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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y
Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC
para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias
en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación
jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las
mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios
informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de
Diferencias.
DS267: Estados Unidos — Subvenciones al algodón americano (upland): recurso al párrafo 5 del artículo 21 del ESD
El OSD adoptó los informes del Grupo
Especial sobre el cumplimiento y del Órgano de Apelación (WT/DS267/RW
y Corr.1 —
WT/DS267/AB/RW)
sobre las subvenciones al algodón estadounidense.
El Brasil acogió con satisfacción los informes y declaró que se trataba de
la última instancia en la que sus argumentos podían examinarse después de
este prolongado período de litigación. El Brasil esperaba que los Estados
Unidos dieran pleno e inmediato cumplimiento a las resoluciones del OSD. En
referencia al nuevo proyecto de Ley Agrícola de los Estados Unidos, el
Brasil declaró que suscitaba enorme preocupación entre todos los productores
de algodón del mundo. Esperaba que la adopción de los informes del Grupo
Especial sobre el cumplimiento y del Órgano de Apelación incentivara
suficientemente a los Estados Unidos para modificar su legislación y
asegurar el cumplimiento de la resolución. El Brasil añadió que, si no se
procedía al pleno cumplimiento, pediría autorización al OSD para adoptar
contramedidas.
Los Estados Unidos dijeron que lamentaban profundamente el resultado de los
informes del Grupo Especial sobre el cumplimiento y del Órgano de Apelación
y consideraban que habían puesto las medidas impugnadas en plena conformidad
con las recomendaciones del OSD. Los Estados Unidos discrepaban de las
conclusiones de los informes con respecto a tres cuestiones jurídicas, a
saber, la jurisdicción en el marco del párrafo 5 del artículo 21, las
garantías de créditos a la exportación y el perjuicio grave. En lo que
respecta a esta última, los Estados Unidos dijeron que las conclusiones de
los informes en relación con el perjuicio grave ocasionado a los intereses
del Brasil por los pagos estadounidenses se basaban en datos anticuados,
dado que las condiciones actuales del mercado no eran las mismas que hace
dos o tres años.
Australia, el Canadá y las Comunidades Europeas acogieron con satisfacción
las conclusiones de los informes. Más concretamente, el Canadá y Australia
expresaron su preocupación por el proyecto de Ley Agrícola de 2008. El
Canadá dijo que los Estados Unidos habían perdido la oportunidad de hacer
que sus programas agrícolas se orientaran más al mercado. Australia sostuvo
que el proyecto de Ley Agrícola de 2008 institucionalizaba los programas
estadounidenses de ayudas distorsionantes del comercio. En respuesta a ambos
países, los Estados Unidos dijeron que el proyecto de Ley Agrícola de 2008
no estaba comprendido en el procedimiento sobre el cumplimiento.
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