RESUMEN NO OFICIAL DE LA REUNIÓN PREPARADO POR LA DIVISIÓN DE INFORMACIÓN Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE LA SECRETARÍA DE LA OMC PARA FACILITAR LA COMPRENSIÓN DEL PÚBLICO. SÓLO TIENE CARÁCTER OFICIAL EL ACTA DE LA REUNIÓN.




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> Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública
> Explicación de los términos técnicos y las disposiciones jurídicas:
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La Unión Europea, los Estados Unidos y un amplio grupo de países en desarrollo han lanzado el debate postDoha del Consejo de los ADPIC relativo a los ADPIC y la salud pública presentando propuestas sobre el uso de licencias obligatorias en los países en que falta capacidad de producción interna.

Este debate, que tuvo lugar el 5 de marzo (el primer día de los tres que duró la reunión del Consejo de los ADPIC), forma parte de la labor que los Ministros encomendaron al Consejo de los ADPIC en la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública. Las tareas son dos:

En primer lugar, el Consejo de los ADPIC tiene que encontrar una solución para los problemas que pueden tener los países al usar licencias obligatorias si su capacidad de producción en el sector farmacéutico es insuficiente o inexistente. Esto está relacionado con el apartado f) del artículo 31, en el que se dispone que la producción con licencias obligatorias debe destinarse principalmente al mercado interno.

El Consejo de los ADPIC debe rendir informe al Consejo General a este respecto al final de 2002 a más tardar. El Presidente, el Embajador Boniface Chidyausiku de Zimbabwe, instó a los Gobiernos Miembros el martes (5 de marzo) a que presentasen propuestas para la próxima reunión, es decir, en junio. Los oradores hicieron hincapié en que estaban decididos a encontrar una solución para finales de año.

En segundo lugar, la Declaración de Doha amplía asimismo el plazo para la aplicación por los países menos adelantados de las disposiciones sobre las patentes farmacéuticas hasta el 1º de enero de 2016. El Consejo de los ADPIC está preparando una decisión para dar aplicación a esto formalmente y la examinará en junio.

En la reunión del 5 de marzo los siguientes países presentaron propuestas o sugerencias iniciales para tratar la cuestión de la capacidad de producción interna:

  • La Unión Europea — documento distribuido el 4 de marzo.
    > Para descargar este documento,  ver más adelante
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  • Un amplio grupo de países en desarrollo (el Grupo Africano, el Brasil, Cuba, la República Dominicana, el Ecuador, Honduras, la India, Indonesia, Jamaica, Malasia, Sri Lanka y Tailandia) — presentación oral a la que seguirá un documento que se distribuirá posteriormente este año. (Hay 41 Miembros africanos en la OMC.) Durante el debate otros oradores de países en desarrollo apoyaron esta iniciativa.
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  • Los Estados Unidos — documento presentado en la reunión, que se distribuyó oficialmente poco después.
    > Para descargar este documento, ver más adelante
 

También tomó la palabra un amplio número de otros países.

 

En esta reunión inicial se sugirieron varias soluciones posibles, pero pueden presentarse más ideas en futuras reuniones:

  • Modificar o suprimir el apartado f) del artículo 31 del Acuerdo sobre los ADPIC. Esto mitigaría o suprimiría el requisito de que la producción realizada con licencias obligatorias debe destinarse principalmente al mercado interno. La UE dijo que una posible solución era la modificación sujeta a condiciones estrictas. Los países en desarrollo eran más partidarios de suprimir la disposición, pero varios oradores señalaron que la modificación del Acuerdo sería un proceso largo.
  • Interpretar el artículo 30 (excepciones de los derechos conferidos por una patente) a fin de que los productos fabricados con licencias obligatorias se exporten a países que tienen problemas de salud pública, pero que carecen de capacidad de producción interna. La UE presentó esta otra posibilidad, apoyada por otros países, en particular por el grupo de los países en desarrollo.
  • Moratoria para los casos de solución de diferencias en que los productos fabricados con la licencia obligatoria de un país se exportan a otro país que los necesita pero que no tiene producción interna, con sujeción a condiciones claras. Esta era la solución que preferían los Estados Unidos, que la consideraban como una solución conforme al artículo 31.
  • Incentivos para la transferencia de tecnología a fin de que los países puedan crear capacidad de producción interna. El grupo de países en desarrollo hizo énfasis en esta solución que contó con el apoyo del grupo de países menos adelantados.

