MÓDULO DE FORMACIÓN SOBRE EL AGCS: CAPÍTULO 7

Preparación de las peticiones y ofertas

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7.3 Aspectos técnicos de las peticiones

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Las peticiones podrán dirigirse a un grupo de participantes o a cada Miembro individualmente. Hay posiblemente cuatro objetos principales, que no se excluyen mutuamente.

  1. La adición de sectores no incluidos en la Lista correspondiente.
     
  2. La supresión de las limitaciones existentes o la reducción de su restrictividad (por ejemplo el aumento del número de proveedores admitidos o de los niveles de participación accionarial extranjera). Una petición podrá ser también la de transformar un compromiso “no consolidado” en un compromiso con o sin limitaciones. Esas peticiones se refieren siempre a medidas que afectan al acceso a los mercados (artículo XVI) o al trato nacional (artículo XVII).
     
  3. La inscripción de compromisos adicionales (artículo XVIII) relativos a materias no cubiertas por los artículos XVI y XVII. Un caso típico es el Documento de Referencia sobre el marco regulatorio de las telecomunicaciones básicas; durante las negociaciones ampliadas que se llevaron a cabo en el marco del Cuarto Protocolo se formuló y despachó un número relativamente elevado de peticiones de este tipo.
     
  4. La eliminación de las exenciones NMF. El párrafo 6 del Anexo sobre exenciones NMF estipula que las exenciones existentes estarán sujetas a negociaciones en posteriores rondas de liberalización del comercio.
     

La petición se podrá presentar en forma de una simple carta. Así, si un participante quiere asumir un compromiso pleno en el marco de los artículos XVI a XVII, solicitará simplemente que se inscriba “ninguno” en la Lista de su interlocutor comercial.

Es posible que los compromisos adicionales a tenor del artículo XVIII tengan que ser técnicamente más específicos. El artículo se limita a establecer un marco para la consignación de compromisos sobre materias distintas del acceso a los mercados o del trato nacional. Como lo demuestra el Documento de Referencia sobre las telecomunicaciones, esos compromisos se pueden extender a sectores no abordados por el propio AGCS, como el establecimiento de un regulador independiente. Si se formula la petición de asumir esas obligaciones no definidas en el AGCS, se deberán describir en términos jurídicos precisos.

El proceso de intercambiar peticiones tiende a ser puramente bilateral, sin intervención de la Secretaría de la OMC. En un momento de la Ronda Uruguay se sugirió que cuando se formulara una petición se enviara también una copia a la Secretaría para que la archivara. Sin embargo, esa práctica se siguió tan sólo durante un corto período de tiempo.

  

  

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