CONFERENCIA MINISTERIAL DE LA OMC, CANCÚN 2003: NOTAS INFORMATIVAS

SERVICIOS

Negociaciones y otras tareas

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El mandato de Doha

“Las negociaciones sobre el comercio de servicios se llevarán a cabo con el propósito de promover el crecimiento económico de todos los interlocutores comerciales y el desarrollo de los países en desarrollo y menos adelantados. Reconocemos la labor ya realizada en las negociaciones, iniciadas en enero de 2000 en virtud del artículo XIX del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, y el gran número de propuestas presentadas por los Miembros sobre una amplia variedad de sectores y varias cuestiones horizontales, así como sobre el movimiento de personas físicas. Reafirmamos que las Directrices y procedimientos para las negociaciones sobre el comercio de servicios, adoptadas por el Consejo del Comercio de Servicios el 28 de marzo de 2001, constituyen la base para la continuación de las negociaciones con miras a la consecución de los objetivos del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, establecidos en el preámbulo y en los artículos IV y XIX de dicho Acuerdo. Los participantes presentarán las peticiones iniciales de compromisos específicos no más tarde del 30 de junio de 2002 y las ofertas iniciales no más tarde del 31 de marzo de 2003.”

— Párrafo 15 de la Declaración Ministerial de Doha, 14 de noviembre de 2001

 

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¿Qué se espera de Cancún?

“La Conferencia Ministerial, en su quinto período de sesiones, hará un balance de los progresos realizados en las negociaciones, impartirá la orientación política que se requiera y adoptará las decisiones que sean necesarias.”

— Párrafo 45 de la Declaración Ministerial de Doha, 14 de noviembre de 2001

 

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Antecedentes

En virtud del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) de la OMC, los gobiernos Miembros se comprometen a acometer un amplio programa de trabajo, parte del cual había de empezar inmediatamente después de que el AGCS entrara en vigor en enero de 1995. En el marco de este programa de trabajo se prescribía que cinco años más tarde dieran comienzo las negociaciones sobre compromisos específicos de acceso a los mercados con miras a una mayor liberalización del comercio de servicios. En consecuencia, a principios de 2000, los gobiernos Miembros entablaron esas negociaciones. Desde comienzos de 2001, los debates se centraron principalmente en las propuestas de los Miembros, lo que ayudó a explicar los respectivos intereses y prioridades en las negociaciones.

En marzo de 2001, los negociadores cumplieron un elemento clave de su mandato al establecer las directrices y procedimientos para las negociaciones. Acordando esas directrices, los Miembros establecieron los objetivos, el alcance y el método para las negociaciones de una forma clara y equilibrada. Las directrices apoyaron inequívocamente algunos de los principios fundamentales del AGCS, a saber, el derecho de los Miembros a reglamentar el suministro de servicios, y a establecer nuevas reglamentaciones al respecto, con el fin de realizar los objetivos de su política nacional; su derecho a especificar qué servicios desean abrir a los proveedores extranjeros y en qué condiciones; y el principio general de la flexibilidad para los países en desarrollo y los países menos adelantados. Las directrices por lo tanto, son sensibles a las preocupaciones de política general en relación con sectores importantes como la atención de la salud, la educación pública y las industrias culturales, a la vez que recalcan la importancia de la liberalización en general y garantizan el acceso efectivo de los proveedores extranjeros de servicios a los mercados nacionales.

La Declaración Ministerial de Doha de 14 de noviembre de 2001 reafirmó las directrices para la negociación y estableció algunos elementos clave del calendario, incluida la fecha límite del 1º de enero de 2005 para la conclusión de las negociaciones como partes de un todo único.

