OMC: NOTICIAS 2013

PROPIEDAD INTELECTUAL: INDICACIONES GEOGRÁFICAS — REUNIÓN FORMAL


NOTA:
ESTA NOTICIA tiene como finalidad ayudar al público a comprender los nuevos acontecimientos de la OMC. Si bien se ha hecho todo lo posible para asegurar que el contenido de la información sea exacto, ésta se entiende sin perjuicio de las posiciones de los gobiernos Miembros.

La posición oficial figura en las actas de las reuniones.

MÁS INFORMACIÓN:
> la propiedad intelectual (ADPIC)
> Explicación de las cuestiones sobre los ADPIC
> los ADPIC y la salud
> los ADPIC y la biodiversidad
> las indicaciones geográficas
> todas las cuestiones sobre los ADPIC
> noticias sobre los ADPIC

ACTAS:

Los debates tuvieron lugar en el Consejo de la OMC que se ocupa de los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC) y que, como la mayoría de los comités de la OMC, está integrado por todos los Miembros. En la reunión también se acordó recomendar la ampliación del plazo de que disponen los países para aceptar la enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC relacionada con la salud pública a fin de que puedan aceptarla más países y la enmienda pueda entrar en vigor (detalles infra).

Algunos detalles

Empaquetado genérico del tabaco

El debate sobre el empaquetado genérico del tabaco -con colores y tipos de letra estándar en lugar de los logotipos de las marcas comerciales, y por lo general con importantes advertencias sanitarias- para los cigarrillos y otros productos del tabaco tuvo lugar a raíz de que Irlanda anunciara, en mayo de 2013, que estaba considerando la posibilidad de adoptar ese requisito, entre otras medidas tendientes a desalentar el hábito de fumar y a mejorar la salud. (Véase también el Informe del Gobierno de Irlanda de octubre de 2013.)

La República Dominicana instó a Irlanda a no aplicar esa política hasta la resolución en la OMC de la impugnación jurídica de la ley de empaquetado genérico del tabaco de Australia. Con el apoyo de Cuba, Honduras y Nicaragua, reiteró que temía que la medida violara el derecho de los países a comercializar productos utilizando marcas registradas y podría perjudicar a sus productores. Cuba se refirió también a las indicaciones geográficas.

La UE, en nombre de todos sus Estados miembros, señaló que la política de Irlanda aún no había entrado en vigor y que el Acuerdo sobre los ADPIC permitía que los países tomaran medidas para proteger la salud pública. Señaló que en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco también se recomendaba el empaquetado genérico del tabaco. Australia, Nueva Zelandia, el Canadá, Noruega y el Uruguay expresaron su apoyo a la Unión Europea.

El empaquetado genérico del tabaco se debatió por primera vez en el Consejo de los ADPIC y en el Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC (que se ocupa de etiquetado y de las normas sobre los productos en general) en junio de 2011. Desde entonces, se ha debatido intensamente y es ahora objeto de una diferencia oficialmente planteada en la OMC.

Las primeras reclamaciones se referían al proyecto de ley de Australia, que posteriormente se convirtió en ley. También se han examinado un proyecto de ley en Nueva Zelandia y algunas políticas anunciadas en la UE y ahora en Irlanda. (Véase noticias sobre la reunión más reciente y enlaces con noticias anteriores).

Ucrania inició una impugnación en marzo de 2012, una vez que el proyecto se convirtió en ley en Australia. Honduras y la República Dominicana plantearon sus reclamaciones en 2012, y Cuba e Indonesia en 2013, con lo que el número total de casos asciende a cinco. Queda por ver si los casos se fusionarán. Los únicos grupos especiales establecidos hasta la fecha son los correspondientes al caso de Ucrania, y a Honduras, previsto para el 25 de septiembre de 2013. No obstante, no se ha nombrado ningún miembro de los grupos de expertos y, por tanto, no ha habido audiencias. (Véanse las diferencias DS434, DS435, DS441, DS458, DS467).

