OMC: NOTICIAS 2014

PROPIEDAD INTELECTUAL: REUNIÓN FORMAL DEL CONSEJO


NOTA:
ESTA NOTICIA tiene como finalidad ayudar al público a comprender los nuevos acontecimientos de la OMC. Si bien se ha hecho todo lo posible para asegurar que el contenido de la información sea exacto, ésta se entiende sin perjuicio de las posiciones de los gobiernos Miembros.

La posición oficial figura en las actas de las reuniones.

MÁS INFORMACIÓN:
> la propiedad intelectual (ADPIC)
> Explicación de las cuestiones sobre los ADPIC
> los ADPIC y la salud
> los ADPIC y la biodiversidad
> las indicaciones geográficas
> todas las cuestiones sobre los ADPIC
> noticias sobre los ADPIC

ACTAS:

También continuaron debatiendo si se deben examinar las diferencias de índole jurídica sobre cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual en casos en que no se ha infringido el Acuerdo, denominadas diferencias no basadas en una infracción. En ésta y algunas otras cuestiones, sus posiciones apenas han variado.

Entre tanto, algunos Miembros pidieron un examen de la asistencia técnica que analice su verdadera repercusión.

 

Más información

 

Empaquetado genérico de los productos del tabaco

Los cinco países que participan en diferencias con Australia relativas al empaquetado genérico de los productos del tabaco instaron a otros Miembros que tienen previsto adoptar medidas similares a esperar hasta que se publique la resolución de la diferencia para introducir sus leyes. El empaquetado genérico o “empaquetado normalizado” exige a las empresas que utilicen en los paquetes colores y tipografías normalizados en lugar de los logotipos de las marcas, normalmente con advertencias sanitarias de gran tamaño.

Ucrania mencionó el proyecto de ley que actualmente tramita el Parlamento de Nueva Zelandia y normas similares notificadas o comunicadas por Irlanda, el Reino Unido, Francia y Finlandia.

Los cinco países reclamantes son Ucrania (procedimiento de solución de diferencias DS434), Honduras (DS435), la República Dominicana (DS441), Cuba (DS458) e Indonesia (DS467). Señalaron que los grupos especiales que examinan esas diferencias han anunciado que no podrán publicar sus conclusiones al menos hasta el segundo semestre de 2016.

Dijeron, con el apoyo de Zimbabwe y Nicaragua, que son partidarios del control del tabaco, pero repitieron su argumento de que el empaquetado genérico es excesivo y no reduce el consumo. Citaron nuevos estudios, que en su opinión demostraban que el efecto en Australia ha sido alentar a los fumadores a cambiar a productos de gama baja o que son objeto de contrabando, en lugar de fumar menos: “No funciona y no es probable que lo haga”, dijeron Ucrania e Indonesia.

Ucrania dijo que, si los gobiernos hubieran valorado individualmente cada marca para ver si sus características alientan el consumo, algunas medidas estarían justificadas, pero una prohibición general de todas las marcas infringe el Acuerdo sobre los ADPIC.

Australia dijo que no formularía observaciones sobre la diferencia, pero añadió que los países no debían esperar a la resolución para introducir sus leyes. Defendió la legitimidad del empaquetado genérico y dijo que cuenta con el respaldo de instituciones como la Organización Mundial de la Salud y el de un gran número de investigaciones revisadas por homólogos.

Apoyaron el empaquetado genérico Nueva Zelandia, Noruega, el Canadá, el Uruguay, la UE y la Organización Mundial de la Salud (OMS). La UE señaló que algunos de sus Estados miembros están considerando la adopción de prescripciones de empaquetado genérico, que es una opción en el marco de la política de la UE de lucha contra el tabaquismo (véase la notificación G/TBT/N/EEC/380). Informó sobre las notificaciones a la OMC de Irlanda (G/TBT/N/IRL/1 y G/TBT/N/IRL/1/Add.1) y el Reino Unido (notificación G/TBT/N/GBR/24). La propia UE ha recibido también notificaciones, según dijo, y ambos países han celebrado consultas internas sobre sus proyectos.

La OMS dijo que cerca de 6 millones de personas mueren en el mundo por ser fumadores o fumadores pasivos que inhalan el humo “mortal”, y que más del 70% de esas muertes se registran en países de ingresos bajos y medios. Las empresas tabacaleras se han introducido de forma “agresiva” en nuevos mercados de los países en desarrollo, donde el número de muertes atribuibles al tabaco crece rápidamente. Para 2030, más del 80% de las muertes debidas al tabaco tendrá lugar en países de ingresos bajos y medios, dijo la OMS, y añadió que son imprescindibles medidas como el empaquetado genérico para abordar el problema.

