OMC: NOTICIAS 2006
Órgano de Solución de Diferencias, 22 de junio de 2006
El OSD establece un Grupo Especial en la diferencia relativa al salmón
El 22 de junio de 2006, el Órgano de Solución de Diferencias estableció un Grupo Especial para examinar una medida antidumping impuesta por las CE sobre el salmón de piscifactoría procedente de Noruega (DS337).
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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y
Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC
para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias
en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación
jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las
mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios
informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de
Diferencias.
I. Comunidades Europeas — Medida antidumping sobre el salmón de piscifactoría procedente de Noruega volver al principio
A. Solicitud de establecimiento de un grupo especial presentada por Noruega (WT/DS337/2)
En la reunión celebrada el 9 de junio de 2006, el OSD examinó la primera solicitud de establecimiento de un grupo especial presentada por Noruega y acordó volver sobre ella.
En la reunión del OSD que se ha celebrado hoy,
Noruega ha solicitado por segunda vez el establecimiento de un grupo
especial para examinar medidas antidumping de las CE sobre el salmón de
piscifactoría procedente de Noruega. Este país ha invitado a los Miembros a
remitirse a la declaración que formuló en la reunión del OSD de 9 de junio
de 2006 y también a la solicitud inicial que figura en el documento
WT/DS337/2.
El OSD acordó establecer el Grupo Especial.
Corea; el Japón; Hong Kong, China; el Canadá y los Estados Unidos se
reservaron sus derechos en calidad de terceros.