El plan de Irlanda se examinó en esta sesión a petición de la República Dominicana (bajo "otros asuntos" debido a que la solicitud se recibió demasiado tarde para su inclusión en el programa ordinario).

Propiedad intelectual y salud

(Explicaciones: información completa sobre los ADPIC y la salud y países que han aceptado la enmienda)

Además de la ampliación del plazo para la aceptación por los países de la enmienda sobre los ADPIC y la salud pública, en esta reunión también se realizó el examen anual más reciente de la forma en que se aplican las disposiciones, y se destacó en particular la cuestión de los elevados aranceles sobre las importaciones de medicamentos.

Ambas cuestiones guardan relación con las decisiones en que se establece lo que se conoce como el "sistema previsto en el párrafo 6". En virtud de este sistema se elimina un obstáculo basado en la propiedad intelectual que impide que los países utilicen licencias obligatorias para la fabricación de medicamentos genéricos exclusivamente para su exportación a los países que no pueden fabricarlos. En él se hace referencia al párrafo 6 de la Declaración de Doha sobre los ADPIC y la Salud Pública de 2001.

El Consejo General acordó por primera vez en 2003 eliminar los obstáculos a través de una "exención", instrumento jurídico que permite que los Miembros de la OMC no cumplan una obligación o una disposición de un acuerdo de la OMC. Dos años más tarde se aprobó una enmienda casi idéntica del Acuerdo sobre los ADPIC, que todavía no ha entrado en vigor.

La nueva prórroga de dos años permitirá que más países acepten la enmienda. Para que la enmienda entre en vigor deben aceptarla dos tercios de los Miembros de la OMC, y la enmienda solo tiene efecto en los países que la han aceptado. El Consejo de los ADPIC ha acordado recomendar al Consejo que el plazo para la aceptación se prorrogue hasta el 31 de diciembre de 2015.

Habida cuenta de que es prácticamente idéntica a la exención de 2003, la enmienda no tiene en la práctica mayor efecto, como no sea el de pasar más claramente a formar parte del Acuerdo sobre los ADPIC. Esta será la cuarta prórroga desde el vencimiento del primer plazo el 1º de diciembre de 2007.

El examen del funcionamiento del "sistema previsto en el párrafo 6" consistió en gran medida en una repetición de los debates de los últimos años. Sin embargo, esta vez pasó a primer plano la cuestión de los derechos de importación sobre los medicamentos. Los Estados Unidos y la UE dijeron que estaba demostrado que era un obstáculo importante que impedía el acceso a los medicamentos. Citaron un documento de trabajo de la OMC (en formato PDF) y el estudio de la OMC, la OMPI y la OMS sobre la promoción del acceso a las tecnologías médicas y la innovación, en que también se observa el efecto de los aranceles elevados.

La India y China pusieron en tela de juicio el vínculo entre los aranceles elevados y el acceso a los medicamentos, dado que podrían utilizarse los aranceles para fomentar la producción local. Su atención, al igual que la de otros países en desarrollo, se centraba en la necesidad de contar con más información y en el hecho de que el sistema previsto en el párrafo 6 solo se había utilizado una vez, para medicamentos fabricados bajo licencia obligatoria en el Canadá y exportados a Rwanda. Solicitaron de nuevo que se realizara un seminario con la participación de una amplia gama de personas.

Varios países desarrollados reiteraron su opinión de que los Miembros debían proporcionar en primer lugar información, antes de decidir si se necesitaban contribuciones externas. En particular, deseaban obtener información de los posibles importadores sobre si el propio sistema previsto en el párrafo 6 resultaba difícil de utilizar. El Canadá, único exportador que había recurrido al sistema, dijo que había planteado a los posibles importadores una serie de preguntas, que todavía no habían recibido respuesta.

