MÓDULO DE FORMACIÓN SOBRE EL AGCS: CAPÍTULO 6

Los retos del futuro

Haga clic en + para abrir un elemento.

6.5 Programa de trabajo sobre el comercio electrónico

mostrar la página de ayuda

Un cambio estructural fundamental que afecta al comercio de servicios es la proliferación de la utilización de Internet, cuyo número de usuarios se duplica cada año, según se afirma. En comparación con la cifra de aproximadamente 4,5 millones de usuarios existentes en 1991, a fines de 2000 había más de 500 millones de usuarios. Las técnicas de codificación criptográfica utilizadas para hacer frente a las preocupaciones por la seguridad de los datos han progresado suficientemente para que las ventas en línea se aceleren.

Los rápidos cambios habido en la informática y en las telecomunicaciones han llevado a una economía mundial virtualmente sin fronteras que permite que cualquier servicio que pueda digitalizarse y transmitirse electrónicamente se produzca y se entregue en cualquier lugar del mundo. Así pues, el comercio electrónico puede resultar un “gran igualador” que contribuya a reducir o incluso eliminar los obstáculos al comercio relacionados con la distancia, pero también puede exacerbar la denominada “brecha digital” con respecto a los países que adolecen de deficiencias infraestructurales. En el caso de las regiones que actualmente no tienen acceso a Internet, la conexión en línea puede significar la diferencia entre la integración en los mercados internacionales o el aumento de la marginación.

Internet es un medio barato y muy eficiente de acercarse a los clientes potenciales en todo el mundo. Internet tendrá múltiples influencias sobre las corrientes de comercio y, posiblemente, sobre las negociaciones comerciales. Uno de los mayores problemas es crear una reglamentación de las actividades económicas electrónicas y del comercio electrónico que responda a la rápida evolución de la tecnología. Las iniciativas concernientes a la administración electrónica y las amplias estrategias de desarrollo de la informática pueden contribuir a que se establezca cierta familiaridad entre las autoridades y los negociadores comerciales.

La Declaración de Doha ha continuado la práctica de no imponer derechos de aduana a las transmisiones electrónicas (documento WT/MIN(01)/DEC/1, párrafo 34). Se sigue debatiendo si algunos productos que pueden entregarse tanto en un soporte físico como en forma puramente electrónica (por ejemplo, los programas informáticos) deben clasificarse como bienes o como servicios. La clasificación de tales transacciones determina si se aplica el GATT o el AGCS, con repercusiones potencialmente importantes sobre las obligaciones jurídicas de los Miembros de la OMC en los sectores de que se trata.

En la segunda Conferencia Ministerial de la OMC, en 1998, se adoptó una Declaración sobre el Comercio Electrónico Mundial en la que se instaba a que se “establezca un programa de trabajo amplio para examinar todas las cuestiones relacionadas con el comercio electrónico mundial que afectan al comercio, teniendo en cuenta las necesidades económicas, financieras y de desarrollo de los países en desarrollo”. Los debates relacionados con el AGCS se han centrado en la idea de mantener en su integridad la definición del comercio de servicios que figura en el AGCS (párrafo 2 del artículo I), en la que no se descarta ningún medio tecnológico de suministro de los servicios.

Las disposiciones del AGCS pueden estar relacionadas, al menos indirectamente, con muchas de las inquietudes que rodean la formulación de leyes y políticas sobre el comercio electrónico y sobre Internet. Por ejemplo, las excepciones generales (artículo XIV) pueden aplicarse de hecho a la mayoría de las medidas destinadas a reglamentar la protección de la intimidad en línea, el contenido ilegal o ilícito, la ciberdelincuencia y el fraude, la ejecución de los contratos, la protección de los consumidores y la tributación. Los gobiernos pueden incluso recurrir a la adopción de medidas que por otras razones sean incompatibles con las obligaciones impuestas por el AGCS, teniendo presente que en la propia disposición se establecen disciplinas sobre la utilización de las excepciones. Específicamente, tales medidas han de ser “necesarias” para alcanzar el objetivo de que se trate (en otras palabras, que el objetivo señalado no pueda conseguirse de hecho sin recurrir a medidas incompatibles), no pueden discriminar injustificadamente contra países determinados y no pueden utilizarse como restricciones encubiertas del comercio (es decir, como subterfugio para proteger los mercados).

La función de la OMC y del AGCS es lograr que las amplias ventajas económicas dimanantes de las normas y obligaciones multilaterales se apliquen a los suministros electrónicos al igual que se aplican a otras formas de comercio. A juzgar por algunas de las propuestas de negociación (por ejemplo, sobre los servicios de telecomunicaciones y de informática) presentadas hasta la fecha por países Miembros tanto desarrollados como en desarrollo, existe la opinión generalizada de que las consolidaciones del AGCS pueden utilizarse a fin de reforzar la capacidad de los países para aprovechar el comercio electrónico y reducir la brecha digital. Además de los servicios de telecomunicaciones y de informática, también se han mencionado como componentes de una “infraestructura” que facilite el comercio electrónico, los servicios de pago financiero, los servicios de publicidad y los servicios de entrega. Diversos servicios profesionales y servicios de informática, en particular servicios auxiliares, así como servicios de enseñanza y de salud, figuran entre los beneficiarios potenciales en los países en desarrollo del mejoramiento de la capacidad en materia de comercio electrónico y de Internet. Hay organizaciones distintas de la OMC que pueden estar en mejores condiciones de ocuparse de cuestiones técnicas tales como la identificación, la codificación criptográfica, la gestión de Internet y los nombres de dominio, o de cuestiones culturales y cuestiones relativas a los recursos humanos tales como el fomento de la diversidad de contenido nacional y de contenido lingüístico, los conocimientos en materia de informática y la enseñanza.

  

  

ir a la página anterior   ir a la página siguiente

 

Capítulos terminados:

ir a la página anterior   ir a la página siguiente