|

acceso a los mercados (AG 4)
concesiones sobre acceso a los mercados (AG 1
(g))
concesiones y compromisos (AG
4.1), aplicabilidad
medidas del tipo de las que se ha prescrito se conviertan en derechos
de aduana propiamente dichos (AG 4.2)
fecha aplicable para la aplicación de las concesiones que figuran en
la lista, y (PROT MAR 5 (a))
GATT II, 1 (b) y, véase Listas de Concesiones (GATT
II).
medidas de salvaguardia especial, y (AG
5.1)
medidas que puedan considerarse
salvo disposición en contrario en el artículo 5 y en el Anexo 5
nivel de activación para salvaguardias especiales
(AG 5.4)
países en desarrollo Miembros, moratoria de 10 años respecto del
producto esencial (párr.7)
aplicación del artículo AG 4.2 en caso de que no se mantenga el
trato especial (párr. 10)
Directrices para el cálculo de los equivalentes arancelarios
(Anexo
5, Apéndice)
continuación.
concesiones adicionales y aceptables (párr.9)
negociación sobre la cuestión (párr.8)
trato especial en relación con el artículo AG 4.2
(AG Anexo 5).
aplicabilidad (párr.1)
aplicación del artículo AG 4.2 en caso de cese/no continuación
(párr. 6)
aplicación del artículo AG 4.2 en caso de no mantenerse
(párr. 10), Directrices para el cálculo de los equivalentes arancelarios
(Anexo 5, Apéndice)
continuación.
concesiones adicionales y aceptables (párr.
4)
negociación sobre la cuestión (párr.
3)
no continuación, efecto (párr.
5)
terminación (párr.
2)
acceso a los mercados (AGCS
XVI), véase también
Servicios Financieros, Entendimiento relativo a los Compromisos en
materia de.
medidas excluidas (AGCS
XVI,2).
limitaciones
a la participación de capital extranjero (AGCS XVI,2
(f))
al número de proveedores de servicios (AGCS XVI,2
(a))
al número total de operaciones de servicios o la cuantía total de
la producción de servicios (AGCS XVI,2
(c))
al número total de personas físicas en un determinado sector de
servicios o servicio específico (AGCS XVI,2
(d))
al valor total de los activos o transacciones de servicios
(AGCS XVI,2 (b))
restricciones a los tipos de persona jurídica o empresa conjunta
para suministrar un servicio (AGCS XVI,2
(e))
trato no menos favorable que el previsto en la Lista
(AGCS XVI,1)
acción colectiva conforme al GATT de 1947 (GATT
XXV)
adopción de decisiones (GATT
XXV,4)
derecho a voto (GATT
XXV,3)
objetivos en materia de comercio y desarrollo (GATT
XXXVIII)
reuniones para asegurar la ejecución de disposiciones que requieren
(GATT XXV,1)
primera reunión (GATT
XXV,2)
acción colectiva conforme al GATT de 1947
(GATT XXXVI,1(d)/
GATT XXXVIII)
acción unilateral por parte de un Miembro, prohibición
(ESD 23.1)
acciones excluidas (ESD
23.2)
Acta Final
(AF)
aceptación y aplicación (AF
3)
aceptación, elegibilidad (AF
4)
depósito (AF 6)
obligaciones conforme a la (AF
2)
partes integrantes (AF 1)
participantes que no sean partes contratantes del GATT de 1947
(AF 5)
transición del GATT a la OMC, y (DEC MAR
6)
actividades de investigación, asistencia para
(SMC 8.2)
actividades de desarrollo precompetitivas
(SMC 8.2(a))
investigación industrial (SMC
8.2(a))
Acuerdo Antidumping (AD)
anexos como parte integrante (AD
18.7)
aplicabilidad (AD
18.3).
exámenes anteriores/posteriores a la entrada en vigor del Acuerdo
sobre la OMC
exámenes de medidas existentes
definiciones (AD
1), véase también las entradas para las definiciones
específicas de esas entradas
iniciadas (AD)
iniciadas y realizadas de conformidad con las disposiciones del
presente Acuerdo
violación de otras disposiciones antidumping por las que quede
demostrado el incumplimiento de AD 1, véase también, relaciones
dentro de los acuerdos y entre los mismos.
medida antidumping
examen de la aplicación y funcionamiento (AD
18.6)
obligaciones.
medidas contra el dumping incompatibles con el Acuerdo AD
(AD 18.1)
notificación de modificaciones.
de leyes y reglamentos (AD
18.5)
de leyes y reglamentos pertinentes (AD
18.5)
países en desarrollo Miembros, véase también
países en
desarrollo Miembros (AD 15).
Acuerdo Antidumping (AD), véase también
aviso
público de todas las determinaciones preliminares o definitivas (AD
12.2/SMC 22.3), consultas y solución de diferencias (AD
17),
determinación de la existencia de dumping (GATT VI/AD 2), duración
y examen de los derechos antidumping (AD 11), investigación antidumping
(AD 5)/subvención (SMC 11), Medidas contra la Elusión, Decisión
Ministerial sobre las, medidas provisionales (AD 7/SMC
17), rama de
producción nacional (AD 4/SMC
16), revisión judicial (AD 13/SMC
23).
Acuerdo Internacional de la Carne de Bovino, vigencia
(AICB VI)
Acuerdo Internacional de los Productos Lácteos
(AIPL),
vigencia (1997)
Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo
General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, véase
Acuerdo Antidumping (AD).
Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo
General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, véase
valoración en aduana (GATT VII y Acuerdo relativo a la Aplicación del
Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio
(VAL)).
acuerdo relativo a la sede (OMC), derecho a celebrar un
(OMC VIII,5)
Acuerdo sobre
ADPIC
adquisición y mantenimiento de los derechos de propiedad intelectual
(ADPIC 62), véase derechos de propiedad intelectual,
procedimientos y formalidades para la adquisición y mantenimiento
(ADPIC 62).
agotamiento de los derechos (ADPIC
6)
aplicación
establecer libremente el método (ADPIC
1.1)
una protección más amplia, derecho a prever (ADPIC
1.1)
consideraciones ambientales, véase medio
ambiente,
disposiciones del Acuerdo sobre ADPIC y.
convenios de propiedad intelectual, y
acuerdos concertados bajo los auspicios de la OMPI
(ADPIC 5)
Convenio de Berna (1971), véase protección del derecho de
autor (Convenio de Berna (1971) y ADPIC 9).
