CONFERENCIA MINISTERIAL DE LA OMC, HONG KONG 2005: NOTAS INFORMATIVAS
NORMAS: ANTIDUMPING Y SUBVENCIONES, INCLUIDAS
LAS SUBVENCIONES A LA PESCA
Negociaciones para aclarar y mejorar las disciplinas
En febrero de 2002 el Comité de Negociaciones Comerciales creó el Grupo de Negociación sobre las Normas. En la Declaración de Doha, las “normas” abarcan tres temas: antidumping (que se conoce en la OMC como el artículo 6 del GATT); subvenciones y medidas compensatorias, incluidas las subvenciones a la pesca; y acuerdos comerciales regionales. (Una nota informativa separada se ocupa de los acuerdos regionales.)
Los contenidos
> Carta del director general a los periodistas
> El programa de Doha para el desarrollo
> Agricultura
> Algodón
> Servicios
> Acceso a los mercados, productos no agrícolas
> Propiedad intelectual (Acuerdo sobre los ADPIC)
> Facilitación del comercio
> Normas: antidumping y subvenciones, incluidas las
subvenciones a la pesca
> Normas: acuerdos regionales
> Solución de diferencias
> Comercio y medio ambiente
> Pequeñas economías
> Comercio, deuda y finanzas
> Comercio y transferencia de tecnología
> Cooperación técnica
> Países menos adelantados
> Trato especial y diferenciado
> Cuestiones relativas a la aplicación
> Comercio electrónico
> Miembros y adhesión
> Miembros actuales de la organización mundial del
comercio
> Banano
> Estadísticas
> Algunos hechos y cifras
> Dicho llanamente ...: Agrupaciones de países
> Dicho llanamente ...: Guía informal de la jerga
de la OMC
El mandato de Doha
En la Declaración figura el siguiente mandato con respecto al Acuerdo Antidumping y al Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias de la OMC:
“A la luz de la experiencia y de la creciente aplicación de estos instrumentos por los Miembros, convenimos en celebrar negociaciones encaminadas a aclarar y mejorar las disciplinas previstas en el Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI [esto es, el artículo 6] del GATT de 1994 [esto es, el Acuerdo Antidumping] y el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, preservando al mismo tiempo los conceptos y principios básicos y la eficacia de estos Acuerdos y sus instrumentos y objetivos, y teniendo en cuenta las necesidades de los participantes en desarrollo y menos adelantados. En la fase inicial de las negociaciones, los participantes indicarán las disposiciones, incluidas las disciplinas sobre prácticas que distorsionan el comercio, que pretenden aclarar y mejorar en la fase siguiente. En el contexto de estas negociaciones, los participantes también procurarán aclarar y mejorar las disciplinas de la OMC con respecto a las subvenciones a la pesca, teniendo en cuenta la importancia de este sector para los países en desarrollo. Observamos que también se hace referencia a las subvenciones a la pesca en el párrafo 31.”
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Desde entonces …
Durante la fase inicial de las negociaciones, los participantes indicaron las disposiciones de los dos Acuerdos de la OMC que desearían aclarar y mejorar en la fase siguiente. Sobre la base de las 141 comunicaciones presentadas, la mayoría de ellas relativas al Acuerdo Antidumping, el Presidente publicó una recopilación de las cuestiones y propuestas. Durante la segunda fase, después de Cancún, el Grupo comenzó a celebrar reuniones informales para examinar “propuestas pormenorizadas” más detalladas y específicas. Los intercambios francos y detallados dieron al Grupo una idea más clara de lo que deseaban exactamente los proponentes, y al mismo tiempo proporcionaron a éstos una valiosa información sobre qué propuestas podían y cuáles no podían contar con un apoyo amplio. En la primavera de 2005, el Presidente inició la tercera fase de negociaciones añadiendo consultas bilaterales y plurilaterales para examinar con rigor los textos jurídicos de las modificaciones propuestas respecto de los Acuerdos pertinentes. También creó un grupo técnico abierto a todos los participantes para trabajar en la elaboración de un cuestionario antidumping uniforme. Ese cuestionario reduciría significativamente los costos y aumentaría la previsibilidad tanto para las autoridades investigadoras como para los exportadores.