Propiedad intelectual y deporte

Un grupo de países dijo que la propiedad intelectual era un componente vital del deporte, que ayudaba a recaudar fondos y producir innovaciones de punta, que podrían difundirse a toda la sociedad. Sin embargo, otros países tenían el temor de que, si el Consejo de los ADPIC se centraba en temas como el deporte, dedicaría menos tiempo a temas que consideraban más importantes, como la seguridad alimentaria, el acceso a los medicamentos y la lucha contra la piratería biológica.

Los que propugnaban la inclusión del deporte se refirieron a sus propias experiencias: explicaron que era posible desarrollar muchas innovaciones tecnológicas en el marco del deporte, que podían aumentarse y distribuirse los ingresos a través de la venta de entradas, la búsqueda de patrocinadores, la difusión por radio y televisión y la comercialización, y que habían elaborado leyes y estructuras administrativas para apoyar este sistema.

Algunos países en desarrollo, como Jamaica y Trinidad y Tabago, dijeron que su éxito en deportes como el atletismo y el cricket había generado ingresos que habían contribuido a su desarrollo económico. Jamaica dijo que participaba activamente en la labor de elaboración de normas sobre propiedad intelectual en el deporte porque el deporte era una fuente importante de ingresos, y que estrellas del deporte como Usain Bolt utilizaban las aportaciones de sus patrocinadores y el reconocimiento de su nombre para prevenir las infracciones. La propiedad intelectual y el deporte eran así "pilares vitales del programa de desarrollo nacional del país".

Los dos países del Caribe se habían sumado a la Unión Europea, México y los Estados Unidos para incluir por primera vez el tema en el programa. También apoyaron el debate de la cuestión Suiza, Australia, el Canadá, el Japón, el Brasil, la República de Corea y el Paraguay. Algunos de ellos consideraban que el debate era una prolongación de reuniones anteriores sobre la propiedad intelectual y la innovación. Algunos mencionaron innovaciones en el ámbito del deporte que habían sido útiles para salud, entre ellas las prótesis para los Juegos Paraolímpicos. El Japón se refirió a la invención de calcetines "asimétricos", diseñados específicamente para ajustarse al pie derecho o izquierdo y que eran más confortables para los atletas.

La UE dijo que el 3,7% de su producto interno bruto (PIB) y el 1,76% del valor añadido bruto de su economía provenía de los deportes. Alrededor de 15 millones de personas trabajaban en actividades relacionadas con el deporte, y la proporción del deporte en el empleo era del 2,12%, comparable a la de la agricultura, la silvicultura y la pesca combinadas.

Expresaron reservas sobre la conveniencia de examinar siquiera este tema Venezuela, China, la India, Bolivia, Cuba, el Ecuador y Nepal. Algunos dijeron que las cuestiones como los derechos de radiodifusión se estaban examinando en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y advirtieron del peligro de duplicar ese trabajo.

Reclamaciones no basadas en una infracción

Los Miembros acordaron trabajar más intensamente después de la aprobación de una nueva prórroga del plazo en que se consideran inaceptables en el marco de los ADPIC los casos no basados en una infracción. Tienen previsto considerar seriamente el año próximo si estos casos deberían permitirse en relación con la propiedad intelectual y, de ser así, cómo podría hacerse. En los últimos años, los Miembros han acordado recientemente prórrogas casi automáticas cada dos años, con poco debate sobre el fondo.

La decisión de recomendar la ampliación del plazo actual hasta el 31 de diciembre de 2015 es "ad referendum", lo que significa que los Miembros disponen de un breve plazo, hasta el 21 de octubre, para plantear objeciones. Si no hay ninguna objeción, la decisión se mantendrá y se espera que los Ministros de Comercio de la OMC la apoyen cuando se reúnan en Bali en diciembre, como lo hicieron en 2011 en Ginebra.