Convenio de París (1967), incorporación (ADPIC
2.1), véase también
marcas de fábrica o de comercio (Convenio de París (1967) (CP)).
preservación de las obligaciones existentes (ADPIC
2.2)
cooperación técnica (ADPIC
67), véase cooperación técnica
(ADPIC 67).
dibujos y modelos industriales, véase dibujos y modelos
industriales, protección (ADPIC).
disposiciones transitorias, véase disposiciones transitorias
(ADPIC).
esquemas de trazado, véase esquemas de trazado de circuitos
integrados, protección de los (ADPIC).
excepciones relativas a la seguridad, véase
excepciones
relativas a la seguridad (ADPIC 73).
excepciones, véase patentes
(ADPIC), excepciones (ADPIC 30),
excepciones relativas a la seguridad (ADPIC 73), Acuerdo sobre ADPIC,
limitaciones y excepciones (ADPIC 13), Acuerdo sobre ADPIC, principios
(ADPIC 8).
indicaciones geográficas, véase indicaciones geográficas
(ADPIC 22), vinos y bebidas
espirituosas, protección para impedir la utilización de una
indicación geográfica que no se refiera al verdadero lugar de origen
del producto (ADPIC 23).
marcas de fábrica o de comercio, véase marcas de fábrica o
de comercio (ADPIC).
materia existente, aplicabilidad a, véase
materia existente,
aplicabilidad del Acuerdo sobre ADPIC (ADPIC 70).
medidas en frontera, véase medidas en frontera/suspensión
del despacho de aduana por las autoridades aduaneras (ADPIC).
modificación, véase Acuerdo sobre ADPIC, examen y
modificación (ADPIC 71).
obligaciones de notificación, véase obligaciones y
procedimientos de notificación (ADPIC).
observancia de los derechos de propiedad intelectual, véase
derechos de propiedad intelectual, procedimientos de observancia (ADPIC).
países menos adelantados Miembros y, véase
países menos
adelantados Miembros (ADPIC 66).
prácticas anticompetitivas, véase prácticas
anticompetitivas (ADPIC). ,
procedimientos justos y equitativos (ADPIC
42), véase
derechos de propiedad intelectual, procedimientos de observancia (ADPIC),
procedimientos justos y equitativos (ADPIC
42).
recursos, véase recursos
(ADPIC).
reservas (ADPIC 72)
solución de diferencias, véase consultas y solución de
diferencias (ADPIC 64), solución de diferencias (ADPIC 64).
vinos y bebidas espirituosas, protección para impedir la
utilización de una indicación geográfica que no se refiera al
verdadero lugar de origen del producto (ADPIC
23), véase vinos y
bebidas espirituosas, protección para impedir la utilización de una
indicación geográfica que no se refiera al verdadero lugar de origen
del producto (ADPIC 23).
Acuerdo sobre ADPIC, definiciones
indicaciones geográficas (ADPIC
22.1)
mercancías de marca de fábrica o de comercio falsificadas
(ADPIC 51)
mercancías pirata que lesionan el derecho de autor
(ADPIC 51)
nacionales (ADPIC
1.3)
propiedad intelectual (ADPIC
1.2)
protección (ADPIC
3, 4)
protección del derecho de autor (ADPIC
9.2)
titular del derecho
ADPIC 36
ADPIC 42
Acuerdo sobre ADPIC, examen y modificación (ADPIC
71)
aplicación (ADPIC
71.1)
factores pertinentes, nuevos acontecimientos
enmiendas de acuerdos abarcados que no sean el Acuerdo sobre ADPIC
(OMC X,6)
modificaciones que sirvan para ajustarse a niveles más elevados de
protección (ADPIC 71.2)
Acuerdo sobre ADPIC, limitaciones y excepciones
(ADPIC 13)
explotación normal de la obra
aplicación a derechos exclusivos, necesidad de
perjuicio
Acuerdo sobre ADPIC, objetivos (ADPIC 7)
equilibrio de derechos y obligaciones
innovación intelectual
Acuerdo sobre ADPIC, objeto, propósito, principios y alcance
(Preámbulo)
aplicación de los principios básicos del GATT y de los acuerdos o
convenios internacionales (Preámbulo (a))
derechos de propiedad intelectual como derechos privados
disposiciones transitorias encaminadas a conseguir la más plena
participación en los resultados de las negociaciones (Preámbulo
(e))
eliminación del comercio internacional de mercancías que infrinjan
los derechos de propiedad intelectual (ADPIC
69)
normas y principios adecuados (Preámbulo
(b))
objetivos de política pública, reconocimiento (Preámbulo)
OMPI, relación con la
países menos adelantados Miembros, reconocimiento de necesidades
especiales
provisión de medios eficaces y apropiados para hacer respetar los
derechos de propiedad intelectual (Preámbulo
(c))
provisión de procedimientos eficaces y ágiles para la prevención y
solución de las diferencias (Preámbulo
(d))
Acuerdo sobre ADPIC, principios (ADPIC
8)
medidas necesarias para proteger la salud pública y la nutrición
(ADPIC 8.1)
medidas para prevenir
abuso de los derechos de propiedad intelectual por sus titulares
(ADPIC 8.2)
prácticas en detrimento de la transferencia internacional de
tecnología (ADPIC 8.2)
prácticas que limiten de manera injustificable el comercio
(ADPIC 8.2)
medidas para promover el interés público en sectores de importancia
vital (ADPIC 8.1)
desarrollo socioeconómico
desarrollo tecnológico
Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
adhesión (ACP
XXIV,2), Decisión Ministerial sobre la
aplicabilidad
cláusula de no aplicación (ACP
XXIV,11)
especificaciones de compra establecidas por instituciones
gubernamentales (OTC 1.4)
Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles
Acuerdo sobre Inspección Previa a la Expedición, véase
Acuerdo sobre IPE
Acuerdo sobre
IPE
aplicabilidad y definiciones
actividades de inspección previa a la expedición
(IPE 1.3)
entidad de inspección previa a la expedición (IPE
1.4)
Miembro usuario (IPE
1.2)
norma internacional (IPE 2.4)
consultas y solución de diferencias, véase consultas y
solución de diferencias (IPE), grupo especial
(IPE).
examen (llevado a cabo por la Conferencia Ministerial)
(IPE 6)
inspección en el territorio de los Miembros (IPE
1.1)
actividades contratadas o prescriptas por el gobierno o un órgano
gubernamental
inspección realizada por entidades de otros Miembros
(IPE 1.4)
Miembros exportadores, limitación a (Preámbulo del
IPE)
notificación (IPE 5), requisitos
objetivos (IPE, Preámbulo)
aportar una mayor liberalización y expansión del comercio mundial
evitar demoras y obstáculos innecesarios
incrementar la capacidad de respuesta del sistema del GATT
marco internacional de derechos y obligaciones
potenciar la función del GATT
solución de diferencias, disposición sobre la
transparencia
entidades de inspección previa a la expedición
reglamentos relativos a la inspección previa a la expedición
obligaciones (general)
conformidad de las leyes y reglamentos con el Acuerdo sobre IPE
(IPE 9.2)
medidas de aplicación (IPE
9.1)
obligaciones (general), véase también Acuerdo sobre
IPE,
obligaciones de los Miembros exportadores (IPE 3), Acuerdo sobre IPE,
obligaciones de los Miembros usuarios (IPE 2).
países en desarrollo Miembros, y (IPE,
Preámbulo)
procedimientos de examen independiente, véase
consultas y
solución de diferencias (IPE).