Antidumping
Desde la creación de la OMC en 1995 se han iniciado más de 2.600 investigaciones antidumping. Las iniciaciones de investigaciones antidumping aumentaron de 157 en 1995 a 364 en 2001, pero desde entonces han disminuido hasta llegar a 213 en 2004. Cada año del período 1995 2004, los países en desarrollo han sido los principales usuarios de este instrumento de defensa comercial. Durante todo ese período, los países en desarrollo (más unos pocos países con economías de transición) llevaron a cabo 1.639 de esas investigaciones, en comparación con las 1.008 realizadas por los países desarrollados.
Varios Miembros estiman que debe mejorarse el vigente Acuerdo Antidumping para hacer frente a lo que consideran una aplicación abusiva de medidas antidumping, reflejada en su opinión en la cantidad sustancial de medidas antidumping impuestas cada año y el número cada vez mayor de diferencias en esta esfera que se plantean en el marco de la OMC. Un grupo informal de 15 participantes (Brasil; Chile; Colombia; República de Corea; Costa Rica; Hong Kong, China; Israel; Japón; México; Noruega; Singapur; Suiza; Tailandia; Taipei Chino y Turquía), que se autodenomina “Amigos de las negociaciones antidumping”, ha presentado numerosas propuestas para hacer más estrictas las disciplinas que regulan la realización de investigaciones antidumping.
Miembros
que han iniciado investigaciones
antidumping (1995-2004) |
|
1. India | 399 |
2. Estados Unidos | 354 |
3. CE | 303 |
4. Argentina | 192 |
5. Sudáfrica | 174 |
6. Australia | 172 |
7. Canadá | 133 |
8. Brasil | 116 |
9. China | 99 |
10. Turquía | 89 |
Miembros que han sido
objeto de investigaciones antidumping (1995-2004) |
|
1. China | 412 |
2. CE-15 | 400 |
3. Corea | 207 |
4. Estados Unidos | 151 |
5. Taipei Chino | 146 |
6. Japón | 117 |
7. India | 107 |
8. Indonesia | 107 |
9. Tailandia | 99 |
10. Rusia | 94 |
Los Estados Unidos han hecho hincapié en la importancia de asegurar que las medidas antidumping y las medidas compensatorias (medidas excepcionales –normalmente derechos– que se aplican para neutralizar el daño causado por las importaciones subvencionadas) sigan siendo eficaces para hacer frente a las prácticas comerciales desleales. Han propuesto varias modificaciones de las normas sobre medidas antidumping y derechos compensatorios.
Los países en desarrollo participan activamente en las negociaciones, y no sólo como copatrocinadores de las propuestas de los Amigos de las negociaciones antidumping. Sus comunicaciones e intervenciones reflejan intereses diversos –algunas tienen por objetivo reducir al mínimo los costos y cargas para los administradores, habida cuenta de las limitaciones en materia de recursos, otras el de hacer más estrictas las disciplinas, o elaborar normas donde no las hay, y otras más guardan relación con el artículo 15, titulado “Países en desarrollo Miembros”–. De hecho, la cuestión de “dar operatividad” al artículo 15 fue una de las cuestiones relativas a la aplicación sometidas al Grupo de Negociación.
Subvenciones
Aunque no se ha alcanzado todavía el mismo nivel de actividad que en materia antidumping, la labor relativa al Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias ha progresado de manera constante. Más de 20 participantes han identificado cuestiones relacionadas con este Acuerdo. En octubre de 2005 el Grupo ya había recibido 10 “propuestas pormenorizadas” sobre el Acuerdo, cinco concernientes a las disciplinas en materia de subvenciones y cinco sobre cuestiones relativas al cálculo de subvenciones a los efectos de las medidas compensatorias.
