OMC: NOTICIAS 2014

SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS


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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones Exteriores de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.

DS472: Brasil - Determinadas medidas relativas a la tributación y las cargas

El Brasil rechazó la primera solicitud de establecimiento de un grupo especial de la Unión Europea en esta diferencia. La Unión Europea dijo que la diferencia se refería a diversos programas en los sectores automotriz, de la tecnología de la información y las comunicaciones y de la automatización que otorgaban a los productores nacionales determinadas ventajas fiscales consistentes en la exención o reducción de los impuestos y cargas aplicados a la venta de los productos. Las ventajas se traducían en una mayor carga fiscal para las mercancías importadas y creaban incentivos para obtener productos localmente, por lo que eran discriminatorias y estaban orientadas a la sustitución de importaciones. El Brasil también tenía programas de exenciones fiscales para empresas brasileñas que cumplieran determinados objetivos de exportación, lo que iba en contra de la prohibición de las subvenciones supeditadas a las exportaciones.

Preocupaba también a la Unión Europea la introducción de medidas para abarcar sectores económicos de gran importancia comercial para la Unión Europea, como el sector automotriz. La diferencia no se pudo solucionar en las consultas que se realizaron, por lo que la Unión Europea solicitó el establecimiento de un Grupo Especial para que examinara esta diferencia.

El Brasil dijo que las medidas eran compatibles con sus obligaciones multilaterales. Los programas estaban destinados a promover un cambio de paradigma en materia de productividad y desempeño tecnológico y a promover la innovación y la capacidad de la fuerza de trabajo. Beneficiaban directamente, de manera no discriminatoria, a la inversión nacional y a la extranjera. No discriminaban sobre la base del origen ni estaban supeditados a la utilización de insumos o productos terminados nacionales que fueran objeto de los programas. El Brasil recordó que las empresas europeas también se beneficiaban de los programas.

DS430: India - Medidas relativas a la importación de determinados productos agropecuarios

La India y los Estados Unidos señalaron que el sistema de solución de diferencias se enfrentaba a un volumen significativo de asuntos que daba lugar a retrasos en el trabajo del Órgano de Apelación, por lo que presentaron una solicitud conjunta al Órgano de Solución de Diferencias para que accediera a conceder más tiempo para la adopción o apelación del informe del Grupo Especial en esta diferencia.

La India dijo que reconocía las presiones que pesaban actualmente sobre el Órgano de Apelación y asumía seriamente sus responsabilidades de cooperar para aliviar esas presiones. Añadió que consideraba que el tiempo adicional brindaría mayor flexibilidad cronológica en caso de apelación del informe del Grupo Especial en esta diferencia. Los Estados Unidos expresaron su deseo de que los Miembros que se encontraran en circunstancias similares adoptaran el mismo enfoque constructivo, lo que ayudaría al Órgano de Apelación a gestionar su carga de trabajo. El OSD acordó adoptar, no más tarde del 26 de enero de 2015, el informe del Grupo Especial en la diferencia a menos que cualquiera de las partes en la diferencia notificara al OSD su decisión de apelarlo.

Informes de situación

Varios Miembros (los Estados Unidos, la Unión Europea, China, Tailandia, el Japón y Filipinas) presentaron informes de situación o formularon declaraciones sobre distintas diferencias. En total, 19 Miembros, con inclusión de Cuba, expresaron su preocupación por la irresolución de la diferencia entre los Estados Unidos y la Unión Europea sobre el artículo 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones de 1998 de los Estados Unidos, conocida como la diferencia sobre el ron Havana Club (DS176).

Otros asuntos

En el marco del punto "Otros asuntos", Australia formuló una declaración relativa a las diferencias sobre "empaquetado genérico" (DS434, DS435, DS441, DS458, DS467). Australia dijo que la inclusión por Ucrania y Honduras de las medidas de empaquetado genérico de Australia en el programa del Consejo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) y por Ucrania en el programa del Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio no estaban en conformidad con las normas y prácticas establecidas del Consejo de los ADPIC ni del Comité OTC.

En opinión de Australia, no era conveniente que los Miembros siguieran planteando cuestiones en los órganos de la OMC cuando la medida en litigio ya fuera objeto de procedimientos de solución de diferencias. Tales debates parecían crear un proceso paralelo al de los procedimientos de solución de diferencias en curso. Australia dijo que, puesto que la cuestión ya se había sometido al OSD, tocaba al OSD "[informar] a los correspondientes Consejos y Comités de la OMC sobre lo que acontezca en las diferencias relacionadas con disposiciones de los respectivos acuerdos". Australia dijo que seguiría defendiendo su medida en cualquier foro, pero consideraba que el foro adecuado para que los Miembros presentaran argumentos relativos a una diferencia que ya fuera objeto de examen de un grupo especial era ese grupo especial.

Ucrania dijo que esperaba que hubiera una solución rápida de esta cuestión. Honduras dijo que, si bien tomaba nota de las preocupaciones de Australia, en su condición de Miembro tenía derecho a plantear cualquier cuestión que fuera de su interés ante el Comité OTC y el Consejo de los ADPIC. Honduras esperaba que esta cuestión se solucionara con prontitud.

Próxima reunión

La próxima reunión ordinaria del OSD está prevista para el 17 de diciembre de 2014. El 28 de noviembre de 2014 se celebrará una reunión extraordinaria del OSD.

 

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