Acuerdo sobre IPE, obligaciones de los Miembros exportadores
(IPE 3)
asistencia técnica (IPE
3.3)
cumplimiento de los reglamentos de importación de los Miembros
usuarios (IPE 2.6)
no discriminación, y (IPE
3.1)
publicación prontamente de todas las leyes y reglamentos
aplicables en relación con las actividades de inspección previa a la
expedición (IPE 3.2)
Acuerdo sobre IPE, obligaciones de los Miembros usuarios
(IPE 2)
aplicabilidad y definiciones, Miembro usuario (IPE
1.2)
conflictos de intereses, obligación de mantener procedimientos para
evitar (IPE 2.14)
con dependencias de las entidades de inspección previa a la
expedición no encargadas de actividades de inspección previa a la
expedición (IPE 2.14(c))
entre entidades de inspección previa a la expedición y cualesquiera
otras entidades (IPE 2.14(b))
entre entidades de inspección previa a la expedición y entidades
que no sean organismos gubernamentales que contraten o prescriban
inspecciones (IPE 2.14(b))
entre entidades de inspección previa a la expedición y entidades
vinculadas a las entidades de inspección previa a la expedición (IPE 2.14(a))
información comercial confidencial (IPE
2.9-13) y
de manera uniforme, obligación de realizar la inspección
(IPE 2.1)
demoras, evitar (IPE
2.15-19)
demoras en el pago (IPE
2.18)
error de escritura, corrección lo más rápidamente posible (IPE
2.19)
fuerza mayor, y (IPE
2.15)
inspección en la fecha convenida, obligación (IPE
2.15)
modificación de común acuerdo (IPE
2.15)
nueva inspección lo más pronto posible en una fecha conveniente
para ambas partes (IPE 2.16)
plazos para emitir un Informe de Verificación Sin Objeciones o una
explicación por escrito de las razones por las que no se emite el
documento (IPE 2.16)
verificación preliminar de los precios y del tipo de cambio de la
moneda (IPE 2.17)
excepción (IPE 2.22)
información comercial confidencial, véase información
comercial confidencial (IPE 2.9-13).
información, obligación de suministrar (IPE
2.6)
de manera conveniente (IPE
2.7)
disposiciones de procedimiento adicionales o modificaciones de los
procedimientos existentes
entidades de inspección previa a la expedición como puntos de
información (IPE 2.7)
información propiamente dicha cuando sea solicitada
información requerida
lista de toda la información necesaria para cumplir
Miembro usuario (IPE
1.2)
no discriminación, y (IPE
2.1)
normas (IPE 2.4)
de conformidad con las determinadas en el contrato de compra
normas internacionales
aplicabilidad
definición
procedimientos adicionales o modificaciones de los requisitos
(IPE 2.6)
aplicabilidad
en situaciones de emergencia
notificar al exportador en el momento de establecer la fecha de la
inspección, obligación de
procedimientos de recurso, obligación de establecer
(IPE 2.21), véase
también consultas y solución de diferencias
(IPE).
derecho a un examen independiente, y (IPE
4)
procedimientos y criterios objetivos, necesidad de
(IPE 2.1)
publicación prontamente de todas las leyes y reglamentos
aplicables en relación con las actividades de inspección (IPE
2.8)
territorio aduanero como lugar de inspección (IPE
2.3), en el que se
fabrican las mercancías, si las partes convinieran en ello
territorio aduanero como lugar de inspección, desde el cual se
exportan las mercancías, preferencia por (IPE
2.3)
transparencia (IPE
2.5-8), véase también
Acuerdo sobre IPE,
obligaciones de los Miembros usuarios (IPE 2), información, obligación
de suministrar.
trato nacional, disposición sobre discriminación en lo concerniente
a los reglamentos (GATT III,4), aplicabilidad (IPE
2.2)
verificación de precios (IPE
2.20)
comparación de precios (IPE 2.20
(b))
factores excluidos (IPE 2.20
(e))
gastos de transporte (IPE
2.20(d))
precio contractual, rechazo (IPE
2.20(a))
tener debidamente en cuenta/factores de ajuste (IPE
2.20(c))
valoración en aduana, función de las entidades de inspección
previa a la expedición
Acuerdo sobre la Agricultura (AG)
Acuerdo alcanzado en el Balance a Mitad de Período, compromisos en
materia de ayuda interna en países en desarrollo (AG
6.2)
Acuerdo sobre SMC, y, véase subvención, definición (SMC
1),
subvenciones, prohibidas (SMC, Parte II), supeditadas a los
resultados de exportación (SMC 3.1(a) y
lista ilustrativa (punto (a))).
compromisos en materia de competencia relacionada con la exportación
(AG 8)
consultas sobre prohibiciones y restricciones a la exportación
permitidas (AG 12.1(b))
consultas y solución de diferencias (AG
19), aplicabilidad de GATT
XXII y XXIII
definiciones (AG
1).
año (AG
1(i))
compensatorios (AG
13.1(a))
concesiones sobre acceso a los mercados (AG
1(g))
desembolsos presupuestarios (AG
1(c))
MGA, véase Medida Global de la Ayuda (MGA) (AG 1(a)/Anexo
3)
período de aplicación (AG
1(f))
producto agropecuario de base (AG
1(b))
productos agropecuarios (AG
2/Anexo 1)
subvenciones a la exportación (AG
1(e))
examen de la aplicación de los compromisos (AG
18)
celebración de consultas anuales (AG
18.5)
efecto de las tasas de inflación, obligación de tomar debidamente
en consideración el (AG 18.4)
notificación por otro Miembro (AG
18.7)
oportunidad de plantear cuestiones relativas a la aplicación de
compromisos (AG 18.6)
requisitos de notificación (AG
18.2)
GATT de 1994 y (AG
21.1)
listas de compromisos, véase Listas de Concesiones (Parte IV,
compromisos de limitación de subvenciones a productos agropecuarios).
medidas específicas contra el dumping (AD
18.1), véase
medidas específicas contra el dumping (AD 18.1) o contra una
subvención (SMC 32.1).
notificar nuevas medidas o modificación de una medida existente,
obligación de (AG 18.3)
objeto y propósito (Preámbulo).
corrección y prevención
de distorsiones
Declaración de Punta del Este y
diversificación que permita abandonar los cultivos de los que se
obtienen estupefacientes ilícitos (AG
Preámbulo)
sistema de comercio agropecuario equitativo y orientado al mercado
continuación del proceso de reforma y (AG
20)
período de aplicación (AG
1(f))
disposiciones en materia de debida moderación (AG
13)
proceso de reforma, obligación de proseguir el (AG
20)
aplicación equitativa, obligación de (Preámbulo
AG)
factores pertinentes
efectos de los compromisos de reducción en el comercio mundial de
productos agropecuarios (AG 20 (b))
experiencia adquirida en la aplicación de los compromisos de
reducción (AG 20(a))
intereses no comerciales (Preámbulo AG y
AG 20(c))
posibles compromisos nuevos (AG
20(d))
preocupaciones no comerciales (Preámbulo AG y
AG 20(c))
medidas de salvaguardia especial, posibilidad de introducir
(AG 9)
trato especial y diferenciado (AG
20(c))
productos comprendidos (AG
2/Anexo 1)
Acuerdo sobre la Agricultura (AG) véase también
acceso a
los mercados (AG 4), Comité de
Agricultura, compromisos en materia de
ayuda interna (AG 6), costos de comercialización de las exportaciones
(AG 9.1 (d)), debida moderación durante el período de aplicación (AG
13), disposiciones de salvaguardia especial (AG
5), examen de revisión
por extinción (AD 11.3), examen de revisión por extinción (SMC
21.3), Medida Global de la Ayuda (MGA) (AG 1(a)/Anexo
3), prohibiciones y
restricciones a la exportación de conformidad con el GATT XI 2(a) (AG
12), subvención a la exportación prohibida (AG
3.3), subvenciones a la
exportación (AG 1(e)/AG 9.1).
Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias,
véase Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Comité de
MSF), Acuerdo sobre MSF.
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, administración
(MSF 12), véase
Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Comité MSF).