Los cinco países reclamantes también anunciaron que habían presentado sus primeras comunicaciones escritas en sus diferencias con Australia, tras el acuerdo alcanzado en abril entre los seis países para acumular los cinco asuntos: técnicamente, siguen siendo distintos, con argumentos jurídicos distintos, pero un mismo conjunto de integrantes, nombrados en mayo para constituir los cinco grupos especiales, los está examinando en un único procedimiento.

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Innovación 

Los Miembros, siguiendo la serie de debates sobre la innovación, describieron sus experiencias en la promoción de la innovación, esta vez centrando el debate en la forma en que las universidades, junto con otras instituciones, los inventores y las empresas pueden colaborar para producir bienes y servicios útiles desde el punto de vista social y ambiental, también para los países en desarrollo. Algunos Miembros destacaron el valor de la colaboración como medio para la transferencia de tecnología, en lugar de hacerlo vendiendo bienes y servicios.

Suiza, la UE, los Estados Unidos y México habían organizado una feria de innovación que se celebraba en paralelo en la OMC. Dijeron que el objetivo del acto era ayudar a los delegados a establecer vínculos entre las cuestiones que debatían en el Consejo de los ADPIC y las actividades que se desarrollan en el mundo real y dan lugar a productos para tratar el agua, mejorar el medio ambiente, satisfacer necesidades sanitarias y mejorar la calidad de vida.

En la reunión, también otros Miembros dieron a conocer sus experiencias, entre ellos el Ecuador; Panamá; el Japón; Chile; el Canadá; Hong Kong, China; el Taipei Chino; El Salvador; y Australia. La India y el Brasil se centraron en primer lugar en lo que consideraban el costo de utilizar las patentes, los beneficios y los derechos de monopolio, como incentivos para la innovación, antes de exponer también sus propios programas de promoción.

 

Diferencias no basadas en una infracción en el ámbito de los ADPIC 

Las posiciones de los Miembros acerca de esta cuestión técnica permanecieron inalteradas a pesar de que se debatió en mayor profundidad sobre la jurisprudencia de la OMC y las intenciones de los redactores del Acuerdo sobre los ADPIC.

Las diferencias no basadas en una infracción se sustancian en la OMC cuando un país impugna la legalidad de los actos de otro país porque considera que se ve privado de un beneficio probable, aun cuando no se haya infringido ningún Acuerdo ni compromiso efectivo. Las diferencias no basadas en una infracción se admiten en relación con las mercancías y los servicios, pero no en materia de propiedad intelectual en virtud de un acuerdo temporal (una “moratoria”), que se ha prorrogado en varias ocasiones. La última prórroga de dos años se acordó en la Conferencia Ministerial de Bali, en diciembre de 2013.

Los Estados Unidos y Suiza seguían aduciendo que se deberían admitir las diferencias no basadas en una infracción y que el consenso sólo es necesario para prorrogar la moratoria.

Varios países mantuvieron su opinión de que no caben diferencias no basadas en una infracción en la esfera de la propiedad intelectual porque el Acuerdo sobre los ADPIC no se ocupa del acceso a los mercados. Algunos de ellos argumentaron también que es necesario un consenso sobre el trato que se ha de dar a las diferencias no basadas en una infracción (“el alcance y las modalidades” de dicho trato) antes de que expire la moratoria. En la reunión, mantuvieron este punto de vista, entre otros, los siguientes oradores: Venezuela; el Brasil; la India; Cuba; el Ecuador; Colombia; China; la Argentina; Chile; Bolivia; la República de Corea; el Taipei Chino; el Canadá; Nueva Zelandia; Bangladesh; Egipto; Nigeria (en nombre del Grupo Africano); Hong Kong, China; y Nepal.

El Japón reiteró su posición de que los Miembros debían examinar “el alcance y las modalidades” sobre la base de hechos.

 

Mejor uso de la información 

Información en la esfera de los ADPIC

Prescripción

  • todos los países deben notificar sus leyes en un plazo de 30 días desde la entrada en vigor del Acuerdo sobre los ADPIC en cada país
  • las modificaciones también deben ser notificadas en un plazo de 30 días desde su aplicación

Hasta la fecha

  • 133 Miembros (de 160) han notificado leyes, reglamentos y mecanismos de observancia en materia de propiedad intelectual
  • esa cifra incluye algunos países menos adelantados

Grado de actualización

  • fechas de las notificaciones más recientes de los Miembros: 1996-2014

    Prescripción

    • todos los países deben notificar sus leyes en un plazo de 30 días desde la entrada en vigor del Acuerdo sobre los ADPIC en cada país
    • las modificaciones también deben ser notificadas en un plazo de 30 días desde su aplicación

