NEGOCIACIONES SOBRE LA AGRICULTURA: INFORMACIÓN GENERAL

Subvenciones a la exportación y competencia de las exportaciones

A medida que avanzan las negociaciones, los debates sobre subvenciones a la exportación y competencia de las exportaciones han pasado de abordar los principios más generales a tratar los detalles englobados en epígrafes concretos.

ACTUALIZACIÓN DE 1 DE DICIEMBRE DE 2004
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En el presente documento informativo se explican las cuestiones relativas a la agricultura planteadas en las actuales negociaciones y con anterioridad a las mismas. Este documento ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender las negociaciones sobre la agricultura. No se trata de un informe oficial de las negociaciones.

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En el presente documento informativo se explican las cuestiones relativas a la agricultura planteadas en las actuales negociaciones y con anterioridad a las mismas. Este documento ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender las negociaciones sobre la agricultura. No se trata de un informe oficial de las negociaciones.

Durante los preparativos de las “modalidades”, de 2002 a 2003, los debates se dividieron en cinco apartados: subvenciones a la exportación; créditos, garantías y seguros a la exportación; ayuda alimentaria; empresas comerciales del Estado exportadoras; y restricciones e impuestos a la exportación. Dentro de cada epígrafe hay una lista de apartados: comentarios generales; ámbito/definiciones/productos abarcados; etapas/calendarios; transparencia y notificación; etc.

El trato especial y diferenciado para los países en desarrollo y las preocupaciones no comerciales son temas debatidos en el marco de todos ellos, aunque hay desacuerdo entre los Miembros respecto a si la Declaración de Doha concede igual importancia a ambos temas o si las preocupaciones no comerciales tienen una prioridad menor.

¿Quiénes pueden subvencionar las exportaciones?

Veinticinco Miembros de la OMC pueden subvencionar las exportaciones, pero sólo respecto de los productos para los que han contraído compromisos de reducción de las subvenciones. Los países que no han adquirido compromisos no pueden subvencionar las exportaciones agrícolas en absoluto. Algunos de los 25 Miembros han decidido reducir en gran medida sus subvenciones o eliminarlas completamente. Entre paréntesis figura el número de productos subvencionados por cada país.

Australia (5)
Brasil (16)
Bulgaria (44)
Canadá (11)
Chipre (9)
Colombia (18)
Estados Unidos (13)
Hungría (16)

Indonesia (1)
Islandia (2)
Israel (6)
México (5)
Noruega (11)
Nueva Zelandia (1)
Panamá (1)
Polonia (17)

República Checa (16)
República Eslovaca (17)
Rumania (13)
Sudáfrica (62)
Suiza-Liechtenstein (5)
Turquía (44)
UE (20)
Uruguay (3)
Venezuela (72)

El Acuerdo prevé que los países en desarrollo puedan acogerse a exenciones temporales respecto de las subvenciones para reducir los costos de comercialización y transporte (párrafo 4 del artículo 9).

Para más detalles, véase el documento de información de la Secretaría de la OMC “Subvenciones a la exportación TN/AG/S/8.

 

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Primera etapa

En esta primera etapa algunos países proponen la eliminación total de cualquier forma de subvención a la exportación, en algunos casos con fuertes reducciones al comienzo del siguiente período en concepto de “aportación inicial”. Otros están dispuestos a negociar reducciones más progresivas sin llegar al extremo de la eliminación completa de las subvenciones y sin ninguna “aportación inicial”.

Muchos países en desarrollo (aunque no todos) aducen que sus productos nacionales se ven perjudicados cuando tienen que hacer frente a importaciones a bajos precios como consecuencia de las subvenciones a la exportación o cuando, por el mismo motivo, tienen que hacer frente a una mayor competencia en sus mercados de exportación. En este grupo de países figuran importadores netos de productos alimenticios que también desean que se les preste ayuda para ajustarse a la nueva situación en caso de que los precios mundiales aumenten como resultado de las negociaciones.

Además, numerosos países desearían que se ampliaran y mejoraran las normas para impedir que los gobiernos sorteen (“eludan”) sus compromisos en materia de subvenciones a la exportación, incluida la utilización de empresas comerciales del Estado, la ayuda alimentaria y la concesión de créditos a la exportación subvencionados.

Algunos países, como por ejemplo la India, proponen que se permita una mayor flexibilidad a los países en desarrollo para aumentar las subvenciones respecto de algunos productos cuando se reducen las subvenciones aplicadas a otros productos.