Durante el debate se plantearon, entre otros, lo siguientes puntos:

  • Si la solución o las soluciones deberían aplicarse a todos los países o únicamente a categorías de países específicamente definidas. Los países en desarrollo preferían que las soluciones se aplicaran a todos los países. Los países desarrollados preferían especificar la aplicabilidad, por ejemplo las soluciones no serían aplicables a los pequeños países desarrollados.

  • Si se incluyen condiciones y criterios. Los países desarrollados estaban a favor. Los países en desarrollo temían que si las condiciones eran demasiado estrictas y detalladas, sería difícil aplicar las soluciones.

  • Las condiciones específicas propuestas incluían el modo de impedir que los fármacos fabricados con licencias obligatorias se reexportaran a otros mercados, y de evitar que las soluciones propuestas se utilizasen para impulsar políticas industriales en vez de las políticas de salud pública.

  • Los Estados Unidos expresaron interés por la importancia que prestaban los países en desarrollo a la transferencia de tecnología. Añadieron que algunas soluciones propuestas podrían ayudar a la transferencia de tecnología, mientras que otras podrían frenarla.

  • Suiza formuló tres preguntas: ¿Cuál es el significado de capacidad de producción inexistente o insuficiente? ¿Qué situaciones justifican que se adopten medidas? ¿Cómo pueden establecerse soluciones que ayuden realmente a los países que carecen de capacidad de producción en vez de ayudar a los que la tienen?

  • China subrayó la necesidad de asistencia técnica y transferencia de tecnología.

El debate continuará en junio.

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Indicaciones geográficas (extensión a otros productos del nivel más elevado de protección)

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Consejo de los ADPIC, 1º y 2 de diciembre de 1998

El Consejo de los ADPIC inició la labor postDoha de preparar el informe al Comité de Negociaciones Comerciales sobre este asunto: el plazo termina a finales del presente año (2002).

La cuestión que se debate es si debería hacerse extensivo a otros productos el nivel más elevado de protección que se concede actualmente a las indicaciones geográficas de vinos y bebidas espirituosas (artículo 23). Para algunos países un punto clave del debate es la migración, en especial al “nuevo mundo” (América, Australia, Nueva Zelandia, etc.). Los inmigrantes trajeron consigo la producción de mercancías identificadas por indicaciones geográficas y se debería permitir que siguieran usando esos nombres. Otros países ponen en duda que este argumento sea pertinente. Dicen que, al conceder un nivel más elevado de protección únicamente a los vinos y las bebidas espirituosas, el Acuerdo sobre los ADPIC establece una discriminación y crea un desequilibrio entre los Miembros de la OMC.

En la reunión (5 y 6 de marzo) los Miembros se dividieron en general en dos bandos, salvo un puñado que no se decidieron ni en un sentido ni en otro:

  • A favor de la extensión: algunos de estos países pidieron que el Consejo de los ADPIC acordara unas "modalidades de negociación" (cómo negociar) que se presentarían al Comité de Negociaciones Comerciales.
  • En contra de la extensión: estos países dijeron que el Consejo de los ADPIC debería simplemente informar al Comité de Negociaciones Comerciales acerca de sus debates, sin proponer ninguna modalidad.

Ambos grupos estaban constituidos por una combinación de países desarrollados y en desarrollo. Entre los países que estaban a favor de la extensión figuraban: Sri Lanka, Eslovenia, Suiza, Turquía, la India, el Pakistán, Kenya, Hungría, la Unión Europea, la República Eslovaca, Cuba, Marruecos, la República Checa, Egipto, Bulgaria, Tailandia y Jamaica.

