Obst?culos T?cnicos al Comercio: TRANSPARENCIA

Conjunto de instrumentos de transparencia

Este conjunto de instrumentos contiene información sobre los procedimientos y obligaciones en materia de transparencia, la labor del Comité OTC a ese respecto y cómo presentar notificaciones.

Actividades relacionadas con la transparencia

ePing ayuda a gestionar y rastrear los obstáculos técnicos al comercio (OTC) y las medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF). Los Miembros pueden presentar sus notificaciones MSF y OTC a través de la Plataforma. ePing permite mejorar la coordinación nacional con los organismos de reglamentación, ayuda a mantenerse al corriente de todas las notificaciones presentadas y da acceso a información completa de todos los Miembros de la OMC relacionada con la transparencia en materia de OTC y MSF en un único sitio web. Una vez registrados, los usuarios pueden beneficiarse de diversos servicios como inscribirse para recibir avisos por correo electrónico y hacer un seguimiento de las notificaciones sobre productos o mercados de interés, así como ponerse en contacto con sus homólogos nacionales e internacionales.

Obligaciones en materia de transparencia

La transparencia es uno de los pilares del Acuerdo OTC, que a ese respecto prevé tres elementos fundamentales: las notificaciones, el establecimiento de servicios de información, y prescripciones en materia de publicación. En este documento figura más información sobre esos elementos.

Notificación de proyectos de reglamentos técnicos y de procedimientos de evaluación de la conformidad

Los gobiernos tienen la obligación de "notificar" a los demás Miembros, a través de la Secretaría de la OMC, todo proyecto de medidas que pueden tener un efecto importante sobre el comercio entre Miembros y que no se basan en las normas internacionales pertinentes. Estas notificaciones constituyen la serie de documentos "G/TBT/N/código ISO del país de 3 dígitos/número".

Presentación de notificaciones

El Comité OTC adoptó un texto que explica el "Procedimiento de notificación para los proyectos de reglamento técnico y de procedimientos de evaluación de la conformidad" y una recomendación sobre el buen uso de los modelos de notificaciones. Los gobiernos pueden notificar sus medidas al Registro Central de Notificaciones de la OMC utilizando ePing.

Declaración sobre la aplicación

Los gobiernos deben presentar una notificación única, una "declaración sobre la aplicación" (artículo 15.2) en la que indicarán sus leyes y reglamentos pertinentes, el plazo que conceden para la presentación de observaciones sobre las notificaciones, los datos de contacto de los servicios de información y otros organismos nacionales pertinentes, y las publicaciones en las que informan de sus medidas OTC. Estas notificaciones constituyen la serie de documentos "G/TBT/2/Add" de la OMC. En ePing puede consultarse una lista de los Miembros que han presentado declaraciones.

Notificación de acuerdo con arreglo al párrafo 7 del artículo 10

Con arreglo al artículo 10.7 del Acuerdo, "en cada caso en que un Miembro llegue con algún otro país o países a un acuerdo acerca de cuestiones relacionadas con reglamentos técnicos, normas o procedimientos de evaluación de la conformidad que puedan tener un efecto significativo en el comercio, por lo menos uno de los Miembros parte en el Acuerdo notificará por conducto de la Secretaría a los demás Miembros los productos abarcados por el Acuerdo y acompañará a esa notificación una breve descripción de éste".

Instituciones con actividades de normalización: Aceptación del Código de Buena Conducta

En el Acuerdo OTC, las disposiciones relativas a las normas figuran en el "Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas" (Anexo 3). Las instituciones con actividades de normalización deben notificar a la OMC y al Centro de Información de la ISO/CEI que aceptan o denuncian el Código. Estas notificaciones constituyen la serie de documentos "G/TBT/CS/N/número" de la OMC. En el Portal de Información OMC-ISO sobre Normas se publican la lista de las instituciones con actividades de normalización que han aceptado el Código de Buena Conducta y sus programas de trabajo.

Servicios de información

Cada Miembro debe establecer un Servicio de Información que pueda responder a todas las consultas razonables de los demás Miembros, en particular sobre reglamentos técnicos, normas y procedimientos de evaluación de la conformidad adoptados o en proyecto (artículo 10). Los datos de contacto de los servicios de información se pueden consultar en ePing.

Guía para los servicios de información OTC-OMC

En esta Guía se recopila información práctica sobre la manera en que los servicios de información realizan sus tareas y superan los problemas cotidianos.

Publicación

Las prescripciones en materia de publicación establecen que los Miembros deben informar de su intención de reglamentar y dar acceso a los textos definitivos de los reglamentos. El objetivo es que los Miembros y las demás partes interesadas puedan enterarse de esos proyectos, presentar observaciones y/o adaptarse a las nuevas prescripciones. Esta información puede consultarse en las declaraciones de los Miembros sobre la aplicación.

volver al principio

Labor del Comité OTC en materia de transparencia

 

 


Datos de contacto de los servicios de información OTC

Lista de los sistemas en línea de la OMC

El Portal de Información OMC-ISO sobre Normas ofrece información sobre las instituciones con actividades de normalización que han aceptado el Código de Buena Conducta del Acuerdo OTC de la OMC y sus programas de trabajo.