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ÍNDICE A
Índice: A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X, Y, Z |
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acceso a los mercados (AG 4) concesiones sobre acceso a los mercados (AG 1 (g)) concesiones y compromisos (AG 4.1), aplicabilidad medidas del tipo de las que se ha prescrito se conviertan en derechos de aduana propiamente dichos (AG 4.2) fecha aplicable para la aplicación de las concesiones que figuran en la lista, y (PROT MAR 5 (a)) GATT II, 1 (b) y, véase Listas de Concesiones (GATT II). medidas de salvaguardia especial, y (AG 5.1) medidas que puedan considerarse salvo disposición en contrario en el artículo 5 y en el Anexo 5 nivel de activación para salvaguardias especiales (AG 5.4) países en desarrollo Miembros, moratoria de 10 años respecto del producto esencial (párr.7) aplicación del artículo AG 4.2 en caso de que no se mantenga el trato especial (párr. 10) Directrices para el cálculo de los equivalentes arancelarios (Anexo 5, Apéndice) continuación. concesiones adicionales y aceptables (párr.9) negociación sobre la cuestión (párr.8) trato especial en relación con el artículo AG 4.2 (AG Anexo 5). aplicabilidad (párr.1) aplicación del artículo AG 4.2 en caso de cese/no continuación (párr. 6) aplicación del artículo AG 4.2 en caso de no mantenerse (párr. 10), Directrices para el cálculo de los equivalentes arancelarios (Anexo 5, Apéndice) continuación. concesiones adicionales y aceptables (párr. 4) negociación sobre la cuestión (párr. 3) no continuación, efecto (párr. 5) terminación (párr. 2) acceso a los mercados (AGCS XVI), véase también Servicios Financieros, Entendimiento relativo a los Compromisos en materia de. medidas excluidas (AGCS XVI,2). limitaciones a la participación de capital extranjero (AGCS XVI,2 (f)) al número de proveedores de servicios (AGCS XVI,2 (a)) al número total de operaciones de servicios o la cuantía total de la producción de servicios (AGCS XVI,2 (c)) al número total de personas físicas en un determinado sector de servicios o servicio específico (AGCS XVI,2 (d)) al valor total de los activos o transacciones de servicios (AGCS XVI,2 (b)) restricciones a los tipos de persona jurídica o empresa conjunta para suministrar un servicio (AGCS XVI,2 (e)) trato no menos favorable que el previsto en la Lista (AGCS XVI,1) acción colectiva conforme al GATT de 1947 (GATT XXV) adopción de decisiones (GATT XXV,4) derecho a voto (GATT XXV,3) objetivos en materia de comercio y desarrollo (GATT XXXVIII) reuniones para asegurar la ejecución de disposiciones que requieren (GATT XXV,1) primera reunión (GATT XXV,2) acción colectiva conforme al GATT de 1947 (GATT XXXVI,1(d)/ GATT XXXVIII) acción unilateral por parte de un Miembro, prohibición (ESD 23.1) acciones excluidas (ESD 23.2) Acta Final (AF) aceptación y aplicación (AF 3) aceptación, elegibilidad (AF 4) depósito (AF 6) obligaciones conforme a la (AF 2) partes integrantes (AF 1) participantes que no sean partes contratantes del GATT de 1947 (AF 5) transición del GATT a la OMC, y (DEC MAR 6) actividades de investigación, asistencia para (SMC 8.2) actividades de desarrollo precompetitivas (SMC 8.2(a)) investigación industrial (SMC 8.2(a)) Acuerdo Antidumping (AD) anexos como parte integrante (AD 18.7) aplicabilidad (AD 18.3). exámenes anteriores/posteriores a la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC exámenes de medidas existentes definiciones (AD 1), véase también las entradas para las definiciones específicas de esas entradas iniciadas (AD) iniciadas y realizadas de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo violación de otras disposiciones antidumping por las que quede demostrado el incumplimiento de AD 1, véase también, relaciones dentro de los acuerdos y entre los mismos. examen de la aplicación y funcionamiento (AD 18.6) obligaciones. medidas contra el dumping incompatibles con el Acuerdo AD (AD 18.1) notificación de modificaciones. de leyes y reglamentos (AD 18.5) de leyes y reglamentos pertinentes (AD 18.5) países en desarrollo Miembros, véase también países en desarrollo Miembros (AD 15). Acuerdo Antidumping (AD), véase también aviso público de todas las determinaciones preliminares o definitivas (AD 12.2/SMC 22.3), consultas y solución de diferencias (AD 17), determinación de la existencia de dumping (GATT VI/AD 2), duración y examen de los derechos antidumping (AD 11), investigación antidumping (AD 5)/subvención (SMC 11), Medidas contra la Elusión, Decisión Ministerial sobre las, medidas provisionales (AD 7/SMC 17), rama de producción nacional (AD 4/SMC 16), revisión judicial (AD 13/SMC 23). Acuerdo Internacional de la Carne de Bovino, vigencia (AICB VI) Acuerdo Internacional de los Productos Lácteos (AIPL), vigencia (1997) Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, véase Acuerdo Antidumping (AD). Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, véase valoración en aduana (GATT VII y Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (VAL)). acuerdo relativo a la sede (OMC), derecho a celebrar un (OMC VIII,5) adquisición y mantenimiento de los derechos de propiedad intelectual (ADPIC 62), véase derechos de propiedad intelectual, procedimientos y formalidades para la adquisición y mantenimiento (ADPIC 62). agotamiento de los derechos (ADPIC 6) aplicación establecer libremente el método (ADPIC 1.1) una protección más amplia, derecho a prever (ADPIC 1.1) consideraciones ambientales, véase medio ambiente, disposiciones del Acuerdo sobre ADPIC y. convenios de propiedad intelectual, y acuerdos concertados bajo los auspicios de la OMPI (ADPIC 5) Convenio de Berna (1971), véase protección del derecho de autor (Convenio de Berna (1971) y ADPIC 9). Convenio de París (1967), incorporación (ADPIC 2.1), véase también marcas de fábrica o de comercio (Convenio de París (1967) (CP)). preservación