dijo a las delegaciones que esperaba que la notificación del Brasil pudiese distribuirse en los próximos días. La Unión Europea dijo que confiaba en poder remitir su notificación en breve, y Sudáfrica dijo que las autoridades del país estaban a punto de aprobar su notificación.

Se pueden consultar las notificaciones actuales en virtud de la Decisión sobre la exención para los PMA aquí.

 

La exención para los PMA en la esfera de los servicios

La exención para los PMA en la esfera de los servicios, adoptada en la Octava Conferencia Ministerial de la OMC en 2011, permite a los Miembros que no son PMA otorgar preferencias para que todos los PMA puedan beneficiarse de un mayor acceso a sus mercados. En virtud de esta decisión, los Miembros de la OMC pueden apartarse por primera vez de la obligación del trato de la nación más favorecida que les impone el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS).

En un principio los avances en materia de aplicación fueron lentos, razón por la cual los Miembros de la OMC decidieron adoptar en la Novena Conferencia Ministerial, celebrada en Bali (Indonesia) del 3 al 6 de diciembre de 2013, medidas adicionales para la puesta en práctica de la exención. La primera notificación de preferencias, del Canadá, se recibió el pasado mes de marzo.

 

Evaluación de las notificaciones

El Grupo de los PMA presentó evaluaciones detalladas de casi todas las notificaciones recibidas hasta la fecha. El Grupo dijo que el número de notificaciones recibidas había sido "impresionante" habida cuenta de los escasos avances registrados durante los primeros tres años tras la adopción de la exención, y que eso mostraba que los Miembros de la OMC estaban decididos a facilitar la integración de los PMA en el sistema multilateral de comercio.

El Grupo de los PMA dijo también que en las notificaciones figuraban claramente algunos de los sectores respecto de los cuales los PMA deseaban que se pusiese en práctica la exención -tal como lo habían hecho saber en su solicitud colectiva de julio de 2014-, y que de una forma u otra las notificaciones incluían todos los modos de suministro de servicios. En las notificaciones se había considerado más de la mitad de los aspectos señalados en la solicitud colectiva, pero era necesario seguir trabajando para incluir los aspectos relativos a los problemas no relacionados con el acceso a los mercados (visados, permisos de trabajo, permisos de residencia y reconocimiento de títulos y acreditaciones de aptitud profesional).

El Grupo también señaló que algunas de las preferencias que figuraban en las notificaciones superaban las propuestas presentadas en las negociaciones sobre servicios de la Ronda de Doha, o las preferencias prometidas en la reunión de alto nivel del 5 de febrero sobre la exención en la esfera de los servicios. No obstante, se necesitaban aclaraciones: algunas notificaciones no precisaban el modo en que se aplicarían las preferencias a los PMA, y pocas incluían preferencias más allá del acceso a los mercados.2 El Grupo expresó su preocupación por la falta de preferencias en relación con el modo 4 (movimiento transfronterizo de profesionales).

Los Miembros que habían enviado notificaciones presentaron unas primeras aclaraciones sobre las preferencias ofrecidas y dijeron que estaban dispuestos a debatir de forma bilateral las preocupaciones de los PMA.

 

Conferencia Ministerial de Nairobi

El Grupo de los PMA también esbozó una propuesta de decisión para la Conferencia Ministerial de Nairobi relativa a la exención en la esfera de los servicios. El Grupo propuso ampliar el período de exención a 15 años contados a partir de la fecha del envío de cada notificación (en lugar de los 15 años actuales contados a partir de la fecha de adopción en diciembre de 2011), así como una definición del término "tratamiento preferencial" en el sentido de la exención.

Australia dijo que estaba dispuesta a colaborar con el Grupo de los PMA en la redacción de una "Declaración Ministerial sobre los PMA y el Comercio de Servicios" para presentar en Nairobi. Australia dijo también que era necesario que los Miembros procurasen ir más allá de la exención para abordar cuestiones como las limitaciones relativas a la oferta y la falta de asistencia técnica a fin de que los PMA se beneficiasen de las nuevas oportunidades de acceso a los mercados.

Se puede consultar más información sobre la exención para los PMA en la esfera de los servicios y sobre otros asuntos relativos al comercio de servicios y los PMA aquí.

 

Notas:

1. Los Miembros pueden aplicar el trato preferencial al acceso a los mercados (artículo XVI del AGCS) después de notificárselo así al Consejo del Comercio de Servicios. Para el trato preferencial respecto de cualquier otra medida se requiere la aprobación del Consejo. volver al texto

2. Los PMA mencionaron seis Miembros que habían notificado medidas que van más allá del acceso a los mercados: Islandia, Noruega, Suiza, la India, China y Turquía. volver al texto

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