 

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Evolución desde Doha

Negociaciones para mejorar los compromisos de acceso a los mercados

Tras la Conferencia Ministerial de Doha, celebrada en noviembre de 2001, los negociadores siguieron debatiendo las propuestas presentadas por los Miembros para liberalizar una amplia variedad de sectores, así como el movimiento de personas físicas (esto es, la entrada y la estancia temporal de personas que suministran un servicio, ya se trate de trabajadores autónomos o de empleados de una empresa de servicios). Las propuestas plantearon cuestiones para debates multilaterales tales como las relativas a la clasificación de los servicios y a los obstáculos al acceso a los mercados, cuestiones reglamentarias y otras cuestiones de política. El debate ayudó a los negociadores a intercambiar opiniones y a informarse unos a otros de sus respectivos intereses en las negociaciones.

Se han presentado más de 150 propuestas que abarcan sectores tales como el de los servicios profesionales, las telecomunicaciones, el turismo, los servicios financieros, los servicios de distribución, los servicios de construcción, los servicios de energía, el transporte marítimo, los servicios postales y de correos y los servicios relacionados con el medio ambiente. También hubo varias propuestas referidas al movimiento de personas físicas. No hubo ninguna propuesta sobre servicios de salud. Se presentaron cuatro propuestas sobre servicios de enseñanza, todas ellas sobre los servicios de enseñanza privada, en particular los servicios de enseñanza no académica tales como la enseñanza de idiomas, los cursos técnicos, los servicios de capacitación de las empresas y los servicios de pruebas educativas.

Estos debates ayudaron a los negociadores a estar mejor preparados para las negociaciones bilaterales, más centradas, sobre acceso a los mercados (conocidas como la etapa de “peticiones/ofertas”), las cuales estaba previsto que comenzaran en la segunda mitad de 2002, tal como se indica en la Declaración de Doha.

Peticiones Los gobiernos Miembros comenzaron a intercambiar peticiones iniciales de compromisos específicos de acceso a los mercados en julio de 2002. (Habida cuenta de que las peticiones se intercambian bilateralmente, la Secretaría no tiene medios precisos para verificar su cantidad. Sin embargo, según indicaciones informales, aproximadamente 30 Miembros han enviado peticiones a casi todos los participantes.)

Ofertas En respuesta a estas peticiones iniciales, los 27 Miembros siguientes (contando a la Unión Europea como un solo Miembro) han presentado peticiones iniciales hasta la fecha (20 de junio de 2003): Argentina; Australia; Bahrein; Canadá; Corea; Eslovenia; Estados Unidos; Fiji; Hong Kong, China; Islandia; Israel; Japón; Liechtenstein; Macao, China; México; Nueva Zelandia; Noruega; Panamá; Paraguay; Polonia; República Checa; Saint Kitts y Nevis; Senegal; Suiza; Taipei Chino; Unión Europea y Uruguay. Varios otros Miembros están preparando sus ofertas iniciales y se espera que las presenten en un futuro próximo.

Las ofertas iniciales presentadas hasta la fecha se refieren a 642 compromisos específicos; 363 son mejoras de compromisos existentes y 279 son nuevos compromisos relativos a sectores específicos.

El intercambio bilateral continuará mientras los Miembros negocian para conseguir los unos de los otros los mejores compromisos posibles de acceso a los mercados hasta la fecha límite del 1º de enero de 2005.

Otros elementos del programa de trabajo del AGCS

Normas del AGCS Comenzaron en 1995 y actualmente continúan las negociaciones sobre la elaboración de posibles disciplinas que todavía no están incluidas en el AGCS: normas sobre medidas de salvaguardia urgentes, contratación pública y subvenciones. Hasta ahora los trabajos se han concentrado en las salvaguardias. Estas son limitaciones temporales del acceso a los mercados para hacer frente a la perturbación del mercado, y las negociaciones tienen por objeto establecer procedimientos y disciplinas para los gobiernos que apliquen esas limitaciones. Está previsto que las negociaciones — que han sido difíciles — concluyan a finales de marzo de 2004, pero los resultados entrarán en vigor al mismo tiempo que los de las actuales negociaciones sobre servicios.

