EN ESTA PÁGINA:
L.0.1 Estados Unidos
— Algodón americano
(Upland), párrafo 512
(WT/DS267/AB/R)
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… recordamos que el párrafo 1 del artículo 24 del ESD exige que “[e]n todas las etapas de la determinación de las causas de una diferencia o de los procedimientos de solución de diferencias en que intervenga un país menos adelantado Miembro se prestará particular consideración a la situación especial de los países menos adelantados Miembros”. Reconocemos plenamente la importancia que tiene esta disposición… .
Los
textos que se reproducen en esta sección no tienen el valor legal de los
documentos originales que se depositan y guardan en la Secretaría de la
OMC en Ginebra.