En el caso de que unos países se vean privados de derechos previstos, como el acceso a los mercados de exportación, aunque no se haya violado ninguna norma o compromiso en el marco de la OMC, las denuncias pueden plantearse oficialmente como diferencias relacionadas con el comercio de bienes y servicios. Sin embargo, los Miembros no están de acuerdo en cuanto a si las denuncias de este tipo serían posibles con respecto a la propiedad intelectual. En términos generales, los Estados Unidos de América y Suiza sostienen que pueden plantearse reclamaciones no basadas en una infracción en relación con los ADPIC; la mayoría de los demás Miembros no están de acuerdo, pero algunos han dicho que querrían considerar la forma en que podrían encararse las reclamaciones no basadas en una infracción.

Los Miembros acordaron por escrito una solución de conciliación al introducir en el Acuerdo sobre los ADPIC de 1995 una "moratoria" de cinco años, es decir, convinieron en no plantear reclamaciones no basadas en una infracción en el ámbito del Acuerdo sobre los ADPIC durante el período 1995-1999 (article 64.2). Este plazo se ha prorrogado desde entonces en las sucesivas Conferencias Ministeriales.

En mayo de 2003, el Presidente del Consejo de los ADPIC enunció cuatro posibilidades para encarar la moratoria. El Presidente actual ha indicado cuatro posibilidades semejantes que se examinarán el próximo año:

  • prohibir por completo las reclamaciones no basadas en una infracción en el ámbito de los ADPIC (como ocurriría si no se acuerdan nuevas prórrogas)
  • permitir que las reclamaciones se traten con arreglo a las normas de solución de diferencias en el marco de la OMC, como en el caso de los bienes y servicios
  • permitir las reclamaciones no basadas en una infracción pero con sujeción a modalidades (es decir, formas de abordarlas) "especiales"
  • prorrogar la moratoria (o hacerla permanente)

Mientras tanto, la decisión cuya aprobación se pedirá a los Ministros en Bali sería como sigue:

"Tomamos nota de la labor realizada por el Consejo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio de conformidad con nuestra Decisión de 17 de diciembre de 2011 sobre las reclamaciones no basadas en una infracción y las reclamaciones en casos en que existe otra situación en el ámbito de los ADPIC (WT/L/842) y disponemos que continúe su examen del alcance y las modalidades de las reclamaciones de los tipos previstos en los apartados b) y c) del párrafo 1 del artículo XXIII del GATT de 1994 y haga recomendaciones en nuestro próximo período de sesiones, que hemos decidido celebrar en 2015. Queda acordado que, entre tanto, los Miembros no presentarán tales reclamaciones en el ámbito del Acuerdo sobre los ADPIC."

Biodiversidad

Las posiciones de los Miembros no cambiaron en términos generales en el debate sobre la relación entre el Acuerdo sobre los ADPIC y el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica.

Algunos Miembros siguieron afirmando que era necesario modificar el Acuerdo sobre los ADPIC para exigir a los titulares de patentes que divulgaran la fuente de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales conexos utilizados en sus invenciones. La enmienda garantizaría que el Acuerdo sobre los ADPIC estuviera en consonancia con el Convenio sobre la Diversidad Biológica en lo que concierne a la necesidad de compartir los beneficios de las invenciones patentadas con las comunidades o las autoridades locales y a que el acceso a los recursos y los conocimientos se basara en el consentimiento previo informado.

Otros siguieron afirmando que no había necesidad de modificar el Acuerdo sobre los ADPIC, ya que los países podían aplicar los acuerdos de la OMC y el Convenio sobre la Diversidad Biológica sin ningún conflicto entre ellos, y que la divulgación de la fuente de materiales y conocimientos podría no ser la mejor manera de impedir la apropiación o la obtención indebida de patentes (como las patentes para invenciones reivindicadas que no son nuevas).