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, aplicabilidad (MSF
1)
acuerdo de los Miembros de poner en vigor el (AG
14)
Acuerdo sobre OTC, aplicabilidad al (OTC
1.5/MSF 1.4)
anexos como parte integrante de los acuerdos (MSF
1.3)
GATT XX(b), pertinencia
MSF 2.4
Preámbulo del Acuerdo sobre la Aplicación de
MSF
medida fitosanitaria que afecta al comercio internacional
(MSF, Preámbulo)
países en desarrollo Miembros y países menos adelantados Miembros,
derecho a diferir la aplicación (MSF
14)
productos abarcados por el AG, y (AG Anexo 1, párr.
2)
OTC 1.5
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, aplicación (MSF
13)
medidas aplicadas por instituciones que no sean del gobierno central
(MSF 13)
obligaciones de los Miembros
adopción de
medidas que tengan por efecto obligar o alentar actos incompatibles con
las disposiciones del Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, evitar la
elaboración y aplicación de medidas y mecanismos positivos
medidas razonables para asegurar el cumplimiento por parte de
entidades no gubernamentales
observación de las obligaciones
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, armonización de medidas
(MSF 3)
medidas basadas en normas internacionales (MSF
3.1)
cuando existan
medidas en conformidad con normas internacionales
(MSF 3.2)
carga de la prueba
presunción de compatibilidad
medidas que representen un nivel de protección más elevado
(MSF 3.3)
interrelación con los artículos MSF 3.1 y
3.3
si existe una justificación científica
requisitos a los efectos de (MSF
3.3)
objeto y propósito (MSF,
Preámbulo)
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, consultas y solución de
diferencias (MSF 11), véase consultas y solución de
diferencias (MSF 11).
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, definiciones
(Anexo A)
armonización (párr.
2)
evaluación del riesgo (Anexo A, párr.
4), véase
Acuerdo
sobre la Aplicación de MSF, evaluar los riesgos, obligación de (MSF
5.1-5.3 y Anexo A, párr. 4).
evaluación del riesgo (párr.4)
medida sanitaria o fitosanitaria (párr.
1)
nivel adecuado de protección sanitaria o fitosanitaria
(párr. 5)
normas, directrices y recomendaciones internacionales (párr.
3)
zona de escasa prevalencia de plagas o enfermedades
(párr. 7)
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, derechos y obligaciones básicos
(MSF 2)
como equilibrio entre la promoción del comercio internacional y la
protección de la salud y la vida de las personas y de los animales o
para preservar los vegetales (MSF
2.2)
requisitos de notificación en caso de urgencia (OTC
2.10)
solo en la medida de lo necesario, medidas restrictivas del comercio,
exclusión (MSF 5.4-6), y
como equilibrio entre la promoción del comercio internacional y la
protección de la salud y la vida de las personas y de los animales o
para preservar los vegetales (MSF
2.2), véase también
Excepciones Generales (GATT XX), medidas relativas a la salud y la vida
de las personas y de los animales o para preservar los vegetales (GATT
XX(b)). ,
derecho a adoptar medidas de protección compatibles con las
disposiciones del Acuerdo sobre la Aplicación de MSF (MSF
2.1)
restricción encubierta del comercio internacional, exclusión
(MSF 2.3)
discriminación arbitraria o injustificable, exclusión
(MSF 2.3)
MSF, Preámbulo
nivel adecuado de protección, y (MSF
5.5)
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, equivalencia
(MSF 4)
carga de la prueba (demuestra objetivamente)
(MSF 4.1)
acceso para inspecciones, pruebas y demás procedimientos pertinentes
consultas sobre la negociación de acuerdos bilaterales y
multilaterales, obligación de entablar (MSF
4.2)
examen de equivalencia (MSF
4.1)
países en desarrollo Miembros, reconocimiento de dificultades
especiales (MSF, Preámbulo)
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, evaluar los riesgos, obligación
de (MSF 5.1-5.3 y Anexo A, párr.
4)
condiciones ecológicas y ambientales
distinciones arbitrarias o injustificables, obligación de evitar
(MSF 5.5)
equilibrio con intereses relativos a MSF (MSF
5.1)
evaluación del riesgo (Anexo A, párr.
4)
factores pertinentes (MSF
5.2)
prevalencia de enfermedades o plagas concretas
procesos y métodos de producción
regímenes de cuarentena y otros
testimonios científicos disponibles
zona de escasa prevalencia de plagas o enfermedades, definición
(MSF, Anexo A, párr. 7)
zona libre de plagas o enfermedades, definición (MSF, Anexo A,
párr. 6)
zonas libres de plagas o enfermedades (MSF
5.2)
zonas libres de plagas o enfermedades (MSF
6.2)
justificación científica (MSF
3.3)
medida que restringe o puede restringir las exportaciones
(MSF 5.8)
explicación de los motivos, derecho de pedir una
no…basada en normas, directrices o recomendaciones internacionales
medidas se basen en, necesidad de que las (MSF
5.1)
adecuada a las circunstancias
equilibrio entre medida y riesgo, necesidad de que exista
(MSF 5.3)
factores económicos pertinentes (MSF
5.3)
metodología (MSF
5.1), técnicas elaboradas por las organizaciones
internacionales competentes
reducir al mínimo de los efectos negativos sobre el comercio,
obligación de (MSF 5.4)
testimonios científicos suficientes (MSF
2.2)
Acuerdo sobre la aplicación de MSF, nivel adecuado de protección
(MSF 5.5-5.6)
adaptación a las condiciones regionales (MSF
6)
factores pertinentes
zonas libres de plagas o enfermedades (MSF
6.2)
carga de la prueba (MSF
6.3)
coherencia en la aplicación (MSF
5.5)
directrices que fomenten la aplicación práctica del artículo 5.5,
obligación de colaborar en el desarrollo de (MSF
5.5)
discriminación o restricción encubierta del comercio internacional
que resulta de una distinción
distinciones arbitrarias o injustificables, exclusión
riesgos
voluntarios, y
definición (MSF, Anexo A, párr.
5)
medidas que no entrañen un grado de
restricción del comercio mayor del requerido para lograr su nivel
adecuado de protección
(MSF 5.6)
nivel adecuado, determinación
teniendo en cuenta su viabilidad técnica y económica
requisitos (MSF
5.6)
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, normas, directrices y
recomendaciones internacionales (MSF,
Preámbulo)
definición (MSF, Anexo A,
párr.3)
elaboradas por las organizaciones internacionales competentes
fomentar la utilización (MSF
12.2)
lista, establecimiento por parte del Comité de MSF
(MSF 12.4)
obligación de participar plenamente (MSF
3.4)
posibilidad incumplimiento o inexistencia (MSF
5.8)
vigilancia por parte del Comité de MSF (MSF
12.4)
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, procedimientos de control,
inspección y aprobación (MSF 5.8/Anexo
C)
confidencialidad (Anexo C, párr.
1(d))
control en la etapa de producción (Anexo C, párr.
2)
criterios en cuanto al emplazamiento de las instalaciones y la
selección de muestras (Anexo C,
párr.1(g))
definición (Anexo C)
derechos (Anexo C, párr.
1(f))
examen de las reclamaciones (Anexo C, párr.
1(i))
igualdad de tratamiento para los productos importados y productos
nacionales similares (Anexo C, párr.
1(a))
información exigida, limitación (Anexo C, párr.
1(c))
inspección dentro de su territorio (Anexo C, párr.
3)
norma internacional como base provisional del acceso
(Anexo C, párr. 1)
obligación de
asegurarse de que sus procedimientos no sean incompatibles con las
disposiciones del Acuerdo sobre la Aplicación de MSF
observar las disposiciones del Anexo C
período de tramitación (Anexo C,
párr.1(b))
producto modificado tras su control e inspección
(Anexo C, párr. 1(h))
requisitos razonables y necesarios, limitación (Anexo C, párr.