Reglamentación nacional En 1995 comenzó la labor encaminada al establecimiento de disciplinas en materia de reglamentación nacional, es decir, los requisitos que los proveedores de servicios extranjeros tienen que cumplir a fin de operar en el mercado. La atención se centra en las prescripciones y procedimientos en materia de títulos de aptitud, las normas técnicas y las prescripciones en materia de licencias. Antes de diciembre de 1998 los Miembros habían acordado disciplinas sobre reglamentación nacional para el sector de la contabilidad. Desde entonces se han ocupado de la elaboración de disciplinas generales para todos los servicios profesionales y, en caso necesario, de disciplinas sectoriales adicionales. Todas las disciplinas acordadas formarán parte del AGCS y serán jurídicamente vinculantes cuando concluyan las actuales negociaciones sobre servicios.

Exenciones del trato NMF La labor sobre este tema empezó en 2000. Cuando el AGCS entró en vigor en 1995, los Miembros tuvieron la oportunidad única de acogerse a una exención del principio de la nación más favorecida (NMF), que establece la no discriminación entre los interlocutores comerciales de un Miembro. La medida relativa al comercio de servicios para la cual se ha solicitado la exención se describe en la Lista de exenciones del trato NMF de un Miembro, indicando a qué Miembro se aplica el trato más favorable y especificando su duración. En principio, estas exenciones no deberían exceder de un plazo de 10 años. Conforme a lo prescrito en el AGCS, todas estas exenciones están siendo revisadas actualmente a fin de examinar si subsisten aún las condiciones que motivaron la necesidad de la exención. Y en cualquier caso, forman parte de las negociaciones actuales sobre servicios.

Liberalización realizada de manera autónoma Los países que han procedido a la liberalización por propia iniciativa desde las últimas negociaciones multilaterales desean que ello se tome en cuenta cuando negocien el acceso a los mercados en el sector de los servicios. Las directrices y procedimientos para la negociación que los Miembros acordaron en marzo de 2001 para las negociaciones en el marco del AGCS también requieren el establecimiento de criterios para tomar en cuenta la liberalización “realizada de manera autónoma” o unilateral. Éstos fueron acordados el 6 de marzo de 2003.

Trato especial para los países menos adelantados El AGCS prescribe que los Miembros establezcan el modo de dar un trato especial a los países menos adelantados durante las negociaciones. (Estas “modalidades” abarcan tanto el alcance del trato especial como los métodos que han de utilizarse.) Los países menos adelantados dieron inicio al debate en marzo de 2002, cuando presentaron un documento informal donde se esbozaban algunos de los elementos clave que proponían fueran incluidos en las modalidades. Como resultado de debates posteriores, los países menos adelantados presentaron un proyecto de texto formal a principios de mayo de 2003. Los Miembros siguen debatiendo ese proyecto.

Evaluación del comercio de servicios Los trabajos preparatorios sobre este tema comenzaron a principios de 1999. El AGCS prescribe que los Miembros realicen una evaluación del comercio de servicios, incluido el objetivo del AGCS de incrementar la participación de los países en desarrollo en el comercio de servicios. Las directrices para las negociaciones lo reiteran y prescriben que las negociaciones se ajusten en función de la evaluación. Los Miembros reconocen en general que la escasez de información estadística y otros problemas metodológicos imposibilitan la realización de una evaluación basada en datos completos. No obstante, prosiguen sus debates con ayuda de diversos documentos elaborados por la Secretaría.

Servicios de transporte aéreo En la actualidad la mayor parte del sector del transporte aéreo (derechos de tráfico y servicios directamente relacionados con dichos derechos) no está incluida en el AGCS. Sin embargo, en virtud de lo dispuesto en el AGCS, los Miembros deberán examinar esta situación. La finalidad del examen, que comenzó a principios de 2000, es decidir si se deberá extender la aplicación del AGCS a otros servicios de transporte aéreo. El examen podría dar lugar a una negociación propiamente dicha, que tendría como resultado una enmienda del texto mismo del AGCS, con la incorporación de nuevos servicios a su ámbito de aplicación y de compromisos específicos sobre estos nuevos servicios a las listas nacionales.