Seguían propugnando una enmienda de "divulgación" Indonesia, Egipto, el Brasil, Bangladesh, la India, Colombia, Cuba, el Ecuador, Suiza, la Unión Europea y Sri Lanka. Bolivia, con el apoyo de Bangladesh, el Ecuador y Venezuela, repitió su oposición a toda patente sobre formas de vida. La República de Corea, los Estados Unidos, el Japón, el Canadá y Australia repitieron su oposición a la "divulgación" y su preferencia por examinar la cuestión en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

China y Cuba dijeron que un debate en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) no podía sustituir la labor de la OMC. China, Egipto, la India, Suiza y la Unión Europea pidieron que las consultas presididas por el Director General se reactivaran poco después de la Conferencia Ministerial de Bali. El Presidente dijo que el Consejo de los ADPIC no estaba facultado para decidir sobre la reactivación de las consultas, pero que transmitiría el mensaje.

Propiedad intelectual, cambio climático y tecnología ecológica

Los Miembros repitieron en general los debates de la reunión anterior. El Ecuador encabezó un llamamiento en pro de una declaración que debería adoptarse en la Conferencia Ministerial de Bali de diciembre, en la que se pondrían de relieve las flexibilidades existentes en el Acuerdo sobre los ADPIC, siguiendo los lineamientos de la Declaración Ministerial de Doha de 2001 sobre los ADPIC y la Salud Pública, y establecería un programa de trabajo para después de la conferencia de Bali. Apoyaron el llamamiento Bolivia, Indonesia, Cuba y la India.

China dijo que estaba en principio de acuerdo, pero se reservaba su juicio sobre su posición definitiva. El Brasil dijo que cabría considerar el recurso a las flexibilidades del Acuerdo sobre los ADPIC, pero los incentivos para la innovación también eran importantes, al igual que los problemas de las patentes de baja calidad y la financiación.

Varios países contestaron que la protección de la propiedad intelectual permitía la transferencia de tecnología y que la comparación con las patentes farmacéuticas no era apropiada porque las tecnologías ecológicas eran considerablemente más competitivas. Entre esos países estaban los Estados Unidos, la Unión Europea, el Japón, el Canadá, Nueva Zelandia, Chile, Australia y Suiza.

Transferencia de tecnología a los países más pobres

Se examinaron entre otras cuestiones los incentivos que los países desarrollados están obligados a dar a sus empresas y otras instituciones para que transfieran tecnología a los países menos adelantados (artículo 66.2 del Acuerdo sobre los ADPIC). Quince países desarrollados, entre ellos la UE y siete de sus miembros a título individual, presentaron informes detallados sobre esto como parte de un examen anual.

La Secretaría informó de que, en un seminario sobre los incentivos que había tenido lugar antes de la reunión del Consejo de los ADPIC, los países menos adelantados habían señalado que la gran cantidad de información era difícil de asimilar, y explicó que se estaban introduciendo mejoras en la gestión de la información. Mientras tanto, los Miembros están examinando también un modelo para la presentación de la información, que, según algunos países, podría ser difícil de aplicar.

La India lamentó que la respuesta que reciben los países menos adelantados cuando solicitan mejor información por parte de los países desarrollados "sea en su mayor parte puramente convencional y poco seria, y esté muy lejos de alcanzar el objetivo deseado". Los Estados Unidos rechazaron la acusación y se ofrecieron a explicar detenidamente a la India su detallado informe. La UE dijo que no cabía considerar que los cientos de millones de euros desembolsados con arreglo a esas disposiciones fueran "puramente convencionales".

El Consejo también examinó la asistencia técnica que los países desarrollados y las organizaciones intergubernamentales ponen a disposición de los países en desarrollo (en virtud del artículo 67 del Acuerdo sobre los ADPIC).

Presidente: Embajador Alfredo Suescum de Panam

Próximas reuniones

Reuniones (ordinarias) del Consejo de los ADPIC (podrían cambiar):

2014

  • 25 y 26 de febrero
  • 11 y 12 de junio
  • 28 y 29 de octubre

Dicho llanamente 

Coloque el cursor sobre un término para ver la definición:

• ADPIC

• CDB

• IG

• modalidad

• Sesión Extraordinaria

• sistema previsto en el párrafo 6

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