1(e))
ultimar sin demoras indebidas (Anexo C, párr.
1(a))
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, testimonios científicos
suficientes, necesidad de (MSF 2.2)
adopción provisional de medidas (MSF
5.7)
información pertinente de que disponga
obligación de intentar obtener la información adicional necesaria
en un plazo razonable
para una evaluación más objetiva del riesgo
provisionalmente
adopción provisional de medidas en caso de insuficiencia de
testimonios científicos (MSF 5.7)
principio precautorio (MSF
5.7)
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, testimonios científicos
suficientes, necesidad de (MSF 2.2), véase también Acuerdo
sobre la Aplicación de MSF, armonización de medidas, (MSF 3), Acuerdo
sobre la Aplicación de MSF, evaluar los riesgos, obligación de (MSF
5.1), información o asesoramiento técnico, derecho del grupo especial
de solicitar (MSF 11.2).
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, trato especial y diferenciado (MSF 10), véase trato especial y diferenciado para los
países en desarrollo Miembros y para los países menos adelantados
Miembros (MSF 10).
Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, véase también
Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Comité MSF).
Acuerdo sobre la
OMC
aceptación (OMC
XIV)
Acta Final (AF 4)
igualdad de derechos al adherirse de conformidad con lo dispuesto en
OMC XII
participantes que no sean partes contratantes del GATT de1947
(AF 5)
plazo para (OMC XIV,
1)
reunir las condiciones para ser Miembros iniciales, y
(OMC XIV,1)
territorios aduaneros
adhesión (OMC
XII)
Acuerdos Comerciales Plurilaterales (OMC XII,
3)
derecho a (OMC XII,
1)
procedimiento de adopción de decisiones (OMC XII,
2)
como parte integrante del Acta Final (AF
1)
conflicto entre los acuerdos abarcados que forman parte integrante,
prevalencia (OMC XVI, 3)
nota interpretativa general al Anexo IA del Acuedo sobre la OMC
denuncia (OMC XV,
1)
enmiendas que alteren los derechos y obligaciones de los Miembros
(OMC X, 3)
enmiendas que no alteren los derechos y obligaciones de los Miembros
(OMC X, 5)
entrada en vigor
no aceptación de las enmiendas de acuerdos abarcados.
notificación escrita, necesidad de
depósito
antes del 1o de enero de 1995 (OMC XIV,
3)
después del 1o de enero de 1995 (OMC XIV,
3)
enmiendas, véase enmienda de los acuerdos abarcados (OMC
X).
entrada en vigor (OMC XIV,
1)
Acta Final (AF 3)
fecha prevista de, Declaración de Marrakech (DEC MAR
6)
obligaciones antes de (DEC MAR
2)
GATT de 1947, continuidad con, véase decisiones,
procedimientos y prácticas consuetudinarias conforme al GATT de 1947
(OMC XVI,1), GATT de 1947 (enmiendas
incluidas), continuidad de la OMC
con.
idiomas auténticos (OMC XVI,
6)
no aplicación de Acuerdos Comerciales Plurilaterales
(OMC XIII, 5)
no aplicación de los Acuerdos Comerciales Multilaterales entre
Miembros (OMC XIII)
entre Miembros iniciales que hayan sido partes contratantes del GATT
de 1947 (OMC XIII, 2)
examinar la aplicación (OMC XIII,
4)
que se hayan adherido al amparo del artículo OMC XII
(OMC XIII, 3)
notificaciones de aceptación (OMC XIV,
3)
antes del 1o de enero de 1995 (OMC XIV,
1)
después del 1o de enero de 1995 (OMC XIV,
3)
objetivos (OMC, Preámbulo)
creación de un sistema equitativo y orientado al mercado a través
de un programa de reformas fundamentales, Declaración de Marrakech (DEC
MAR 2)
fortalecimiento de la economía mundial (OMC,
Preámbulo),
Declaración de Marrakech (DEC MAR 1)
sistema multilateral de comercio integrado
obligación de ratificación
Acta Final (AF 2)
Declaración de Marrakech (DEC MAR
6)
obligaciones de los Miembros
aplicación por parte de los Miembros que acepten el Acuerdo sobre la
OMC con posterioridad a su entrada en vigor (OMC XIV,
2)
aportar sin demora la parte que le corresponda en los gastos
(OMC VII, 4)
asegurar la conformidad de leyes, reglamentos y procedimientos
administrativos (OMC XVI, 4)
conferir a la OMC los privilegios e inmunidades necesarios para el
ejercicio de sus funciones (OMC VIII,
2)
conferir a los funcionarios de la OMC y a los representantes de los
Miembros los privilegios e inmunidades para el ejercicio de sus
funciones (OMC VIII, 3)
conferir la capacidad jurídica para el ejercicio de sus funciones
(OMC VIII, 1)
respetar el carácter internacional del Director General y de la
Secretaría (OMC VI, 4)
partes integrantes (OMC II,
2)
Acuerdos Comerciales Plurilaterales (OMC II,
3)
Preámbulo, pertinencia jurídica, intereses de los países en
desarrollo Miembros, véase países en desarrollo
Miembros,
Preámbulo del Acuerdo sobre la OMC, y.
registro (OMC XVI,
6)
reservas (OMC XVI,
5)
Acuerdo sobre las Medidas en Materia de Inversiones relacionadas con
el Comercio (MIC) véase Acuerdo
MIC.
Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), administración de las
restricciones (ATV 4), véase restricciones cuantitativas
aplicadas de conformidad con el artículo ATV 2 o ATV 6, administración
(ATV 4).
Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), aplicabilidad
derechos y obligaciones en virtud de las disposiciones del Acuerdo
sobre la OMC y de los Acuerdos Comerciales Multilaterales, efecto sobre
(ATV 1.6)
disposiciones para facilitar la integración (ATV
1.5)
miembros exportadores productores de algodón (ATV
1.4)
no aceptación de Protocolos de prórroga del AMF, y
ATV 1.3
ATV 6.1
países menos adelantados Miembros, trato especial
ATV 1.2
Preámbulo
pequeños abastecedores y nuevos exportadores (ATV
1.2)
productos comprendidos (Anexo), códigos del Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías (SA) (Anexo, párr.