de las obligaciones existentes (ADPIC 2.2) cooperación técnica (ADPIC 67), véase cooperación técnica (ADPIC 67). dibujos y modelos industriales, véase dibujos y modelos industriales, protección (ADPIC). disposiciones transitorias, véase disposiciones transitorias (ADPIC). esquemas de trazado, véase esquemas de trazado de circuitos integrados, protección de los (ADPIC). excepciones relativas a la seguridad, véase excepciones relativas a la seguridad (ADPIC 73). excepciones, véase patentes (ADPIC), excepciones (ADPIC 30), excepciones relativas a la seguridad (ADPIC 73), Acuerdo sobre ADPIC, limitaciones y excepciones (ADPIC 13), Acuerdo sobre ADPIC, principios (ADPIC 8). indicaciones geográficas, véase indicaciones geográficas (ADPIC 22), vinos y bebidas espirituosas, protección para impedir la utilización de una indicación geográfica que no se refiera al verdadero lugar de origen del producto (ADPIC 23). marcas de fábrica o de comercio, véase marcas de fábrica o de comercio (ADPIC). materia existente, aplicabilidad a, véase materia existente, aplicabilidad del Acuerdo sobre ADPIC (ADPIC 70). medidas en frontera, véase medidas en frontera/suspensión del despacho de aduana por las autoridades aduaneras (ADPIC). modificación, véase Acuerdo sobre ADPIC, examen y modificación (ADPIC 71). obligaciones de notificación, véase obligaciones y procedimientos de notificación (ADPIC). observancia de los derechos de propiedad intelectual, véase derechos de propiedad intelectual, procedimientos de observancia (ADPIC). países menos adelantados Miembros y, véase países menos adelantados Miembros (ADPIC 66). prácticas anticompetitivas, véase prácticas anticompetitivas (ADPIC). , procedimientos justos y equitativos (ADPIC 42), véase derechos de propiedad intelectual, procedimientos de observancia (ADPIC), procedimientos justos y equitativos (ADPIC 42). recursos, véase recursos (ADPIC). reservas (ADPIC 72) solución de diferencias, véase consultas y solución de diferencias (ADPIC 64), solución de diferencias (ADPIC 64). vinos y bebidas espirituosas, protección para impedir la utilización de una indicación geográfica que no se refiera al verdadero lugar de origen del producto (ADPIC 23), véase vinos y bebidas espirituosas, protección para impedir la utilización de una indicación geográfica que no se refiera al verdadero lugar de origen del producto (ADPIC 23). Acuerdo sobre ADPIC, definiciones indicaciones geográficas (ADPIC 22.1) mercancías de marca de fábrica o de comercio falsificadas (ADPIC 51) mercancías pirata que lesionan el derecho de autor (ADPIC 51) nacionales (ADPIC 1.3) propiedad intelectual (ADPIC 1.2) protección del derecho de autor (ADPIC 9.2) titular del derecho Acuerdo sobre ADPIC, examen y modificación (ADPIC 71) aplicación (ADPIC 71.1) factores pertinentes, nuevos acontecimientos enmiendas de acuerdos abarcados que no sean el Acuerdo sobre ADPIC (OMC X,6) modificaciones que sirvan para ajustarse a niveles más elevados de protección (ADPIC 71.2) Acuerdo sobre ADPIC, limitaciones y excepciones (ADPIC 13) aplicación a derechos exclusivos, necesidad de Acuerdo sobre ADPIC, objetivos (ADPIC 7) equilibrio de derechos y obligaciones Acuerdo sobre ADPIC, objeto, propósito, principios y alcance (Preámbulo) aplicación de los principios básicos del GATT y de los acuerdos o convenios internacionales (Preámbulo (a)) derechos de propiedad intelectual como derechos privados disposiciones transitorias encaminadas a conseguir la más plena participación en los resultados de las negociaciones (Preámbulo (e)) eliminación del comercio internacional de mercancías que infrinjan los derechos de propiedad intelectual (ADPIC 69) normas y principios adecuados (Preámbulo (b)) objetivos de política pública, reconocimiento (Preámbulo) países menos adelantados Miembros, reconocimiento de necesidades especiales provisión de medios eficaces y apropiados para hacer respetar los derechos de propiedad intelectual (Preámbulo (c)) provisión de procedimientos eficaces y ágiles para la prevención y solución de las diferencias (Preámbulo (d)) Acuerdo sobre ADPIC, principios (ADPIC 8) medidas necesarias para proteger la salud pública y la nutrición (ADPIC 8.1) medidas para prevenir abuso de los derechos de propiedad intelectual por sus titulares (ADPIC 8.2) prácticas en detrimento de la transferencia internacional de tecnología (ADPIC 8.2) prácticas que limiten de manera injustificable el comercio (ADPIC 8.2) medidas para promover el interés público en sectores de importancia vital (ADPIC 8.1) Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) adhesión (ACP XXIV,2), Decisión Ministerial sobre la aplicabilidad cláusula de no aplicación (ACP XXIV,11) especificaciones de compra establecidas por instituciones gubernamentales (OTC 1.4) Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles Acuerdo sobre Inspección Previa a la Expedición, véase Acuerdo sobre IPE Acuerdo sobre IPE aplicabilidad y definiciones actividades de inspección previa a la expedición (IPE 1.3) entidad de inspección previa a la expedición (IPE 1.4) Miembro usuario (IPE 1.2) norma internacional (IPE 2.4) consultas y solución de diferencias, véase consultas y solución de diferencias (IPE), grupo especial (IPE). examen (llevado a cabo por la Conferencia Ministerial) (IPE 6) inspección en el territorio de los Miembros (IPE 1.1) actividades contratadas o prescriptas por el gobierno o un órgano gubernamental inspección realizada por entidades de otros Miembros (IPE 1.4) Miembros exportadores, limitación a (Preámbulo del IPE) notificación (IPE 5), requisitos objetivos (IPE, Preámbulo) aportar una mayor liberalización y expansión del comercio mundial evitar demoras y obstáculos innecesarios incrementar la capacidad de respuesta del sistema del GATT marco internacional de derechos y obligaciones solución de diferencias, disposición sobre la