Por lo que respecta a las subvenciones a la pesca, otro grupo informal de Miembros, que se autodenomina “Amigos de los Peces” (integrado, entre otros países, por Australia, Chile, Ecuador, los Estados Unidos, Filipinas, Islandia, Nueva Zelandia y el Perú), dice que las subvenciones al sector de la pesca -que se estiman entre 14.000 y 20.500 millones de dólares anuales, o entre el 20 y el 25 por ciento de los ingresos- han dado lugar a la capacidad y la pesca excesivas. Aducen que, dadas las especiales características del sector, las subvenciones a la pesca causan perjuicio al comercio -al agotarse las poblaciones de peces se limita el acceso de otros participantes al recurso– a que no se puede hacer frente con las disciplinas actuales del Acuerdo sobre Subvenciones.
Por otro lado, la República de Corea, el Japón y el Taipei Chino han expresado escepticismo acerca del vínculo entre las subvenciones y la pesca excesiva. Aducen que el agotamiento de las poblaciones de peces se debe principalmente a la falta de una ordenación adecuada de los recursos pesqueros.
El centro de atención de los debates ha evolucionado significativamente desde el comienzo de la Ronda: ya no es la cuestión de si habrá nuevas disciplinas, sino el enfoque y la estructura de esas disciplinas. Los que proponen disciplinas más fuertes abogan por una prohibición general de la mayoría de las subvenciones en el sector de la pesca, con excepciones limitadas. Los participantes que defienden la posición opuesta están a favor de un enfoque que prohibiría una lista acordada de subvenciones concretas que tengan los efectos perjudiciales identificados.
Otra cuestión que se ha planteado en las negociaciones se refiere a si de deben introducir nuevas disciplinas para hacer frente a las subvenciones a la acuicultura y, en caso afirmativo, de qué modo. El debate mantenido hasta la fecha sugiere que es posible que los participantes lleguen a la conclusión de que no es necesario incluir la acuicultura en el ámbito de las nuevas disciplinas, en parte porque las normas existentes del Acuerdo SMC podrían aplicarse directamente a este sector.
El Grupo ha debatido también el trato especial y diferenciado para los países en desarrollo. El Brasil ha presentado una propuesta de disciplinas diferenciadas y normas de transición sobre las subvenciones de los países en desarrollo a la pesca. Además, varios pequeños países ribereños (Antigua y Barbuda, Barbados, Fiji, Granada, Guyana, Islas Salomón, Jamaica, Papua Nueva Guinea, República Dominicana, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía y Trinidad y Tabago) han propuesto conjuntamente que se les concedan exenciones amplias respecto de toda nueva disciplina, señalando la importancia de la pesca en sus economías y el hecho de que su sector pesquero es artesanal y de pequeña escala.
En el mandato de Doha relativo a las negociaciones sobre comercio y medio ambiente (párrafo 31 de la Declaración) se toma nota de que las subvenciones a la pesca forman parte de las negociaciones sobre “normas”.
Principales
exportadores e importadores de productos
pesqueros, 2002 (miles de $EE.UU.) |
|||
1. China | 4,485,274 | 1. Japan | 13,646,050 |
2. Tailandia | 3,676,427 | 2. United States | 10,065,328 |
3. Noruega | 3,569,243 | 3. Spain | 3,852,942 |
4. Estados Unidos | 3,260,168 | 4. France | 3,206,511 |
5. Canadá | 3,035,353 | 5. Italy | 2,906,007 |
6. Dinamarca | 2,872,438 | 6. Germany | 2,419,534 |
7. Viet Nam | 2,029,800 | 7. United Kingdom | 2,327,559 |
8. España | 1,889,541 | 8. China | 2,197,793 |
9. Chile | 1,869,123 | 9. Korea | 1,861,093 |
10. Países Bajos | 1,802,893 | 10. Denmark | 1,805,598 |
Fuente:
FAO
|
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Hong Kong
Los participantes en las negociaciones han expresado opiniones diversas sobre la mejor forma de utilizar la Conferencia Ministerial de Hong Kong para posibilitar el resultado satisfactorio de estas negociaciones.
Véanse también:
> Negociaciones
sobre las normas
> La Declaración de Doha
> La
Declaración de Doha explicada
> Más información sobre: Las
medidas antidumping, Las
subvenciones y las medidas compensatorias