Entre los países que estaban en contra figuraban: Australia, el Canadá, el Paraguay, Colombia, Guatemala, Nueva Zelandia, los Estados Unidos y el Uruguay.

Entre los menos decididos figuraban: la República de Corea, el Ecuador, el Japón y Singapur.

Entre los puntos planteados en el debate caben señalar los siguientes:

  • Si la extensión ayudaría o pondría trabas al acceso a los mercados y el desarrollo económico.
  • Si la extensión sería gravosa e implicaría costos.
  • Si los nombres utilizados actualmente como genéricos tendrían que pasar a ser indicaciones geográficas protegidas o si se aplicarían las excepciones previstas en el artículo 24 (que incluye los términos genéricos).
  • Qué función desempeñan en el debate las políticas públicas, sociales y culturales.
  • Cómo impedir que otras indicaciones geográficas pasen a ser términos genéricos.

Los países a favor de la extensión dijeron que ésta sería beneficiosa para el comercio y el desarrollo, ya que las indicaciones geográficas pueden ser un medio para que los países –en particular los países en desarrollo- comercialicen sus productos y obtengan precios elevados en vista de la calidad que va asociada a las indicaciones geográficas. Negaron que ello entrañara necesariamente un aumento de los costos y subrayaron que los términos utilizados actualmente de modo genérico no serían objeto de protección.

Los países en contra de la extensión dijeron que las indicaciones geográficas podían ser tan complejas que su protección podría ser utilizada por los países productores para bloquear las importaciones, y que los costos administrativos asociados a la protección de las indicaciones eran demasiado elevados. Algunos, como Australia, argumentaron, por razones culturales, que muchos nombres habían viajado con los emigrantes (como los emigrantes europeos a Australia) y que es natural que éstos quieran continuar produciendo los mismos productos que producían antes y utilizar los mismos términos para identificar esos productos. La Unión Europea respondió que también tenía inmigrantes de África y Asia, pero que ello no debería ser una justificación para que los europeos utilizaran indicaciones geográficas de los países de origen de los emigrantes.

Parte de los intercambios se centraron en las negociaciones y los acuerdos bilaterales entre Australia y la Unión Europea referentes a la concesión de una protección a las indicaciones geográficas de los vinos y bebidas espirituosas que va más allá del Acuerdo sobre los ADPIC. Australia citó este caso como ejemplo de lo complicada y problemática que puede ser esta cuestión, incluida –según Australia- la negativa de la Unión Europea a aceptar como indicaciones geográficas los nombres de los países.

Bulgaria y Suiza, países que son acérrimos partidarios de la extensión, dijeron que los problemas bilaterales de Australia y la Unión Europea no eran pertinentes a los debates multilaterales, especialmente porque esos problemas bilaterales se referían a los vinos y las bebidas espirituosas. Bulgaria adujo que la definición de indicaciones geográficas del Acuerdo sobre los ADPIC permitía claramente que se protegieran los nombres de los países. Bulgaria advirtió también que el hecho de no llegar a un consenso en el Consejo de los ADPIC tendría implicaciones para otros temas del Programa de Doha para el Desarrollo, en particular para la agricultura.

El debate continuará en junio.

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Examen de las disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC

(Párrafo 3 b) del artículo 27 sobre la protección de las obtenciones vegetales y animales, todo el Acuerdo sobre los ADPIC de conformidad con el párrafo 1 del artículo 71, teniendo en cuenta la biodiversidad, los conocimientos tradicionales y el desarrollo)

Las principales decisiones sobre estos puntos del orden del día se referían a la organización del trabajo. Con respecto a cada una de estas cuestiones la Secretaría hará un resumen de los puntos planteados en los debates anteriores, y se invita a las organizaciones intergubernamentales a que informen sobre su trabajo. Se pide a los Gobiernos que no hayan contestado todavía a los cuestionarios sobre la forma en que aplican el párrafo 3 b) del artículo 27 a que lo hagan. Varios países (principalmente países desarrollados) indicaron que la labor de Consejo de los ADPIC sobre los conocimientos tradicionales debería esperar a que se conocieran los resultados de la labor de la OMPI a este respecto.