transparencia entidades de inspección previa a la expedición reglamentos relativos a la inspección previa a la expedición obligaciones (general) conformidad de las leyes y reglamentos con el Acuerdo sobre IPE (IPE 9.2) medidas de aplicación (IPE 9.1) obligaciones (general), véase también Acuerdo sobre IPE, obligaciones de los Miembros exportadores (IPE 3), Acuerdo sobre IPE, obligaciones de los Miembros usuarios (IPE 2). países en desarrollo Miembros, y (IPE, Preámbulo) procedimientos de examen independiente, véase consultas y solución de diferencias (IPE). Acuerdo sobre IPE, obligaciones de los Miembros exportadores (IPE 3) asistencia técnica (IPE 3.3) cumplimiento de los reglamentos de importación de los Miembros usuarios (IPE 2.6) no discriminación, y (IPE 3.1) publicación prontamente de todas las leyes y reglamentos aplicables en relación con las actividades de inspección previa a la expedición (IPE 3.2) Acuerdo sobre IPE, obligaciones de los Miembros usuarios (IPE 2) aplicabilidad y definiciones, Miembro usuario (IPE 1.2) conflictos de intereses, obligación de mantener procedimientos para evitar (IPE 2.14) con dependencias de las entidades de inspección previa a la expedición no encargadas de actividades de inspección previa a la expedición (IPE 2.14(c)) entre entidades de inspección previa a la expedición y cualesquiera otras entidades (IPE 2.14(b)) entre entidades de inspección previa a la expedición y entidades que no sean organismos gubernamentales que contraten o prescriban inspecciones (IPE 2.14(b)) entre entidades de inspección previa a la expedición y entidades vinculadas a las entidades de inspección previa a la expedición (IPE 2.14(a)) información comercial confidencial (IPE 2.9-13) y de manera uniforme, obligación de realizar la inspección (IPE 2.1) demoras, evitar (IPE 2.15-19) demoras en el pago (IPE 2.18) error de escritura, corrección lo más rápidamente posible (IPE 2.19) fuerza mayor, y (IPE 2.15) inspección en la fecha convenida, obligación (IPE 2.15) modificación de común acuerdo (IPE 2.15) nueva inspección lo más pronto posible en una fecha conveniente para ambas partes (IPE 2.16) plazos para emitir un Informe de Verificación Sin Objeciones o una explicación por escrito de las razones por las que no se emite el documento (IPE 2.16) verificación preliminar de los precios y del tipo de cambio de la moneda (IPE 2.17) excepción (IPE 2.22) información comercial confidencial, véase información comercial confidencial (IPE 2.9-13). información, obligación de suministrar (IPE 2.6) de manera conveniente (IPE 2.7) disposiciones de procedimiento adicionales o modificaciones de los procedimientos existentes entidades de inspección previa a la expedición como puntos de información (IPE 2.7) información propiamente dicha cuando sea solicitada lista de toda la información necesaria para cumplir Miembro usuario (IPE 1.2) no discriminación, y (IPE 2.1) normas (IPE 2.4) de conformidad con las determinadas en el contrato de compra normas internacionales procedimientos adicionales o modificaciones de los requisitos (IPE 2.6) aplicabilidad notificar al exportador en el momento de establecer la fecha de la inspección, obligación de procedimientos de recurso, obligación de establecer (IPE 2.21), véase también consultas y solución de diferencias (IPE). derecho a un examen independiente, y (IPE 4) procedimientos y criterios objetivos, necesidad de (IPE 2.1) publicación prontamente de todas las leyes y reglamentos aplicables en relación con las actividades de inspección (IPE 2.8) territorio aduanero como lugar de inspección (IPE 2.3), en el que se fabrican las mercancías, si las partes convinieran en ello territorio aduanero como lugar de inspección, desde el cual se exportan las mercancías, preferencia por (IPE 2.3) transparencia (IPE 2.5-8), véase también Acuerdo sobre IPE, obligaciones de los Miembros usuarios (IPE 2), información, obligación de suministrar. trato nacional, disposición sobre discriminación en lo concerniente a los reglamentos (GATT III,4), aplicabilidad (IPE 2.2) verificación de precios (IPE 2.20) comparación de precios (IPE 2.20 (b)) factores excluidos (IPE 2.20 (e)) gastos de transporte (IPE 2.20(d)) precio contractual, rechazo (IPE 2.20(a)) tener debidamente en cuenta/factores de ajuste (IPE 2.20(c)) valoración en aduana, función de las entidades de inspección previa a la expedición Acuerdo sobre la Agricultura (AG) Acuerdo alcanzado en el Balance a Mitad de Período, compromisos en materia de ayuda interna en países en desarrollo (AG 6.2) Acuerdo sobre SMC, y, véase subvención, definición (SMC 1), subvenciones, prohibidas (SMC, Parte II), supeditadas a los resultados de exportación (SMC 3.1(a) y lista ilustrativa (punto (a))). compromisos en materia de competencia relacionada con la exportación (AG 8) consultas sobre prohibiciones y restricciones a la exportación permitidas (AG 12.1(b)) consultas y solución de diferencias (AG 19), aplicabilidad de GATT XXII y XXIII definiciones (AG 1). año (AG 1(i)) compensatorios (AG 13.1(a)) concesiones sobre acceso a los mercados (AG 1(g)) desembolsos presupuestarios (AG 1(c)) MGA, véase Medida Global de la Ayuda (MGA) (AG 1(a)/Anexo 3) período de aplicación (AG 1(f)) producto agropecuario de base (AG 1(b)) productos agropecuarios (AG 2/Anexo 1) subvenciones a la exportación (AG 1(e)) examen de la aplicación de los compromisos (AG 18) celebración de consultas anuales (AG 18.5) efecto de las tasas de inflación, obligación de tomar debidamente en consideración el (AG 18.4) notificación por otro Miembro (AG 18.7) oportunidad de plantear cuestiones relativas a la aplicación de compromisos (AG 18.6) requisitos de notificación (AG 18.2) GATT de 1994 y (AG 21.1) listas de compromisos, véase Listas de Concesiones (Parte IV, compromisos de limitación de subvenciones a productos agropecuarios). medidas específicas contra el dumping (AD 18.1), véase medidas específicas contra el dumping (AD 18.1) o contra una subvención (SMC 32.1). notificar nuevas medidas o modificación de una medida existente, obligación de (AG 18.3) objeto y propósito (Preámbulo). corrección y prevención de distorsiones Declaración de Punta del Este y diversificación que permita abandonar los cultivos de los que se obtienen estupefacientes ilícitos (AG Preámbulo) sistema de comercio agropecuario equitativo y orientado al mercado continuación del proceso de reforma y (AG 20) período de aplicación (AG 1(f)) disposiciones en materia de debida moderación (AG 13) proceso de reforma, obligación de proseguir el (AG 20) aplicación equitativa, obligación de (Preámbulo AG) efectos de los compromisos de reducción en el comercio mundial de productos agropecuarios (AG 20 (b)) experiencia adquirida en la aplicación de los compromisos de reducción (AG 20(a)) intereses no comerciales (Preámbulo AG y AG 20(c)) posibles compromisos nuevos (AG 20(d)) preocupaciones no comerciales (Preámbulo AG y AG 20(c)) medidas de salvaguardia especial, posibilidad de introducir (AG 9) trato especial y diferenciado (AG 20(c)) productos comprendidos (AG 2/Anexo 1) Acuerdo sobre la Agricultura (AG) véase también acceso a los mercados (AG 4), Comité de Agricultura, compromisos en materia de ayuda interna (AG 6), costos de comercialización de las exportaciones (AG 9.1 (d)), debida moderación durante el período de aplicación (AG 13), disposiciones de salvaguardia especial (AG 5), examen de revisión por extinción (AD 11.3), examen de revisión por extinción (SMC 21.3), Medida Global de la Ayuda (MGA) (AG 1(a)/Anexo 3), prohibiciones y restricciones a la exportación de conformidad con el GATT XI 2(a) (AG 12), subvención a la exportación prohibida (AG 3.3), subvenciones a la exportación (AG 1(e)/AG 9.1). Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, véase Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Comité de MSF), Acuerdo sobre MSF. Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, administración (MSF 12), véase Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Comité MSF). Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, aplicabilidad (MSF 1) acuerdo de los Miembros de poner en vigor el (AG 14) Acuerdo sobre OTC, aplicabilidad al (OTC 1.5/MSF 1.4) anexos como parte integrante de los acuerdos (MSF 1.3) GATT XX(b), pertinencia Preámbulo del Acuerdo sobre la Aplicación de MSF medida fitosanitaria que afecta al comercio internacional (MSF, Preámbulo) países en desarrollo Miembros y países menos adelantados Miembros, derecho a diferir la aplicación (MSF 14) productos abarcados por el AG, y (AG Anexo 1, párr. 2) Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, aplicación (MSF 13) medidas aplicadas por instituciones que no sean del gobierno central (MSF 13) obligaciones de los Miembros elaboración y aplicación de medidas y mecanismos positivos medidas razonables para asegurar el cumplimiento por parte de entidades no gubernamentales observación de las obligaciones Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, armonización de medidas (MSF 3) medidas basadas en normas internacionales (MSF 3.1) medidas en conformidad con normas internacionales (MSF 3.2) medidas que representen un nivel de protección más elevado (MSF 3.3) interrelación con los artículos MSF 3.1 y 3.3 si existe una justificación científica requisitos a los efectos de (MSF 3.3) objeto y propósito (MSF, Preámbulo) Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, consultas y solución de diferencias (MSF 11), véase consultas y solución de diferencias (MSF 11). Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, definiciones (Anexo A) armonización (párr. 2) evaluación del riesgo (Anexo A, párr. 4), véase Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, evaluar los riesgos, obligación de (MSF 5.1-5.3 y Anexo A, párr. 4). evaluación del riesgo (párr.4) medida sanitaria o fitosanitaria (párr. 1) nivel adecuado de protección sanitaria o fitosanitaria (párr. 5) normas, directrices y recomendaciones internacionales (párr. 3) zona de escasa prevalencia de plagas o enfermedades (párr. 7) Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, derechos y obligaciones básicos (MSF 2) como equilibrio entre la promoción del comercio internacional y la protección de la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales (MSF 2.2) requisitos de notificación en caso de urgencia (OTC 2.10) solo en la medida de lo necesario, medidas restrictivas del comercio, exclusión (MSF 5.4-6), y como equilibrio entre la promoción del comercio internacional y la protección de la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales (MSF 2.2), véase también Excepciones Generales (GATT XX), medidas relativas a la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales (GATT XX(b)). , derecho a adoptar medidas de protección compatibles con las disposiciones del Acuerdo sobre la Aplicación de MSF (MSF 2.1) restricción encubierta del comercio internacional, exclusión (MSF 2.3) discriminación arbitraria o injustificable, exclusión (MSF 2.3) nivel adecuado de protección, y (MSF 5.5) Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, equivalencia (MSF 4) carga de la prueba (demuestra objetivamente) (MSF 4.1) acceso para inspecciones, pruebas y demás procedimientos pertinentes consultas sobre la negociación de acuerdos bilaterales y multilaterales, obligación de entablar (MSF 4.2) examen de equivalencia (MSF 4.1) países en desarrollo Miembros, reconocimiento de dificultades especiales (MSF, Preámbulo) Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, evaluar los riesgos, obligación de (MSF 5.1-5.3 y Anexo A, párr. 4) condiciones ecológicas y ambientales distinciones arbitrarias o injustificables, obligación de evitar (MSF 5.5) equilibrio con intereses relativos a MSF (MSF 5.1) evaluación del riesgo (Anexo A, párr. 4) factores pertinentes (MSF 5.2) prevalencia de enfermedades o plagas concretas procesos y métodos de producción regímenes de cuarentena y otros testimonios científicos disponibles zona de escasa prevalencia de plagas o enfermedades, definición (MSF, Anexo A, párr. 7) zona libre de plagas o enfermedades, definición (MSF, Anexo A, párr. 6) zonas libres de plagas o enfermedades (MSF 5.2) zonas libres de plagas o enfermedades (MSF 6.2) justificación científica (MSF 3.3) medida que restringe o puede restringir las exportaciones (MSF 5.8) explicación de los motivos, derecho de pedir una no…basada en normas, directrices o recomendaciones internacionales medidas se basen en, necesidad de que las (MSF 5.1) equilibrio entre medida y riesgo, necesidad de que exista (MSF 5.3) factores económicos pertinentes (MSF 5.3) metodología (MSF 5.1), técnicas elaboradas por las organizaciones internacionales competentes reducir al mínimo de los efectos negativos sobre el comercio, obligación de (MSF 5.4) testimonios científicos suficientes (MSF 2.2) Acuerdo sobre la aplicación de MSF, nivel adecuado de protección (MSF 5.5-5.6) adaptación a las condiciones regionales (MSF 6) zonas libres de plagas o enfermedades (MSF 6.2) carga de la prueba (MSF 6.3) coherencia en la aplicación (MSF 5.5) directrices que fomenten la aplicación práctica del artículo 5.5, obligación de colaborar en el desarrollo de (MSF 5.5) discriminación o restricción encubierta del comercio internacional que resulta de una distinción distinciones arbitrarias o injustificables, exclusión definición (MSF, Anexo A, párr. 5) medidas que no entrañen un grado de restricción del comercio mayor del requerido para lograr su nivel adecuado de protección (MSF 5.6) teniendo en cuenta su viabilidad técnica y económica requisitos (MSF 5.6) Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, normas, directrices y recomendaciones internacionales (MSF, Preámbulo) definición (MSF, Anexo A, párr.3) elaboradas por las organizaciones internacionales competentes fomentar la utilización (MSF 12.2) lista, establecimiento por parte del Comité de MSF (MSF 12.4) obligación de participar plenamente (MSF 3.4) posibilidad incumplimiento o inexistencia (MSF 5.8) vigilancia por parte del Comité de MSF (MSF 12.4) Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, procedimientos de control, inspección y aprobación (MSF 5.8/Anexo C) confidencialidad (Anexo C, párr. 1(d)) control en la etapa de producción (Anexo C, párr. 2) criterios en cuanto al emplazamiento de las instalaciones y la selección de muestras (Anexo C, párr.1(g)) definición (Anexo C) derechos (Anexo C, párr. 1(f)) examen de las reclamaciones (Anexo C, párr. 1(i)) igualdad de tratamiento para los productos importados y productos nacionales similares (Anexo C, párr. 1(a)) información exigida, limitación (Anexo C, párr. 1(c)) inspección dentro de su territorio (Anexo C, párr. 3) norma internacional como base provisional del acceso (Anexo C, párr. 1) obligación de observar las disposiciones del Anexo C período de tramitación (Anexo C, párr.1(b)) producto modificado tras su control e inspección (Anexo C, párr. 1(h)) requisitos razonables y necesarios, limitación (Anexo C, párr. 1(e)) ultimar sin demoras indebidas (Anexo C, párr. 1(a)) Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, testimonios científicos suficientes, necesidad de (MSF 2.2) adopción provisional de medidas (MSF 5.7) información pertinente de que disponga obligación de intentar obtener la información adicional necesaria para una evaluación más objetiva del riesgo adopción provisional de medidas en caso de insuficiencia de testimonios científicos (MSF 5.7) principio precautorio (MSF 5.7) Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, testimonios científicos suficientes, necesidad de (MSF 2.2), véase también Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, armonización de medidas, (MSF 3), Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, evaluar los riesgos, obligación de (MSF 5.1), información o asesoramiento técnico, derecho del grupo especial de solicitar (MSF 11.2). Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, trato especial y diferenciado (MSF 10), véase trato especial y diferenciado para los países en desarrollo Miembros y para los países menos adelantados Miembros (MSF 10). Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, véase también Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Comité MSF). Acuerdo sobre la OMC aceptación (OMC XIV) Acta Final (AF 4) igualdad de derechos al adherirse de conformidad con lo dispuesto en OMC XII participantes que no sean partes contratantes del GATT de1947 (AF 5) plazo para (OMC XIV, 1) reunir las condiciones para ser Miembros iniciales, y (OMC XIV,1) adhesión (OMC XII) Acuerdos Comerciales Plurilaterales (OMC XII, 3) derecho a (OMC XII, 1) procedimiento de adopción de decisiones (OMC XII, 2) como parte integrante del Acta Final (AF 1) conflicto entre los acuerdos abarcados que forman parte integrante, prevalencia (OMC XVI, 3) nota interpretativa general al Anexo IA del Acuedo sobre la OMC denuncia (OMC XV, 1) enmiendas que alteren los derechos y obligaciones de los Miembros (OMC X, 3) enmiendas que no alteren los derechos y obligaciones de los Miembros (OMC X, 5) no aceptación de las enmiendas de acuerdos abarcados. notificación escrita, necesidad de depósito antes del 1o de enero de 1995 (OMC XIV, 3) después del 1o de enero de 1995 (OMC XIV, 3) enmiendas, véase enmienda de los acuerdos abarcados (OMC X). entrada en vigor (OMC XIV, 1) Acta Final (AF 3) fecha prevista de, Declaración de Marrakech (DEC MAR 6) obligaciones antes de (DEC MAR 2) GATT de 1947, continuidad con, véase decisiones, procedimientos y prácticas consuetudinarias conforme al GATT de 1947 (OMC XVI,1), GATT de 1947 (enmiendas incluidas), continuidad de la OMC con. idiomas