1)
productos designados (ATV
1.7)
restricciones cuantitativas mantenidas entre las partes contratantes
del GATT de 1947 (ATV 2.1)
Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), aplicación
examen llevado a cabo por el Consejo del Comercio de Mercancías
(ATV 8.11)
informe completo elevado por el OST (ATV
8.11)
recomendaciones oportunas, inclusión
Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), elusión de
contingentes (ATV 5)
actos necesarios para impedir/investigar (ATV
5.3)
disposiciones legales o administrativas contra las prácticas de
elusión
en su territorio
en conformidad con sus leyes y procedimientos nacionales
colaboración para establecer los hechos pertinentes
(ATV 5.3)
en conformidad con sus leyes y procedimientos internos
colaboración para resolver los problemas resultantes de
(ATV 5.1)
en conformidad con sus leyes y procedimientos internos
como frustración de los objetivos del ATV/proceso de integración
ATV 5.1
ATV 5.6
declaración falsa (ATV
5.6)
como frustración de los objetivos del ATV
errores por inadvertencia/ajustes técnicos
medidas adecuadas
en conformidad con sus leyes y procedimientos internos
disposiciones legales y/o procedimientos administrativos para
prevenir, obligación de establecer (ATV 5.1)
disposiciones luego de la investigación para resolver el problema
(ATV 5.4)
disposiciones oportunas, en la medida necesaria
acordar, mediante consultas, otras soluciones
limitaciones, admisibilidad
notificación de la solución mutuamente satisfactoria al OST para
que éste haga recomendaciones
entablar consultas en caso de.
elusión identificada (ATV
5.4)
someter la cuestión al OST en caso de no llegar a una solución
mutuamente satisfactoria
someter la cuestión al OST en caso de no llegar a una solución
mutuamente satisfactoria
supuesta inadecuación de las medidas administrativas aplicadas para
tratar una declaración falsa (ATV 5.6)
someter la cuestión al OST en caso de no llegar a una solución
mutuamente satisfactoria
supuesta inadecuación de las medidas preventivas
(ATV 5.2)
con prontitud
tránsito, posibilidad de ejercer control sobre los envíos
(ATV 5.5)
Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), integración al GATT
como objeto y propósito (Preámbulo)
equilibrio de derechos y obligaciones dimanantes del ATV, protección
ATV 7.3
ATV 8.12
extinción del ATV (ATV 9)
fecha de extinción (ATV
9)
frustración del proceso de integración
ATV 5.1
ATV 5.6
medidas necesarias para respetar las normas y disciplinas del GATT de
1994 (ATV 7).
acceso a los mercados, y (ATV
7.1(a))
condiciones de comercio leal y equitativo (ATV
7.1(b))
derechos y obligaciones en virtud del GATT de 1994, efecto sobre los
no discriminación, y (ATV
7.1(c))
procedimientos de solución de diferencias, y (ATV
8.12)
supuesta falta de adopción, derecho a someter la cuestión a los
órganos pertinentes (ATV 7.3)
notificación de las medidas a que se refiere el artículo ATV 7.1
(ATV 7.2)
en caso de notificación a otros órganos de la OMC
prórroga del ATV, exclusión (ATV
9)
salvaguardias de transición, y (ATV
6)
Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV), restricciones
cuantitativas, véase restricciones cuantitativas (ATV 2)
(proceso de integración), restricciones cuantitativas no comprendidas
en el ámbito de las disposiciones del artículo ATV 2 (ATV 3),
restricciones cuantitativas aplicadas de conformidad con el artículo
ATV 2 o ATV 6, administración (ATV 4).
Acuerdo sobre las Medidas en Materia de
Inversiones Relacionadas con el Comercio (MIC)
aplicabilidad, MIC, limitación (MIC
1)
celebración de consultas sobre cualquier cuestión derivada del
Acuerdo sobre MIC, obligación de brindar oportunidades para (MIC
6.3)
como aplicación de lo previsto en la Declaración de Punta del Este
(Preámbulo)
consultas y solución de diferencias (MIC
8)
excepciones amparadas en el GATT de 1994, aplicabilidad
(MIC 3)
Lista Ilustrativa
modificaciones (MIC 9)
objetivos (Preámbulo)
evitar cualquier tipo de efectos que restrinjan o distorsionen el
comercio
expansión y liberalización del comercio mundial
obligación de revelar (MIC
6.3)
países en desarrollo Miembros, véase países en desarrollo
Miembros (MIC).
países menos adelantados Miembros, y (Preámbulo)
política en materia de inversiones y competencia, posibilidad de
establecer disposiciones relativas a (MIC 9)
requisitos de notificación (MIC
5.1)
características principales
MIC aplicadas en ejercicio de facultades discrecionales
(MIC 5.1)
notificación de aplicación de una MIC notificada a una nueva
inversión (MIC 5.5)
notificación de MIC que no estén en conformidad con las
disposiciones del Acuerdo
plazos
publicaciones en que figuren las MIC (MIC
6)
restricciones cuantitativas (GATT
XI, y) (MIC
2.2)
transparencia (MIC 6)
celebración de consultas sobre cualquier cuestión derivada del
Acuerdo sobre MIC, obligación de brindar oportunidades para (MIC
6.3)
notificación de publicaciones en que figuren las MIC
(MIC 6.2)
obligación de revelar (MIC
6.3)
obligaciones sobre transparencia y notificación (GATT
X), compromiso
de cumplir con (MIC 6.1)
trato nacional (GATT III,
4), y (MIC
2)
Lista Ilustrativa (MIC
2.2)
Acuerdo sobre Normas de Origen (NO), véase también
Comité de Normas de Origen (NO 4.1), Normas de Origen, Comité Técnico
de (NO 4.2 y Anexo 1)
aplicabilidad (NO 1.2)
determinaciones formuladas a efectos de definir las expresiones producción
nacional u otras análogas, exclusión
armonización, véase normas de origen, armonización de las
(NO).
clasificación arancelaria, solución de diferencias relativas a la
(NO 9.4)
definiciones (NO 1.1)
disciplinas (período de transición) (NO
2)
administración de las normas de manera coherente, uniforme,
imparcial y razonable (Preámbulo y NO
2(e))
confidencialidad de la información (NO
2(k))
publicación de dictámenes del origen (NO
2(h))
criterio positivo/negativo (NO
2(f))
decisiones administrativas de aplicación general, definición clara
de los requisitos (NO 2(a))
dictamen del origen a petición de (NO
2(h))
decisión contraria al proceder a una revisión de las previstas en
NO 2(j), y
efectos de restricción, distorsión o perturbación del comercio
internacional, exclusión (NO 2(c))
irretroactividad (NO
2(i))
no discriminación (NO
2(d))
objetivos comerciales, exclusión como instrumento de
(NO 2(b))
publicación según las disposiciones del artículo GATT X,1
(NO 2(g))
revisión judicial, arbitral o administrativa (NO
2(j))
independiente
pronta
disciplinas después del período de transición (NO
3)
administración de las normas de manera coherente, uniforme,
imparcial y razonable (Preámbulo y NO
3(d))
aplicación por igual (NO
3(a))
confidencialidad de la información (NO
3(i))
dictamen del origen a petición de (NO
3(f))
decisión contraria al proceder a una revisión de las previstas en
el artículo NO 3(h)
irretroactividad (NO
3(g))
no discriminación (NO
3(c))
objetivo de armonización, y (Preámbulo,
NO 3 y NO 9.1)
país de origen (NO
3(b))
país en el que se haya efectuado la última transformación
sustancial
país en el que se haya obtenido totalmente el producto
procedimientos judiciales, y
publicación según las disposiciones del artículo GATT X,1
(NO 3(e))
revisión judicial, arbitral o administrativa (NO
3(h))
revisión (NO 3(h))
independiente
pronta
examen de la aplicación y funcionamiento (NO
6)
aspectos técnicos de las Partes II y III, exámenes anuales sobre
los (NO Anexo 1, párr (d))
aspectos técnicos, informes periódicos sobre los
(NO Anexo I, párr
1 (c))
modificaciones (NO 6.2 y
6.3)
normas de origen preferenciales, Declaración Común acerca de las
(NO Anexo II)
normas de origen preferenciales (párr.
2)
requisitos
confidencialidad de la información (párr. 3
(g))
criterio positivo (párr.
3(b))
definición clara de criterios (párr.3(a))
dictamen del origen a petición de (párr. 3
(d))
independiente
irretroactividad (párr.