    Hasta la fecha

    • 133 Miembros (de 160) han notificado leyes, reglamentos y mecanismos de observancia en materia de propiedad intelectual
    • esa cifra incluye algunos países menos adelantados

    Grado de actualización

    • fechas de las notificaciones más recientes de los Miembros: 1996-2014
    • 19 Miembros no han presentado notificaciones desde 1999
    • 89 Miembros no han presentado notificaciones desde 2009, cuando el Consejo General subrayó la necesidad de que las notificaciones fueran completas

    Promedios

    • 5 notificaciones por Miembro hasta la fecha
    • la antigüedad de la notificación más reciente es, en promedio, de 10 años (2005)
    • 2 actualizaciones o modificaciones por Miembro
    • 56 Miembros han presentado únicamente una notificación sin actualizaciones posteriores

    Prescripción

    • todos los países deben notificar sus leyes en un plazo de 30 días desde la entrada en vigor del Acuerdo sobre los ADPIC en cada país
    • las modificaciones también deben ser notificadas en un plazo de 30 días desde su aplicación

    Hasta la fecha

    • 133 Miembros (de 160) han notificado leyes, reglamentos y mecanismos de observancia en materia de propiedad intelectual
    • esa cifra incluye algunos países menos adelantados

    Grado de actualización

    • fechas de las notificaciones más recientes de los Miembros: 1996-2014
    • 19 Miembros no han presentado notificaciones desde 1999
    • 89 Miembros no han presentado notificaciones desde 2009, cuando el Consejo General subrayó la necesidad de que las notificaciones fueran completas

    Promedios

    • 5 notificaciones por Miembro hasta la fecha
    • la antigüedad de la notificación más reciente es, en promedio, de 10 años (2005)
    • 2 actualizaciones o modificaciones por Miembro
    • 56 Miembros han presentado únicamente una notificación sin actualizaciones posteriores
  • 19 Miembros no han presentado notificaciones desde 1999
  • 89 Miembros no han presentado notificaciones desde 2009, cuando el Consejo General subrayó la necesidad de que las notificaciones fueran completas

Promedios

  • 5 notificaciones por Miembro hasta la fecha
  • la antigüedad de la notificación más reciente es, en promedio, de 10 años (2005)
  • 2 actualizaciones o modificaciones por Miembro
  • 56 Miembros han presentado únicamente una notificación sin actualizaciones posteriores
La información facilitada por los Miembros es esencial para la labor de los Comités de la OMC, así como para la del Consejo de los ADPIC. La Secretaría comunicó a los Miembros que está estudiando formas de hacer más sencillos el acceso y la recuperación de datos para la ingente cantidad de información que los Miembros han intercambiado en el Consejo de los ADPIC.

Se trata de una cuestión importante, ya que una de las funciones esenciales del Consejo de los ADPIC es examinar la aplicación práctica del Acuerdo sobre los ADPIC. La información facilitada en las notificaciones también puede aumentar la sensibilidad sobre las opciones de política de que disponen los operadores sobre el terreno, por ejemplo, en materia de propiedad intelectual y salud.

La Secretaría dijo que las mejoras previstas harán que el acceso a la información sea más sencillo y que la búsqueda de datos ofrezca mejores resultados que las simples listas de documentos de gran extensión. Uno de los primeros pasos fue pedir a los Miembros que presentaran la información, por ejemplo, la relativa a la asistencia técnica, en cuadros.

La información que proporcionan las notificaciones consiste principalmente en las leyes de los Miembros en materia de propiedad intelectual y todas sus modificaciones. En la actualidad, hay unos 4.500 documentos que ocupan en total 1,8 terabytes, sobre todo en forma de textos o imágenes de textos escaneadas. También hay información sobre la asistencia técnica prestada por los Miembros y, en el caso de los países desarrollados, los incentivos que ofrecen a la transferencia de tecnología.

Todo ello en el contexto de un nivel sin precedentes de actividad legislativa y formulación de políticas en la esfera de la propiedad intelectual en muchos países.

En esta reunión, el nuevo Miembro Tayikistán presentó sus leyes, y el Consejo prosiguió un ejercicio similar sobre Rusia, que se adhirió a la OMC en 2012. Montenegro presentó una notificación sobre una modificación importante de su Ley de marcas de fábrica o de comercio, y dijo que si dicha modificación se basaba en la legislación de la UE y formaba parte de sus preparativos para adherirse a ella. Bahrein, Colombia, la República de Corea, Rusia y Panamá facilitaron a los Miembros información reciente.