auténticos (OMC XVI, 6) no aplicación de Acuerdos Comerciales Plurilaterales (OMC XIII, 5) no aplicación de los Acuerdos Comerciales Multilaterales entre Miembros (OMC XIII) entre Miembros iniciales que hayan sido partes contratantes del GATT de 1947 (OMC XIII, 2) examinar la aplicación (OMC XIII, 4) que se hayan adherido al amparo del artículo OMC XII (OMC XIII, 3) notificaciones de aceptación (OMC XIV, 3) antes del 1o de enero de 1995 (OMC XIV, 1) después del 1o de enero de 1995 (OMC XIV, 3) objetivos (OMC, Preámbulo) creación de un sistema equitativo y orientado al mercado a través de un programa de reformas fundamentales, Declaración de Marrakech (DEC MAR 2) fortalecimiento de la economía mundial (OMC, Preámbulo), Declaración de Marrakech (DEC MAR 1) sistema multilateral de comercio integrado obligación de ratificación Acta Final (AF 2) Declaración de Marrakech (DEC MAR 6) obligaciones de los Miembros aplicación por parte de los Miembros que acepten el Acuerdo sobre la OMC con posterioridad a su entrada en vigor (OMC XIV, 2) aportar sin demora la parte que le corresponda en los gastos (OMC VII, 4) asegurar la conformidad de leyes, reglamentos y procedimientos administrativos (OMC XVI, 4) conferir a la OMC los privilegios e inmunidades necesarios para el ejercicio de sus funciones (OMC VIII, 2) conferir a los funcionarios de la OMC y a los representantes de los Miembros los privilegios e inmunidades para el ejercicio de sus funciones (OMC VIII, 3) conferir la capacidad jurídica para el ejercicio de sus funciones (OMC VIII, 1) respetar el carácter internacional del Director General y de la Secretaría (OMC VI, 4) partes integrantes (OMC II, 2) Acuerdos Comerciales Plurilaterales (OMC II, 3) Preámbulo, pertinencia jurídica, intereses de los países en desarrollo Miembros, véase países en desarrollo Miembros, Preámbulo del Acuerdo sobre la OMC, y. registro (OMC XVI, 6) reservas (OMC XVI, 5) Acuerdo sobre las Medidas en Materia de Inversiones relacionadas con el Comercio (MIC) véase Acuerdo MIC. Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), administración de las restricciones (ATV 4), véase restricciones cuantitativas aplicadas de conformidad con el artículo ATV 2 o ATV 6, administración (ATV 4). Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), aplicabilidad derechos y obligaciones en virtud de las disposiciones del Acuerdo sobre la OMC y de los Acuerdos Comerciales Multilaterales, efecto sobre (ATV 1.6) disposiciones para facilitar la integración (ATV 1.5) miembros exportadores productores de algodón (ATV 1.4) no aceptación de Protocolos de prórroga del AMF, y países menos adelantados Miembros, trato especial pequeños abastecedores y nuevos exportadores (ATV 1.2) productos comprendidos (Anexo), códigos del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) (Anexo, párr. 1) productos designados (ATV 1.7) restricciones cuantitativas mantenidas entre las partes contratantes del GATT de 1947 (ATV 2.1) Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), aplicación examen llevado a cabo por el Consejo del Comercio de Mercancías (ATV 8.11) informe completo elevado por el OST (ATV 8.11) recomendaciones oportunas, inclusión Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), elusión de contingentes (ATV 5) actos necesarios para impedir/investigar (ATV 5.3) disposiciones legales o administrativas contra las prácticas de elusión en conformidad con sus leyes y procedimientos nacionales colaboración para establecer los hechos pertinentes (ATV 5.3) en conformidad con sus leyes y procedimientos internos colaboración para resolver los problemas resultantes de (ATV 5.1) en conformidad con sus leyes y procedimientos internos como frustración de los objetivos del ATV/proceso de integración declaración falsa (ATV 5.6) como frustración de los objetivos del ATV errores por inadvertencia/ajustes técnicos en conformidad con sus leyes y procedimientos internos disposiciones legales y/o procedimientos administrativos para prevenir, obligación de establecer (ATV 5.1) disposiciones luego de la investigación para resolver el problema (ATV 5.4) disposiciones oportunas, en la medida necesaria acordar, mediante consultas, otras soluciones notificación de la solución mutuamente satisfactoria al OST para que éste haga recomendaciones entablar consultas en caso de. elusión identificada (ATV 5.4) someter la cuestión al OST en caso de no llegar a una solución mutuamente satisfactoria someter la cuestión al OST en caso de no llegar a una solución mutuamente satisfactoria supuesta inadecuación de las medidas administrativas aplicadas para tratar una declaración falsa (ATV 5.6) someter la cuestión al OST en caso de no llegar a una solución mutuamente satisfactoria supuesta inadecuación de las medidas preventivas (ATV 5.2) tránsito, posibilidad de ejercer control sobre los envíos (ATV 5.5) Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), integración al GATT como objeto y propósito (Preámbulo) equilibrio de derechos y obligaciones dimanantes del ATV, protección extinción del ATV (ATV 9) fecha de extinción (ATV 9) frustración del proceso de integración medidas necesarias para respetar las normas y disciplinas del GATT de 1994 (ATV 7). acceso a los mercados, y (ATV 7.1(a)) condiciones de comercio leal y equitativo (ATV 7.1(b)) derechos y obligaciones en virtud del GATT de 1994, efecto sobre los no discriminación, y (ATV 7.1(c)) procedimientos de solución de diferencias, y (ATV 8.12) supuesta falta de adopción, derecho a someter la cuestión a los órganos pertinentes (ATV 7.3) notificación de las medidas a que se refiere el artículo ATV 7.1 (ATV 7.2) en caso de notificación a otros órganos de la OMC prórroga del ATV, exclusión (ATV 9) salvaguardias de transición, y (ATV 6) Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), restricciones cuantitativas, véase restricciones cuantitativas (ATV 2) (proceso de integración), restricciones cuantitativas no comprendidas en el ámbito de las disposiciones del artículo ATV 2 (ATV 3), restricciones cuantitativas aplicadas de conformidad con el artículo ATV 2 o ATV 6, administración (ATV 4). Acuerdo sobre las Medidas en Materia de Inversiones Relacionadas con el Comercio (MIC) aplicabilidad, MIC, limitación (MIC 1) celebración de consultas sobre cualquier cuestión derivada del Acuerdo sobre MIC, obligación de brindar oportunidades para (MIC 6.3) como aplicación de lo previsto en la Declaración de Punta del Este (Preámbulo) consultas y solución de diferencias (MIC 8) excepciones amparadas en el GATT de 1994, aplicabilidad (MIC 3) modificaciones (MIC 9) objetivos (Preámbulo) evitar cualquier tipo de efectos que restrinjan o distorsionen el comercio expansión y liberalización del comercio mundial obligación de revelar (MIC 6.3) países en desarrollo Miembros, véase países en desarrollo Miembros (MIC). países menos adelantados Miembros, y (Preámbulo) política en materia de inversiones y competencia, posibilidad de establecer disposiciones relativas a (MIC 9) requisitos de notificación (MIC 5.1) MIC aplicadas en ejercicio de facultades discrecionales (MIC 5.1) notificación de aplicación de una MIC notificada a una nueva inversión (MIC 5.5) notificación de MIC que no estén en conformidad con las disposiciones del Acuerdo publicaciones en que figuren las MIC (MIC 6) restricciones cuantitativas (GATT XI, y) (MIC 2.2) transparencia (MIC 6) celebración de consultas sobre cualquier cuestión derivada del Acuerdo sobre MIC, obligación de brindar oportunidades para (MIC 6.3) notificación de publicaciones en que figuren las MIC (MIC 6.2) obligación de revelar (MIC 6.3) obligaciones sobre transparencia y notificación (GATT X), compromiso de cumplir con (MIC 6.1) trato nacional (GATT III, 4), y (MIC 2) Lista Ilustrativa (MIC 2.2) Acuerdo sobre Normas de Origen (NO), véase también Comité de Normas de Origen (NO 4.1), Normas de Origen, Comité Técnico de (NO 4.2 y Anexo 1) aplicabilidad (NO 1.2) armonización, véase normas de origen, armonización de las (NO). clasificación arancelaria, solución de diferencias relativas a la (NO 9.4) definiciones (NO 1.1) disciplinas (período de transición) (NO 2) administración de las normas de manera coherente, uniforme, imparcial y razonable (Preámbulo y NO 2(e)) confidencialidad de la información (NO 2(k)) publicación de dictámenes del origen (NO 2(h)) criterio positivo/negativo (NO 2(f)) decisiones administrativas de aplicación general, definición clara de los requisitos (NO 2(a)) dictamen del origen a petición de (NO 2(h)) decisión contraria al proceder a una revisión de las previstas en NO 2(j), y efectos de restricción, distorsión o perturbación del comercio internacional, exclusión (NO 2(c)) irretroactividad (NO 2(i)) no discriminación (NO 2(d)) objetivos comerciales, exclusión como instrumento de (NO 2(b)) publicación según las disposiciones del artículo GATT X,1 (NO 2(g)) revisión judicial, arbitral o administrativa (NO 2(j)) disciplinas después del período de transición (NO 3) administración de las normas de manera coherente, uniforme, imparcial y razonable (Preámbulo y NO 3(d)) aplicación por igual (NO 3(a)) confidencialidad de la información (NO 3(i)) dictamen del origen a petición de (NO 3(f)) decisión contraria al proceder a una revisión de las previstas en el artículo NO 3(h) irretroactividad (NO 3(g)) no discriminación (NO 3(c)) objetivo de armonización, y (Preámbulo, NO 3 y NO 9.1) país de origen (NO 3(b)) país en el que se haya efectuado la última transformación sustancial país en el que se haya obtenido totalmente el producto publicación según las disposiciones del artículo GATT X,1 (NO 3(e)) revisión judicial, arbitral o administrativa (NO 3(h)) revisión (NO 3(h)) examen de la aplicación y funcionamiento (NO 6) aspectos técnicos de las Partes II y III, exámenes anuales sobre los (NO Anexo 1, párr (d)) aspectos técnicos, informes periódicos sobre los (NO Anexo I, párr 1 (c)) normas de origen preferenciales, Declaración Común acerca de las (NO Anexo II) normas de origen preferenciales (párr. 2) requisitos confidencialidad de la información (párr. 3 (g)) criterio positivo (párr. 3(b)) definición clara de criterios (párr.3(a)) dictamen del origen a petición de (párr. 3 (d)) irretroactividad (párr. 3(e)) notificación (párr. 4) publicación según las disposiciones del artículo GATT X,1 (párr 3(c)) revisión judicial, arbitral o administrativa (párr. 3(f)) notificación de las normas de origen, decisiones judiciales y disposiciones administrativas (NO 5) distribución de la información recibida (NO 5.1) en vigor al 1º de enero de 1995 (NO 5.1) modificaciones de normas/ normas nuevas (NO 5.2) omisión por inadvertencia (NO 5.1) notificación de normas de origen, decisiones judiciales y disposiciones administrativas (NO Anexo II, párr, 4) — distribución de la información recibida — modificaciones de normas/ normas nuevas objetivos (Preámbulo de Acuerdo sobre NO) aportar una mayor liberalización y expansión del comercio mundial armonizar y clarificar las normas de origen evitar obstáculos innecesarios incrementar la capacidad de respuesta del sistema del GATT mecanismo consultivo y procedimientos para la solución de diferencias, véase también consultas y solución de diferencias (NO). promover la realización de los objetivos del GATT procedimientos de consulta y solución de diferencias, véase consultas y solución de diferencias (NO). Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC), véase también Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio aplicabilidad anexos como parte integrante del Acuerdo (OTC 15.5) especificaciones de compra establecidas por instituciones gubernamentales, exclusión (OTC 1.4) medidas sanitarias y fitosanitarias, exclusión (OTC 1.5) todos los productos, comprendidos los industriales y los agropecuarios (OTC 1.3) asistencia técnica (OTC 12), véase trato especial y diferenciado para los países en desarrollo Miembros (OTC 12). consultas y solución de diferencias, véase consultas y solución de diferencias (OTC 14) evaluación de los riesgos, factores pertinentes (OTC 2.2) excepciones relativas a la seguridad, véase excepciones relativas a la seguridad (OTC). medio ambiente, protección del, como objetivo legítimo (OTC 2.2) modificación, formulación de propuestas de (OTC 15.4) no discriminación, y (Preámbulo OTC) objetivos legítimos (OTC 2.2), véase objetivos legítimos (OTC 2.2). países en desarrollo Miembros y, véase trato especial y diferenciado para los países en desarrollo Miembros (OTC 12). reglamento técnico en casos en que no exista una norma internacional o no esté en conformidad con la misma, requisitos (OTC 2.9), véase reglamentos técnicos (Acuerdo sobre OTC), procedimientos de notificación (OTC 2.9). requisitos de publicación idioma del Miembro, limitación (OTC 10.8.1) procedimientos adoptados (OTC 5.8) o se pongan de otra manera a disposición países en desarrollo Miembros, y plazo prudencial para la adaptación (OTC 5.9) reglamentos/entrada en vigor (OTC 2.11) o se pongan de otra manera a disposición países en desarrollo Miembros, y plazo prudencial para la adaptación (OTC 2.12) reservas (OTC 15) servicios de información, véase servicios de información (OTC 10). terminología definiciones adoptadas dentro del sistema de la ONU (OTC 1.1) teniendo en cuenta el objeto y fin del Acuerdo sobre OTC OTC, Anexo 1 (OTC 1.2) reglamentos técnicos, normas y procedimientos de evaluación de la conformidad (OTC 1.6) trato nacional (OTC 2.1) Acuerdo sobre Procedimientos para el Trámite de Licencias de Importación (LIC), véase también Comité de Licencias de Importación (LIC 4). aplicabilidad y definiciones. gobiernos (LIC 1.4 (a)) trámite de licencias automáticas de importación (LIC 2.1) trámite de licencias de importación (LIC 1.1) trámite de licencias no automáticas de importación (LIC 3.1) cargas administrativas, evitar las (Preámbulo y LIC 3.2) confidencialidad, respeto de la (LIC 1.11). protección de los intereses comerciales y conformidad de las leyes, reglamentos y procedimientos administrativos con el Acuerdo sobre el LIC (LIC 8.2 (a)) obligación de informar las modificaciones al Comité de LIC (LIC 8.2 (b)) consultas y solución de diferencias (LIC 6) divisas, disponibilidad (LIC 1.9) efectos de restricción o distorsión del comercio, evitar los (LIC 3.2) errores de documentación (LIC 1.7) examen de aplicación y funcionamiento (LIC 7). alcance (LIC 7.1) cada dos años (LIC 7.2) cuestionario anual (LIC 7.3) obligación de cumplimentar el cuestionario íntegra y prontamente (LIC 7.3) informe fáctico (LIC 7.2) excepciones o exenciones, posibilidad de solicitar (LIC 3.4) excepciones relativas a la seguridad (GATT XXI), aplicabilidad (LIC 1.10) información, derecho a obtener (LIC 1.5) neutralidad en la aplicación y administración justa y equitativa, obligación de (LIC 1.3) objetivos (Preámbulo). cargas administrativas, evitar las comercio internacional, evitar la obstaculización del (Preámbulo y LIC 1.2) disposiciones aplicables del GATT mecanismo consultivo y procedimiento para la solución de diferencias necesidades de los países en desarrollo Miembros por lo que respecta al comercio, al desarrollo y a las finanzas (Preámbulo) procedimientos y prácticas administrativas simplificación y transparencia promoción de los objetivos del GATT transparencia y previsibilidad obligaciones de notificación (LIC 1.4 y 5) establecimiento de procedimientos o modificación de los existentes (LIC 5.1) información requerida (LIC 5.2) modificación de los procedimientos existentes (LIC 5.3) plazos (LIC 5) publicación o publicaciones en que aparecerá la información requerida (LIC 5.4) supuesto incumplimiento de las obligaciones (LIC 5.5) obligaciones, conformidad de los procedimientos con las disposiciones del GATT (LIC 1.2) observaciones por escrito sobre reglas y procedimientos propuestos , derecho a formular (LIC 1.4 (b)) países en desarrollo Miembros y (Preámbulo y LIC 1.2), véase países en desarrollo Miembros (LIC). países menos adelantados Miembros (LIC 3.5 (j)) plazos. presentación de solicitudes (LIC 1.6) tramitación de solicitudes (LIC 3.5 (f)) publicación de reglas e información, véase publicación de reglas e información (LIC). requisito de conformidad con los principios y obligaciones del GATT (Preámbulo del Acuerdo sobre LIC y 1.2) requisito de transparencia y previsibilidad (Preámbulo del Acuerdo sobre LIC) reservas, consentimiento, necesidad de (LIC 8) simplicidad, necesidad de. formularios de solicitud y de renovación (LIC 1.5) procedimiento para la solicitud y la renovación (LIC 1.6) trámite de licencias automáticas de importación (LIC 2). circunstancias en las que es necesario (LIC 2.2 (b)) definición (LIC 2.1) efectos restrictivos en las importaciones, evitar los (LIC 2.2 (a)) trámite de licencias no automáticas de importación (LIC 3). contingentes administrados por medio de licencias no repartidas (LIC 3.5 (k)) importaciones de conformidad con las licencias expedidas (LIC 3.5 (h)) licencias, expedición y asignación (LIC 3.5). ajustes compensatorios (LIC 3.5 (l)) cantidades de productos que presenten un interés económico (LIC 3.5 (i)) derecho a solicitar una licencia (LIC 3.5 (e)) duración (LIC 3.5 (g)) importaciones realizadas/ utilización de licencias anteriormente obtenidas, pertinencia (LIC 3.5 (j)) nuevos importadores inclusive países en desarrollo Miembros y países menos adelantados Miembros (LIC 3.5 (j)) publicación de información relacionada con. suministro de información a Miembros interesados en el. abastecimiento del producto (LIC 3.5 (c)) comercio del producto (LIC 3.5 (a)) trámite de licencias no automáticas de importación (LIC 3.1) |