Varios países en desarrollo se quejan de que las normas son desiguales. En concreto, hacen objeciones al hecho de que a los países desarrollados se les permite seguir asignando grandes cantidades en concepto de subvenciones a la exportación mientras que los países en desarrollo no pueden hacerlo debido a la falta de recursos y al hecho de que sólo se permitió mantener las subvenciones, aunque a niveles reducidos, a aquellos países que inicialmente subvencionaban las exportaciones. Un grupo de países en desarrollo califica el efecto de diversos tipos de subvenciones a la exportación de “dumping” que perjudica a sus agricultores.

Como resultado de todas estas preocupaciones, algunas propuestas propugnan condiciones muy distintas para los países en desarrollo. La ASEAN y la India, por ejemplo, proponen que se eliminen todas las subvenciones a la exportación de los países desarrollados, pero que se permita a los países en desarrollo conceder subvenciones con fines específicos, tales como la comercialización. Algunos países en desarrollo dicen que se les debería permitir mantener obstáculos arancelarios elevados o ajustar sus máximos arancelarios actuales para proteger a sus agricultores, en caso de que las subvenciones a la exportación en los países ricos no se reduzcan sustancialmente. Otros países en desarrollo dicen por el contrario que los obstáculos también perjudicarían a los países en desarrollo que deseen exportar a otros países en desarrollo.

Propuestas presentadas en la primera etapa con las posiciones respecto de las subvenciones a la exportación y la competencia de las exportaciones
(véanse también las propuestas sobre los países en desarrollo y las preocupaciones no comerciales)

 

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Subvenciones a la exportación: segunda etapa

Durante la primera etapa, el debate sobre subvenciones a la exportación y competencia de las exportaciones abarca varios apartados a la vez. Luego, a medida que las conversaciones se pormenorizan, se van distinguiendo los apartados.

Respecto a las subvenciones a la exportación, una propuesta presentada en la segunda etapa prevé una reducción del 50 por ciento en forma de aportaciones iniciales inmediatas, seguida de la eliminación completa de las subvenciones en un plazo de tres años (para los países desarrollados) o de seis años (para los países en desarrollo).

En otra propuesta análoga se hace más hincapié en que haya flexibilidad para los países en desarrollo. Se propone ampliar los tipos de subvenciones a la exportación que los países en desarrollo pueden conceder al amparo del párrafo 4 del artículo 9 del Acuerdo sobre la Agricultura. Según la fórmula propuesta por ese grupo de países, las subvenciones se seguirían reduciendo al ritmo previsto por el actual Acuerdo mientras prosiguen las negociaciones, y se procedería después a su eliminación completa en un plazo de tres años desde el final de las negociaciones o en 2006, si esa fecha es anterior, con un plazo más largo para los países en desarrollo.

Estas propuestas reciben cierto grado de apoyo y también suscitan cierta oposición, en particular por lo que se refiere a la eliminación completa de las subvenciones a la exportación.

En otra propuesta se plantea un “reequilibrio” o “modulación” — reducciones más moderadas para ciertos productos a cambio de mayores reducciones para otros, con posibilidad de aumentar los niveles máximos — sin eliminar las subvenciones a la exportación. Una vez más la propuesta tuvo partidarios y detractores, pues algunos países piensan que con el reequilibrio los productos que más necesidad tienen de exportar harán frente a la competencia de los productos que se benefician de las subvenciones más elevadas.

Algunos países insistieron en la equiparación de las medidas aplicables a las importaciones con las aplicables a las exportaciones. La reducción de las subvenciones sería gradual sin llegar a su eliminación. En correlación con el concepto de aranceles consolidados, las subvenciones a la exportación se consolidarían basándose en el valor unitario (por ejemplo, la tonelada).

Muchos países consideran que, habría que someter a disciplina otras formas de subvenciones a la exportación (como la ayuda alimentaria, los créditos a la exportación subvencionados , los programas de seguro y las actividades de las empresas comerciales del Estado) y dicen que desarrollarán esta idea ulteriormente. Incluso entre los países que piensan que es necesario abordar estas cuestiones, hay divergencia de opiniones en cuanto a si esas otras formas tienen efectos tan graves como las subvenciones directas a la exportación.

