MÓDULO DE CAPACITACIÓN SOBRE EL ACUERDO MSF: CAPÍTULO 3

Transparencia

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3.1 ¿En qué consiste la transparencia?

Uno de los objetivos fundamentales del Acuerdo MSF es aumentar la transparencia de las medidas sanitarias y fitosanitarias. Los Gobiernos deben notificar a los demás países cualquier medida sanitaria o fitosanitaria nueva o modificada que afecte al comercio. También tienen que establecer oficinas (llamadas “servicios de información”) para responder a las solicitudes de más información sobre medidas nuevas o existentes. Este aumento de la transparencia protege los intereses de los consumidores, así como de los interlocutores comerciales, del proteccionismo encubierto resultante de prescripciones técnicas innecesarias.

El Comité MSF es un foro donde los Miembros de la OMC intercambian información sobre todos los aspectos relativos a la aplicación del Acuerdo MSF. Examina la observancia del Acuerdo y debate preocupaciones comerciales específicas y todos los asuntos relacionados con la notificación y la transparencia en general.

Las obligaciones del Acuerdo en materia de transparencia figuran en el párrafo 8 del artículo 5, el artículo 7 y el Anexo B. Además, el Comité ha elaborado un procedimiento recomendado para la aplicación de las obligaciones en materia de transparencia establecidas en el Acuerdo MSF (G/SPS/7/Rev.2). Éste procedimiento aclara el lenguaje utilizado en el Anexo B y orienta sobre cómo notificar (incluida la manera de rellenar los modelos de notificación), cómo formular observaciones sobre las notificaciones y cómo proporcionar documentos relativos a una notificación. También facilita directrices sobre el funcionamiento de los organismos nacionales encargados de la notificación y de los servicios de información, y sobre la publicación de la reglamentación.

Para ayudar a los Miembros, en particular a los países en desarrollo y menos adelantados, a aplicar las obligaciones en materia de transparencia, la Secretaría ha preparado un manual titulado: “Cómo aplicar las disposiciones en materia de transparencia del Acuerdo MSF”. Incluye descripciones detalladas de la manera de establecer y poner en funcionamiento servicios de información y organismos nacionales encargados de la notificación, cómo notificar, modelos de cartas de respuesta, etc.

En las secciones siguientes se ofrece un breve panorama de las obligaciones contenidas en el Acuerdo, y en el manual se pueden encontrar instrucciones prácticas y explicaciones más detalladas sobre la manera de aplicarlas.

  

  

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