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EN ESTA PÁGINA: Grupo especial establecido Próxima reunión |
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NOTICIAS: NOTICIAS 2004 Órgano de Solución de Diferencias, 6 de julio de 2004 El OSD establece un Grupo Especial en relación con el asunto de las medidas fiscales mexicanas sobre los refrescos y otras bebidas El 6 de julio de 2004, el Órgano de Solución de Diferencias estableció un Grupo Especial para examinar el asunto de las medidas fiscales mexicanas sobre los refrescos y otras bebidas (DS308). |
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> Diferencias en la OMC
> Diferencias por orden cronológico
NOTA: |
DS308: México — Medidas fiscales sobre los refrescos y otras bebidas Los Estados Unidos solicitaron por segunda vez el establecimiento de un Grupo Especial en relación con las medidas fiscales aplicadas por México a los refrescos y otras bebidas. Los Estados Unidos alegaron que esas medidas fiscales establecían una discriminación contra las bebidas y jarabes elaborados con cualquier edulcorante distinto del azúcar de caña. Los Estados Unidos declararon que si bien México había sugerido que era prematuro establecer un grupo especial puesto que la rama de producción nacional estaba examinando el asunto, se habían venido celebrando negociaciones durante casi un año sin que se hubiera alcanzado resultado alguno. México respondió que no compartía la opinión de que sus medidas fiscales eran incompatibles con las normas de la OMC pero que no podía oponerse a la segunda solicitud de establecimiento de un grupo especial formulada por los Estados Unidos. El OSD acordó establecer un grupo especial, y los siguientes países solicitaron participar como terceros: las Comunidades Europeas, el Canadá, China, el Japón y el Pakistán.
Próxima reunión volver al principio La próxima reunión ordinaria del OSD se celebrará el 20 de julio de 2004. |
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