Corea expuso las medidas que había adoptado para aplicar un régimen de licencias obligatorias a la exportación de medicamentos que cubran las necesidades de otros países en materia sanitaria, poniendo así en práctica el sistema de licencias especiales de exportación de la OMC establecido de conformidad con la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los APDIC y la Salud Pública.

Rusia resumió el amplio conjunto de legislación en materia de propiedad intelectual que ha aprobado recientemente, que incluye instrumentos para ayudar a los discapacitados a utilizar obras protegidas por el derecho de autor y para proteger las obras en Internet.

Panamá presentó varias actualizaciones de su régimen de propiedad intelectual, que abarcaban procedimientos electrónicos para las marcas de fábrica o de comercio y nuevas vías de solución de diferencias en materia de propiedad industrial.

La UE también observó que el debate sobre la asistencia técnica debía centrarse más en los resultados de los programas que en su formato. Por ejemplo, la UE dijo que ha prestado asistencia sobre las mareas y el agua en Bangladesh, así como sobre la malaria durante el embarazo en África, y que le gustaría escuchar opiniones al respecto. Bangladesh dijo que se prepararía para participar en un debate de esta índole.

 

Otras cuestiones

Examen del “párrafo 6”: en este examen anual, los Miembros repitieron en gran medida sus posturas sobre el sistema, que permite a los gobiernos expedir licencias obligatorias, eludiendo con ello determinados derechos de patente, para productos farmacéuticos destinados a la exportación a países que no pueden producir ellos mismos los medicamentos. Algunos Miembros adujeron que las condiciones son demasiado engorrosas, razón por la cual el sistema sólo se ha utilizado en una ocasión (medicamentos genéricos producidos en el Canadá y exportados a Rwanda). Algunos reiteraron su petición de que se celebrara un taller con varios grupos interesados.

Otros Miembros repitieron su opinión de que las patentes son únicamente un elemento del acceso a los medicamentos, y dijeron que el ejemplo del Canadá y Rwanda muestra que el sistema funciona y que sus condiciones requieren poco tiempo en comparación con otros trámites. Explicaron que habían pedido a países que querían utilizar el sistema que expusieran los problemas a que hacían frente, pero que no habían recibido respuesta. Según ellos, hasta que no se dispusiera de esa información, el debate debía seguir celebrándose en el Consejo de los ADPIC, y no en un taller más amplio.

Muchas delegaciones, entre ellas las del Grupo de países menos adelantados, reiteraron también su petición para que los Miembros que todavía no habían aceptado la enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC lo hicieran sin demora. Desde la última reunión, Botswana y el Uruguay habían aceptado la enmienda de 2005 del Acuerdo sobre los ADPIC, con lo que el total de los “instrumentos de aceptación” ascendía a 53, incluido el de la UE, que tiene 28 Estados miembros y es además uno de los 160 Miembros de pleno derecho de la OMC. Cuando dos tercios de los Miembros de la OMC la hayan aceptado, la enmienda entrará en vigor en esos Miembros. Mientras tanto, la “exención” de 2003 prevé ya las mismas disposiciones que la enmienda, y seguirá en vigor hasta que ésta se acepte.

Bangladesh, en nombre de los países menos adelantados, pidió que en la próxima reunión, que tendrá lugar en febrero de 2015, se debatiera la prórroga del plazo para las patentes farmacéuticas, que expira en 2016 (se trata de una fecha límite distinta de la fijada para la protección de la propiedad intelectual en general, que en 2013 se prorrogó hasta el 1º de julio de 2021).

La “tripleta” de cuestiones relacionadas con el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) de las Naciones Unidas. Las opiniones de los Miembros sobre este conjunto de cuestiones de larga data tampoco han variado. Siguen disintiendo sobre todo respecto de si el Acuerdo sobre los ADPIC debe modificarse para exigir a los propietarios de patentes que divulguen la fuente de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales conexos utilizados en sus invenciones. Los Miembros también siguen manteniendo opiniones distintas sobre la posibilidad de que la Secretaría del CDB informe al Consejo.

PRESIDENTE: Sr. Mothusi Palai (Botswana)

 

Próximas reuniones

Reuniones (ordinarias) del Consejo de los ADPIC (sujeto a modificación):

2015

  • 25 y 26 de febrero de 2015
  • 9 y 10 de junio de 2015
  • 13 y 14 de octubre de 2015

 

 

Dicho llanamente 

Coloque el cursor sobre un término para ver la definición:

• ADPIC

• indicaciones geográficas (IG)

• modalidad

• Sesión Extraordinaria

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