Algunos países en desarrollo más pequeños aducen que las subvenciones a la exportación deben eliminarse, pero en un plazo más largo, para que puedan adaptarse al aumento de la factura de las importaciones de alimentos. Esos países piden que se adopten medidas más enérgicas para ayudar a los países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios y los países menos adelantados a adaptarse.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: el Grupo de Cairns, cinco países en desarrollo (Nicaragua, Panamá, el Perú, Venezuela y Zimbabwe), Suiza y el Japón

 

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Subvenciones a la exportación: preparación de las “modalidades” 

Entre las propuestas figuran:

  • una reducción inmediata del 50 por ciento en forma de aportaciones iniciales, hasta llegar a cero en tres años para los países desarrollados, en seis años para los países en desarrollo;
  • un proceso similar, pero sin aportación inicial;
  • llegar a cero en cinco años;
  • en términos generales, “la eliminación no está incluida ni excluida” y depende de lo que ocurra en otras esferas, incluidas las de los créditos a la exportación y la ayuda interna;
  • una “modulación” que permita reducciones más moderadas para algunos productos a cambio de reducciones más pronunciadas para otros.

Algunos países proponen compromisos adicionales sobre las subvenciones unitarias (por ejemplo, dólares por tonelada de trigo).

Muchos países en desarrollo apoyan la eliminación y las aportaciones iniciales. Pero considerados en conjunto, los países en desarrollo discrepan sobre la manera de proceder con respecto al trato especial y diferenciado. Algunos quieren que se establezcan exenciones análogas a las del artículo 27 y del Anexo 7 del Acuerdo sobre Subvenciones. Otros dicen que ello agravaría las distorsiones e iría en perjuicio del comercio entre países en desarrollo.

Algunos participantes importantes no han propuesto cifras concretas durante esta etapa, lo cual ha dado lugar a críticas de otros participantes.

 

Anteproyecto de “modalidades” revisado sobre subvenciones a la exportación volver al principio

El proyecto propone dos ritmos de eliminación de las subvenciones a la exportación: cinco años (10 años para los países en desarrollo) para una serie de productos y nueve años (12 años para los países en desarrollo) para los demás.

Los países en desarrollo podrían continuar acogiéndose a las exenciones establecidas en el párrafo 4 del artículo 9 respecto de las subvenciones de ayuda a la comercialización, manipulación, perfeccionamiento y transporte internacional.

 

Los proyectos de marco sobre subvenciones a la exportación volver al principio

(véase Propuestas “marco” de Cancún)

La mayoría de los distintos proyectos — incluidos los intentos de compromiso de los textos Pérez del Castillo y Derbez — prevén medidas respecto de dos grupos de productos. En primer lugar, se eliminarían las subvenciones a la exportación de productos “de particular interés para los países en desarrollo”. La cuestión de cuáles serían esos productos y cuánto tiempo llevaría la eliminación sería objeto de negociación.

Los proyectos difieren en cuanto a lo que ocurriría con el segundo conjunto de productos: si las subvenciones restantes deberían reducirse (Estados Unidos — Unión Europea, Noruega) o eliminarse (G-20). El proyecto Derbez propone que se negocie una fecha final para la remoción progresiva de todas las formas de subvenciones a la exportación (es decir, incluidos los créditos a la exportación subvencionados y algunas formas de ayuda alimentaria).

De forma ligeramente distinta, la Unión Africana, los países ACP y los países menos adelantados piden que se reduzcan sustancialmente todas las subvenciones a la exportación “con miras a su remoción progresiva en un plazo especificado”. El documento de la CARICOM propone que las subvenciones a la exportación de los países en desarrollo se eliminen durante un período más largo cuando esos productos son exportados en el marco de esquemas preferenciales de los países importadores.

 

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Créditos a la exportación: segunda etapa

A juicio de la mayoría de las delegaciones que intervienen en las negociaciones, los créditos a la exportación subvencionados (junto con las garantías de crédito y los programas de seguro, diversas formas de ayuda alimentaria y las actividades de las empresas comerciales del Estado) podían utilizarse para eludir los compromisos en materia de subvenciones a la exportación. Esos países instan a que se someta a disciplina el elemento de subvención que comportan esas medidas.

Algunos consideran que la reducción de las subvenciones a la exportación debe negociarse en el marco de un conjunto de medidas que incluya igualmente disciplinas y reducciones de los créditos a la exportación subvencionados. A juicio de otros países las subvenciones a la exportación tienen efectos mucho más graves.

