Las medidas antidumping

Si una empresa exporta un producto a un precio inferior al que aplica normalmente en el mercado de su propio país, se dice que hace “dumping”. El Acuerdo sobre la OMC no regula las acciones de las empresas que incurren en “dumping”. Se centra en la manera en que los gobiernos pueden o no reaccionar ante el dumping; establece disciplinas para las medidas antidumping y a menudo se lo denomina “Acuerdo Antidumping”.

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Noticias 

 

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Introducción 

Introducción a las medidas antidumping en la OMC Enlace con la sección dedicada a las medidas antidumping en la guía de la OMC “Entender la OMC”.

Información técnica sobre las medidas antidumping

  

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El mandato 

Breve resumen del Acuerdo Antidumping

Explicación del Acuerdo Antidumping

Obligaciones de los Miembros de presentar a la OMC notificaciones sobre las medidas antidumping

Explore o descargue el texto del “Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994” en el portal de textos jurídicos.

Encuentre decisiones de los órganos de la OMC relativas al Acuerdo Antidumping en el Índice Analítico — Guía de las normas y usos de la OMC.

El mandato de negociación de Doha
Sección de la Declaración Ministerial de Doha relativa a las medidas antidumping

Decisión de la Conferencia de Doha relativa a la aplicación (2001)
Las decisiones de los Ministros sobre las dificultades con que tropiezan los países en desarrollo para aplicar el actual Acuerdo Antidumping de la OMC.

 

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NOVEDAD

  • Portal de datos sobre medidas comerciales correctivas

OBLIGACIONES DE NOTIFICACIÓN

  • Prescripciones en materia de notificación
  • Ejemplos ficticios de algunas notificaciones


 

 

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Comité de Antidumping

El Comité de Prácticas Antidumping supervisa la implementación del Acuerdo Antidumping y sirve de foro para que los Miembros planteen y aborden preguntas y preocupaciones conexas. La actual Presidenta es la .

Información completa

  

  

 

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Grupo Informal sobre las Medidas contra la Elusión  

En una Decisión sobre las medidas contra la elusión adoptada en Marrakech, los Ministros observaron que, aun cuando el problema de la elusión de los derechos antidumping formaba parte de las negociaciones de la Ronda Uruguay sobre las medidas antidumping, los negociadores no pudieron llegar a un acuerdo sobre un texto concreto y decidieron remitir la cuestión, para su resolución, al Comité de Prácticas Antidumping. De conformidad con esta Decisión Ministerial, los Miembros establecieron el Grupo de Trabajo Informal sobre las medidas contra la elusión en una reunión del Comité de Prácticas Antidumping celebrada en septiembre de 1997. (Véase el acta de la reunión, G/ADP/M/10 punto H.)

 

REUNIONES DE GRUPOS  INFORMALES 

 

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Grupo de Trabajo sobre la Aplicación 

El Grupo de Trabajo sobre la Aplicación fue creado mediante una decisión del Comité de Prácticas Antidumping en octubre de 1996 (G/ADP/M/7). El Grupo de Trabajo sirve de foro para el intercambio de información sobre las prácticas de los Miembros.

 

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Estadísticas sobre antidumping 

Los datos presentados en los cuadros que figuran a continuación se han extraído de los informes semestrales presentados por los Miembros de la OMC al Comité de Prácticas Antidumping (en inglés solamente). Los datos se refieren al período comprendido entre el 1 de enero de 1995 y el 30 de junio de 2023. Los cuadros se basan en la información proporcionada por los Miembros que han presentado informes semestrales para los períodos correspondientes, y están incompletos cuando los Miembros no han presentado informes o los han presentado en forma incompleta. A los efectos de estos cuadros, cada iniciación de investigación y cada medida comunicadas se refiere a un solo producto importado de un solo país. En cada caso, “país” se refiere a un país o territorio aduanero (denominado "exportador" en los cuadros). Los cuadros se actualizan con la información del último ciclo de notificaciones cada seis meses, antes del 31 de mayo y del 30 de noviembre de cada año.

  • Clave: Títulos de las secciones del Sistema Armonizado
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  • Iniciación de investigaciones antidumping: por exportador
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  • Iniciación de investigaciones antidumping: por Miembro que haya presentado un informe
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  • Iniciación de investigaciones antidumping: por Miembro que haya presentado un informe/país afectado
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  • Iniciación de investigaciones antidumping: por sectores
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  • Medidas antidumping: por exportador
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  • Medidas antidumping: Por Miembro que haya presentado un informe
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  • Medidas antidumping: por Miembro que haya presentado un informe/país afectado
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  • Medidas antidumping: por sectores
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  • Medidas antidumping por sectores: inicio de investigaciones por exportador
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  • Medidas antidumping por sectores: inicio de investigaciones por Miembro que haya presentado un informe
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  • Medidas antidumping por sectores: medidas por exportador
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  • Medidas antidumping por sectores: medidas por Miembro que haya presentado un informe
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REUNIONES DEL  GRUPO DE TRABAJO