La India hizo referencia a las cuestiones relativas a la aplicación que estaban pendientes en esta esfera, en particular a las propuestas de que:

  • no se concedan patentes incompatibles con el artículo 15 del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB);
  • se aplique el párrafo 3 b) del artículo 27 cinco años después de la finalización del presente examen;
  • se facilite transferencia de tecnología en términos justos y mutuamente ventajosos;
  • se modifique el párrafo 3 b) del artículo 27 “a la luz del CDB” y se aclare en el presente examen que lo siguiente no es patentable: todos los organismos vivos (incluidas las plantas y los animales, en su totalidad o sus partes, así como las secuencias genéticas), los procedimientos biológicos y otros procedimientos naturales para la producción de plantas, animales y sus partes.

Las delegaciones dedicaron gran parte del resto del debate de fondo a repetir las posiciones que habían expuesto en reuniones anteriores. Se trató del reparto de beneficios basado en el consentimiento fundamentado previo (una disposición del CDB al tiempo que freno para lo que algunos denominan “biopiratería”) y de la necesidad de modificar el Acuerdo sobre los ADPIC para tener esto en cuenta. Los Estados Unidos distribuyeron un ejemplo de los contratos que su Instituto Nacional de Investigación contra el Cáncer firma con varias organizaciones y gobiernos para mostrar cómo puede garantizarse el reparto de beneficios mediante contratos. Algunos países como el Perú dijeron que era interesante pero señalaron que los contratos bilaterales de los Estados Unidos eran voluntarios.

Para el examen del Acuerdo sobre los ADPIC (párrafo 1 del artículo 71) los Miembros acordaron presentar propuestas para la reunión de junio.

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Incentivos para la transferencia de tecnología a los países menos adelantados (párrafo 2 del artículo 66)

La Decisión de Doha relativa a la aplicación dispone que el Consejo de los ADPIC debe establecer un mecanismo para garantizar la supervisión y la plena aplicación de las obligaciones establecidas en este artículo, que exige que los países desarrollados ofrezcan incentivos a sus empresas e instituciones para que transfieran tecnología a los países menos adelantados.

El Presidente propuso a los Miembros que presentaran ideas para ese mecanismo como muy tarde en la reunión de junio, a fin de que los países desarrollados pudiesen informar sobre sus actividades, según se exigía, a finales de año a más tardar. Varios países dijeron que lo intentarían pero que no estaban seguros de que pudieran hacerlo de aquí a junio.

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Otros puntos del orden del día  

En el orden del día figuraban también las “reclamaciones en casos en que no existe infracción y las reclamaciones motivadas por otras situaciones” y el comercio electrónico (ambos con mandatos de Doha), y la cooperación técnica. En lo que respecta a los dos primeros puntos, la reunión acordó que la Secretaría recopilaría o actualizaría información para la próxima reunión. En relación con la cooperación técnica la UE, el Brasil y el Perú destacaron que, además de la información sobre la aplicación del Acuerdo sobre los ADPIC, era necesario incluir en los seminarios, talleres, etc., cuestiones de política como la salud pública y el uso de las flexibilidades que ofrece el Acuerdo sobre los ADPIC.

Al término de la reunión, el Presidente saliente del Consejo de los ADPIC, el Embajador Boniface Chidyausiku de Zimbabwe, dio la bienvenida al Embajador Eduardo Pérez Motta de México, Presidente entrante para este año.

La “reunión extraordinaria” del Consejo de los ADPIC sobre el sistema de registro multilateral de las indicaciones geográficas de los vinos y las bebidas espirituosas tuvo lugar el viernes 8 de marzo. > mas información

Las reuniones previstas provisionalmente para el resto del año son las siguientes:

  • 25-27 de junio (seguida de una reunión extraordinaria el 28 de junio)
  • 17-19 de septiembre (seguida de una reunión extraordinaria el 20 de septiembre)
  • 25-27 de noviembre (seguida de una reunión extraordinaria el 28 de noviembre)

 

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