Algunos países adoptan una posición más prudente al respecto e indican que son partidarios de establecer disciplinas inspiradas en las que se están elaborando en la OCDE, aunque puntualizan igualmente que los créditos a la exportación no comprenden una proporción elevada de subvención y resultan útiles para la seguridad alimentaria de los países importadores aquejados por crisis financieras o problemas de abastecimiento de alimentos.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: la Unión Europea, los Estados Unidos y Australia

 

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Créditos, seguros, etc., a la exportación: preparación de las “modalidades” 

Hasta ahora han surgido dos planteamientos. Uno, “basado en normas”: los créditos y seguros a la exportación tendrían que otorgarse en “términos comerciales”, y éstos se definirían de acuerdo con criterios tales como la duración del crédito (por ejemplo, 180 días), los puntos de referencia para los tipos de interés (por ejemplo, Libor — la tasa interbancaria de Londres — con alguna adición), primas de seguro adecuadas, etc. Todo lo demás se consideraría “subvención a la exportación” y tendría que reducirse o eliminarse.

La alternativa son los “compromisos de reducción”, que implican calcular el componente de subvención del crédito, del seguro y de las garantías y tratarlos de la misma manera que a las subvenciones a la exportación normales.

Varios países en desarrollo se quejan de que la vía de los compromisos de reducción reforzaría la falta de equidad del actual marco de las subvenciones a la exportación, en el cual a los países que aplican subvenciones elevadas en el período de base se les permite subvencionar más durante el período de reforma. Algunos países advierten contra el riesgo de ser demasiado drásticos, ya que el crédito subvencionado puede resultar necesario en tiempos de crisis de divisas.

También en este caso hay quejas sobre la falta de cifras concretas en las propuestas. Pero algunos países afirman que necesitan más información antes de poder ofrecer una propuesta concreta.

 

Anteproyecto de “modalidades” revisado sobre créditos a la exportación volver al principio

El proyecto aborda este tema en el Apéndice 5. Entre los detalles técnicos figuran las formas y los proveedores del crédito que quedarán sujetos a disciplinas, los términos y condiciones como los plazos de reembolso y los tipos de interés, el apoyo no conforme (que debería reducirse), las excepciones en situaciones de emergencia, la transparencia y notificación y el trato especial a los países en desarrollo. (Los créditos a la exportación han sido uno de los temas abordados en las consultas técnicas celebradas desde la publicación del proyecto y se han registrado algunos avances en los detalles.)

 

Los proyectos de marco sobre créditos a la exportación volver al principio

(véase Propuestas “marco” de Cancún)

El proyecto Estados Unidos — Unión Europea propone que las disciplinas sobre los “elementos” de los créditos a la exportación “causantes de distorsión” reflejen las de las subvenciones a la exportación, tanto en lo que respecta a la selección de productos como a la reducción o eliminación. Así, lo hace también a su manera la propuesta del G-20, que persigue la eliminación tanto de las subvenciones como de los créditos subvencionados, y añade que es necesario velar por los intereses de los países importadores netos de productos alimenticios y los países menos adelantados.

Los proyectos Pérez del Castillo y Derbez también prevén disciplinas que reflejan sus textos relativos a las subvenciones a la exportación. Recogen además los llamamientos de Kenya, los cuatro países centroamericanos y la Unión africana, los países ACP y los países menos adelantados para que las disciplinas sobre los créditos a la exportación tengan en cuenta las preocupaciones de los países menos adelantados y los países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios.

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Ayuda alimentaria: segunda etapa

(Véase también Decisión relativa a los países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios)

Todos los países convienen en que la ayuda alimentaria por motivos humanitarios es esencial. La mayor parte de los debates se ha centrado en la mejor manera de garantizar que la ayuda vaya a los que realmente la necesitan, no perjudique a la producción interna de los países que reciben la ayuda, no provoque una distorsión del comercio (en particular, no constituya una amenaza para las exportaciones de los proveedores competidores), responda verdaderamente a la demanda, no represente una forma de colocar los excedentes de los países que conceden subvenciones y no permita a los países eludir sus compromisos en materia de subvenciones a la exportación.

La mayoría de los países afirman que la ayuda sólo debería concederse en forma de donaciones y no de créditos. Sin embargo, algunos advierten que podría tratarse de un sistema demasiado rígido que impediría que la ayuda alimentaria llegue rápidamente a los que la necesitan.