3(e))
notificación (párr.
4)
pronta
publicación según las disposiciones del artículo GATT X,1
(párr 3(c))
revisión judicial, arbitral o administrativa (párr.
3(f))
notificación de las normas de origen, decisiones judiciales y
disposiciones administrativas (NO 5)
distribución de la información recibida (NO
5.1)
en vigor al 1º de enero de 1995 (NO
5.1)
modificaciones de normas/ normas nuevas (NO
5.2)
omisión por inadvertencia (NO
5.1)
notificación de normas de origen, decisiones judiciales y
disposiciones administrativas (NO Anexo II, párr,
4) — distribución de
la información recibida — modificaciones de normas/ normas nuevas
objetivos (Preámbulo de Acuerdo sobre
NO)
aportar una mayor liberalización y expansión del comercio mundial
armonizar y clarificar las normas de origen
evitar obstáculos innecesarios
incrementar la capacidad de respuesta del sistema del GATT
mecanismo consultivo y procedimientos para la solución de
diferencias, véase también consultas y solución de diferencias
(NO).
potenciar la función del GATT
preparación y aplicación de normas de origen de manera imparcial,
transparente, previsible, coherente y neutral
promover la realización de los objetivos del GATT
transparencia
procedimientos de consulta y solución de diferencias, véase
consultas y solución de diferencias
(NO).
Acuerdo sobre Obstáculos
Técnicos al Comercio (OTC), véase también Comité de Obstáculos
Técnicos al Comercio
aplicabilidad
anexos como parte integrante del Acuerdo (OTC
15.5)
especificaciones de compra establecidas por instituciones
gubernamentales, exclusión (OTC 1.4)
medidas sanitarias y fitosanitarias, exclusión (OTC
1.5)
todos los productos, comprendidos los industriales y los
agropecuarios (OTC 1.3)
asistencia técnica (OTC
12), véase trato especial y
diferenciado para los países en desarrollo Miembros (OTC 12).
consultas y solución de diferencias, véase
consultas y
solución de diferencias (OTC 14)
evaluación de los riesgos, factores pertinentes (OTC
2.2)
excepciones relativas a la seguridad, véase
excepciones
relativas a la seguridad (OTC).
medio ambiente, protección del, como objetivo legítimo
(OTC 2.2)
modificación, formulación de propuestas de (OTC
15.4)
no discriminación, y (Preámbulo
OTC)
objetivos legítimos (OTC
2.2), véase objetivos legítimos
(OTC 2.2).
países en desarrollo Miembros y, véase trato especial y
diferenciado para los países en desarrollo Miembros (OTC 12).
reglamento técnico en casos en que no exista una norma internacional
o no esté en conformidad con la misma, requisitos (OTC
2.9), véase
reglamentos técnicos (Acuerdo sobre OTC), procedimientos de
notificación (OTC 2.9).
requisitos de publicación
idioma del Miembro, limitación (OTC
10.8.1)
procedimientos adoptados (OTC
5.8)
circunstancias urgentes, y
o se pongan de otra manera a disposición
países en desarrollo Miembros, y
plazo prudencial para la adaptación (OTC
5.9)
prontamente
reglamentos/entrada en vigor (OTC
2.11)
circunstancias urgentes, y
o se pongan de otra manera a disposición
países en desarrollo Miembros, y
plazo prudencial para la adaptación (OTC
2.12)
prontamente
reservas (OTC 15)
servicios de información, véase servicios de información
(OTC 10).
terminología
definiciones adoptadas dentro del sistema de la ONU
(OTC 1.1)
teniendo en cuenta el objeto y fin del Acuerdo sobre OTC
OTC, Anexo 1 (OTC
1.2)
reglamentos técnicos, normas y procedimientos de evaluación de la
conformidad (OTC 1.6)
trato nacional (OTC
2.1)
Acuerdo sobre Procedimientos para el Trámite de Licencias de
Importación (LIC), véase también Comité de Licencias de
Importación (LIC 4).
aplicabilidad y definiciones.
gobiernos (LIC 1.4 (a))
trámite de licencias automáticas de importación (LIC
2.1)
trámite de licencias de importación (LIC
1.1)
trámite de licencias no automáticas de importación (LIC
3.1)
cargas administrativas, evitar las (Preámbulo y
LIC 3.2)
confidencialidad, respeto de la (LIC
1.11).
cumplimiento de las leyes y
interés público y
protección de los intereses comerciales y
conformidad de las leyes, reglamentos y procedimientos
administrativos con el Acuerdo sobre el LIC (LIC 8.2
(a))
obligación de informar las modificaciones al Comité de LIC
(LIC 8.2 (b))
consultas y solución de diferencias (LIC
6)
divisas, disponibilidad (LIC
1.9)
efectos de restricción o distorsión del comercio, evitar los
(LIC 3.2)
errores de documentación (LIC
1.7)
examen de aplicación y funcionamiento (LIC
7).
alcance (LIC 7.1)
cada dos años (LIC 7.2)
cuestionario anual (LIC
7.3)
obligación de cumplimentar el cuestionario íntegra y prontamente
(LIC 7.3)
informe fáctico (LIC
7.2)
excepciones o exenciones, posibilidad de solicitar
(LIC 3.4)
excepciones relativas a la seguridad (GATT
XXI), aplicabilidad (LIC 1.10)
información, derecho a obtener (LIC
1.5)
neutralidad en la aplicación y administración justa y equitativa,
obligación de (LIC 1.3)
objetivos (Preámbulo).
cargas administrativas, evitar las
comercio internacional, evitar la obstaculización del
(Preámbulo y
LIC 1.2)
disposiciones aplicables del GATT
mecanismo consultivo y procedimiento para la solución de diferencias
necesidades de los países en desarrollo Miembros por lo que respecta
al comercio, al desarrollo y a las finanzas (Preámbulo)
procedimientos y prácticas administrativas
aplicación justa y equitativa
simplificación y transparencia
promoción de los objetivos del GATT
transparencia y previsibilidad
obligaciones de notificación (LIC 1.4 y
5)
establecimiento de procedimientos o modificación de los existentes
(LIC 5.1)
información requerida (LIC
5.2)
modificación de los procedimientos existentes (LIC
5.3)
plazos (LIC 5)
publicación o publicaciones en que aparecerá la información
requerida (LIC 5.4)
supuesto incumplimiento de las obligaciones (LIC
5.5)
obligaciones, conformidad de los procedimientos con las disposiciones
del GATT (LIC 1.2)
observaciones por escrito sobre reglas y procedimientos propuestos ,
derecho a formular (LIC 1.4 (b))
países en desarrollo Miembros y (Preámbulo y
LIC 1.2), véase países
en desarrollo Miembros (LIC).
países menos adelantados Miembros (LIC 3.5
(j))
plazos.
presentación de solicitudes (LIC
1.6)
tramitación de solicitudes (LIC 3.5
(f))
publicación de reglas e información, véase
publicación de
reglas e información (LIC).
requisito de conformidad con los principios y obligaciones del GATT
(Preámbulo del Acuerdo sobre LIC y
1.2)
requisito de transparencia y previsibilidad (Preámbulo del Acuerdo
sobre LIC)
reservas, consentimiento, necesidad de (LIC
8)
simplicidad, necesidad de.
formularios de solicitud y de renovación (LIC
1.5)
Preámbulo
procedimiento para la solicitud y la renovación (LIC
1.6)
trámite de licencias automáticas de importación (LIC
2).
aplicabilidad
circunstancias en las que es necesario (LIC 2.2
(b))
definición (LIC 2.1)
efectos restrictivos en las importaciones, evitar los (LIC 2.2
(a))
países en desarrollo Miembros
trámite de licencias no automáticas de importación (LIC
3).
contingentes administrados por medio de licencias no repartidas
(LIC 3.5 (k))
importaciones de conformidad con las licencias expedidas
(LIC 3.5 (h))
licencias, expedición y asignación (LIC
3.5).
ajustes compensatorios (LIC 3.5
(l))
cantidades de productos que presenten un interés económico
(LIC 3.5 (i))
derecho a solicitar una licencia (LIC 3.5
(e))
duración (LIC 3.5
(g))
importaciones realizadas/ utilización de licencias anteriormente
obtenidas, pertinencia (LIC 3.5 (j))
nuevos importadores inclusive países en desarrollo Miembros y
países menos adelantados Miembros (LIC 3.5
(j))
publicación de información relacionada con.