Numerosos países en desarrollo piden compromisos vinculantes por parte de los países donantes con respecto a las cantidades que suministran, con un aumento de las cantidades de productos alimenticios cuando los precios son elevados, suministros de ayuda que respondan a la demanda, prestación de asistencia técnica y financiera para ayudar a los países a desarrollar su producción interna en vez de depender de la ayuda alimentaria y una mayor transparencia mediante notificaciones al Comité de Agricultura de la OMC. Ciertos países desarrollados respaldan también algunas de estas ideas.

También se han examinado conceptos como la constitución de existencias internacionales y el establecimiento de un fondo rotatorio (que propusieron algunos países en desarrollo en la primera etapa).

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: siete países en desarrollo (Cuba, Egipto, Granada, Mauricio, Nigeria, Sri Lanka, Uganda), la UE, el Japón, el MERCOSUR, Namibia, Noruega

 

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Ayuda alimentaria: cuestiones adicionales (segunda etapa)

En la reunión final de la segunda fase se han distribuido solamente dos documentos y, posteriormente, se distribuyen varios otros, por lo que la mayoría de las observaciones son breves y preliminares.

Tienen una favorable acogida las propuestas destinadas a evitar el uso de la ayuda alimentaria como forma de colocar los excedentes y expandir la cuota de mercado, si bien un país cuestiona la propuesta de limitar la ayuda alimentaria a las donaciones basándose únicamente en que ello podría evitar una rápida distribución.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: determinados países de la CARICOM (ayuda alimentaria, subvenciones del compartimento verde, preocupaciones no comerciales, mecanismo de salvaguardia especial para la agricultura para los países en desarrollo y las pequeñas economías en desarrollo, preferencias comerciales)

 

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Ayuda alimentaria: preparación de las “modalidades” 

La mayoría de los países consideran que la ayuda no es un problema si se concede como respuesta a un llamamiento de una organización internacional competente (como el Programa Mundial de Alimentos, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, etc.) o si la organización declara una situación de urgencia.

¿Pero qué sucede si la ayuda es otorgada de manera bilateral o a través de otras instituciones? Algunos países sospecharían que ello es un intento de librarse de los excedentes, aunque algunas delegaciones señalan que un gobierno puede responder a una urgencia más rápidamente que las organizaciones internacionales. También existen diferencias respecto a si la ayuda debería ser solamente en forma de donación, o si los descuentos de precios y los créditos deberían ser sometidos a las disciplinas aplicables a las subvenciones a la exportación.

 

Anteproyecto de “modalidades” revisado sobre ayuda alimentaria volver al principio

El proyecto aborda este tema en el Apéndice 6, que es una propuesta de sustitución del párrafo 4 del artículo 10 del Acuerdo sobre la Agricultura. Entre los detalles técnicos figuran una propuesta de criterios para determinar si existe una auténtica necesidad de ayuda alimentaria (como llamamientos de los organismos internacionales competentes) y si los alimentos se suministran con arreglo a condiciones específicas, por ejemplo que sólo se aceptará la ayuda en forma de donaciones. Otras ayudas deberían incluirse en los compromisos de reducción de las subvenciones a la exportación o prohibirse. (La ayuda alimentaria ha sido uno de los temas abordados en las consultas técnicas celebradas desde la publicación del proyecto, y se han registrado algunos avances en los detalles.)

 

Los proyectos de marco sobre ayuda alimentaria volver al principio

(véase Propuestas “marco” de Cancún)

Los proyectos Estados Unidos — Unión Europea, G-20, Noruega, Pérez del Castillo y Derbez prevén, todos ellos, disciplinas o disciplinas “adicionales” para impedir que la ayuda alimentaria sustituya al suministro en condiciones comerciales. El documento de la Unión Africana, los países ACP y los países menos adelantados dice que “deberá abordarse” la ayuda alimentaria para hacer frente a las situaciones de emergencia de los países en desarrollo, y en general deberá mantenerse para salvar situaciones crónicas de escasez de alimentos o cumplir objetivos de desarrollo.

 

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Exportaciones y empresas comerciales del Estado/empresas exclusivas: segunda etapa

(Véase también contingentes arancelarios)

Durante la segunda etapa, esta cuestión se convirtió en un epígrafe independiente. Se subraya particularmente la función exportadora de esas empresas, a pesar de que no todos los Miembros comparten las mismas preocupaciones, y también se debate el papel que desempeñan las empresas comerciales del Estado en la importación, por ejemplo en la administración de los contingentes arancelarios.

En esta etapa se debaten varias ideas:

Simetría: ¿resulta sesgado el actual acuerdo por el hecho de imponer disciplinas más severas a las empresas importadoras que a las exportadoras? Algunos países dicen que sí, dado que las empresas exportadoras del Estado abastecen los mercados mundiales y pueden distorsionar más el comercio mundial. Algunos países exportadores con empresas comerciales del Estado dicen que no, dado que las empresas importadoras ejercen una gran influencia en el acceso a los mercados mediante la administración de los contingentes arancelarios, etc., con repercusiones en los mercados mundiales.

¿Hay que abordar la cuestión de las empresas o de las medidas específicas? Este debate se articula en torno a la cuestión de si las empresas del Estado son fundamentalmente distintas de las empresas privadas.

Para algunos países existe poca diferencia. Esos países afirman que sus empresas públicas operan con arreglo a criterios comerciales y añaden que las empresas privadas pueden igualmente ejercer un monopolio, recurrir a la fijación diferenciada de precios y ser reflotadas con subvenciones cuando tienen dificultades. Por consiguiente, esos países aducen que las disciplinas no se deben aplicar a las empresas públicas en general, sino a medidas específicas. Algunos países instan a que se establezcan disciplinas específicas para las empresas multinacionales.

Algunos países en desarrollo indican que necesitan la intervención de empresas públicas cuando el sector privado es demasiado débil para comerciar o competir con grandes empresas extranjeras, o para atender a responsabilidades públicas tales como la seguridad alimentaria.

Para otros países, al contrario, existe realmente una diferencia fundamental porque las empresas públicas o juntas de comercialización ejercen un monopolio en la compra de productos básicos para la exportación, disfrutan además de garantías estatales y no tienen que cumplir objetivos comerciales.

Documentos formales o documentos no oficiales presentados en la segunda etapa por: el Japón y los Estados Unidos

 

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Exportaciones y empresas comerciales del Estado/operadores exclusivos: preparación de las “modalidades” 

Este apartado se refiere a la posibilidad de que las compañías, organismos de comercialización o empresas similares del Estado que realizan actividades de exportación sean un medio para subvencionar las exportaciones más allá de los límites acordados para las subvenciones. Una extensa discusión ha circunscrito parte del debate a la cuestión de si un monopolio concedido por un gobierno a una empresa exportadora es automáticamente sospechoso o si son las acciones de la empresa las que determinarían si esta subvenciona o no las exportaciones.

Varios países se oponen a los monopolios concedidos por los gobiernos. Para expresarlo de manera sencilla, una opinión es que si se concede un monopolio, el precio es la transparencia: los precios de las adquisiciones y de las ventas y los costos de transacción tendrían que ser notificados. Algunos países con empresas exportadoras de propiedad estatal o monopólicas se oponen, debido a que esos datos son secretos comerciales que las empresas privadas no tienen por qué revelar.

 

Anteproyecto de “modalidades” revisado sobre empresas comerciales del Estado exportadoras volver al principio

El proyecto aborda este tema en el Apéndice 7, que es una propuesta de un nuevo párrafo 5 en el artículo 10 del Acuerdo sobre la Agricultura. Se proponen disciplinas destinadas a garantizar que esas empresas del Estado actúen con arreglo a la práctica comercial, sin subvenciones, permitiendo la competencia y sin ayuda pública ni otros privilegios financieros.

 

Los proyectos de marco sobre empresas comerciales del Estado exportadoras volver al principio

(véase Propuestas “marco” de Cancún)

El proyecto Estados Unidos — Unión Europea propone disciplinas sobre los privilegios de operador exclusivo de las empresas exportadoras — “que incluyan la terminación” de los privilegios — y sobre prácticas de fijación de precios de las empresas comerciales del Estado. El proyecto de Kenya pretende que las empresas de los países en desarrollo estén exentas de esas disciplinas debido al papel que desempeñan en el desarrollo. Los proyectos Pérez del Castillo y Derbez señalan que las disciplinas respecto de las subvenciones a la exportación y los créditos a la exportación subvencionados deberán aplicarse a todas las subvenciones a la exportación pertinentes — relacionadas con las empresas, o concedidas directamente o indirectamente por o mediante éstas. Incluyen la cuestión de las disciplinas sobre los privilegios de exportación en el amplio epígrafe de “cuestiones de interés pero no acordadas”.

 

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