LIC 3.5 (b)
LIC 3.5 (d)
suministro de información a Miembros interesados en el.
abastecimiento del producto (LIC 3.5
(c))
comercio del producto (LIC 3.5
(a))
trámite de licencias no automáticas de importación
(LIC 3.1)
uso de restricción en LIC 3.2 y
3.3, pertinencia
utilización íntegra de los contingentes (LIC 3.5
(h))
variaciones de poca importancia de valor, cantidad o peso
(LIC 1.8)
Acuerdo sobre Salvaguardias (SG)
aplicabilidad a las medidas previstas en el artículo GATT XIX
(SG 1)
aplicación y funcionamiento, véase Comité de Salvaguardias
(SG 13), obligaciones de vigilancia.
objetivos (SG Preámbulo)
aclaración y refuerzo de las disciplinas del GATT
control multilateral sobre las salvaguardias
fortalecimiento del sistema de comercio internacional basado en el
GATT
potenciar la competencia en los mercados internacionales
solución de diferencias (SG
14)
Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas
Compensatorias (SMC)
aplicabilidad (SMC
32.3), exámenes presentados con anterioridad o
posterioridad a la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC
aplicabilidad, anexos como parte integrante del acuerdo
(SMC 32.8)
aplicación provisional de los artículos 6.1, 8 y 9
(SMC 31), examen
conformidad de las leyes, reglamentos y procedimientos
administrativos con el Acuerdo sobre SMC (SMC
32.5)
obligación de informar al Comité de SMC sobre modificaciones de
leyes y reglamentos y su aplicación (SMC
32.6)
consultas, véase consultas (SMC
4.1-4), petición de
establecimiento del grupo especial, requisitos (SMC 4.4).
disposiciones transitorias, véase disposiciones transitorias
(SMC).
especificidad, véase subvención, especificidad (SMC
2).
examen de la aplicación y el funcionamiento (SMC
32.7)
Grupo Permanente de Expertos, véase Grupo Permanente de
Expertos (GPE) (SMC 24.3).
instituciones (SMC
24), véase también Comité de
Subvenciones y Medidas Compensatorias (Comité de SMC) (SMC 24),
subvención, definición (SMC 1).
medida específica contra una subvención (SMC
32.1), véase
medida específica contra el dumping (AD 18.1) o subvención (SMC 32.1).
medidas provisionales (AD
7/SMC
17), véase
medidas
provisionales (AD 7/SMC 17).
obligaciones de notificación (SMC
25), véase
subvención, no
recurrible (SMC 8), notificaciones (SMC
8.3).
relación con otros acuerdos, véase también
medida específica contra el dumping (AD 18.1) o subvención (SMC 32.1).
retroactividad, véase retroactividad (medidas compensatorias)
(SMC 20).
solución de diferencias (SMC
30), véase consultas y
solución de diferencias (SMC 30), consultas (SMC
4.1-4), petición de
establecimiento del grupo especial, requisitos (SMC 4.4).
subvención, no recurrible (SMC
8), véase subvención, no
recurrible (SMC 8).
Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, véase
Acuerdo SMC.
acuerdos abarcados (ESD 1.1 y
Apéndice 1)
Acuerdos Comerciales Plurilaterales
adhesión (OMC
XII,3)
como parte integrante del Acuerdo sobre la OMC (OMC
II,3)
denuncia (OMC
XV,2)
depósito
antes del 1o de enero de 1995 (OMC
XIV,4)
después del 1o de enero de 1995 (OMC
XIV,4)
disposiciones sobre la aceptación (OMC
XIV,4/ AF 4)
enmiendas (OMC
X,10)
exenciones (OMC
IX,5)
incorporaciones (OMC
X,9)
interpretación (OMC
IX,5)
no aplicación (OMC
XIII,5)
normas y procedimientos especiales o adicionales (ESD, Apéndice
2)
órganos establecidos en virtud de (OMC
IV,8)
funciones
responsabilidad
OSD, y (ESD 2.1)
reservas (OMC
XVI,5)
supresiones (OMC
X,9)
Acuerdos Comerciales Plurilaterales véase también
Acuerdo Internacional de la Carne de Bovino, Acuerdo Internacional de
los Productos Lácteos (AIPL), Acuerdo sobre Contratación Pública
(ACP), Aeronaves Civiles, Acuerdo sobre el Comercio
de.
Acuerdos comerciales regionales (GATT
XXIV,5(b)), véase
también acuerdos de integración económica (AGCS) (AGCS
V),
uniones aduaneras (GATT XXIV,5(a))
como defensa o excepción, sobre la formación de un área de libre
comercio, limitación
derechos…ni las demás reglamentaciones sean de una
incidencia general más elevada ni resulten más rigurosas
Acuerdos de integración de los mercados de trabajo
(AGCS V bis)
derecho a participar en
integración
requisitos
exención de los requisitos en materia de permisos de residencia y de
trabajo (AGCS V bis (a))
notificación (AGCS V bis (b))
Acuerdos de integración económica (AGCS)
(AGCS V)
acuerdos de integración de los mercados de trabajo
(AGCS V bis),
véase acuerdos de integración de los mercados de trabajo (AGCS
V bis).
compensación por beneficios comerciales derivados de, exclusión de
(AGCS V,8)
grupo de trabajo, derecho a establecer un (AGCS
V,7(b))
integración económica/liberalización del comercio, y
(AGCS V,2)
países en desarrollo, y (AGCS
V,3)
personas jurídicas, aplicabilidad a (AGCS
V,6)
recomendaciones a las partes (AGCS V,
7(c))
requisitos
cobertura sectorial sustancial (AGCS V,1
(a))
facilitar el comercio/no elevar el nivel de obstáculos
(AGCS V,4)
no discriminación/ trato nacional conforme al artículo AGCS XVII
(AGCS V,1(b))
requisitos de notificación (AGCS
V,7)
acuerdo nuevo o ampliación o modificación significativa del mismo
(AGCS V, 7(a))
acuerdos de integración de los mercados de trabajo
(AGCS V bis)
prontamente (AGCS V,
7(a))
supresión o modificación de compromisos específicos, requisito de
notificación conforme al artículo AGCS XXI (AGCS
V,5)
Acuerdos destinados a evitar la doble imposición
como Excepción General (AGCS
XIV,(e))
consultas, y (AGCS XXII,3)
Adhesión (OMC XII) véase Acuerdo sobre la
OMC, adhesión (OMC XII).
Adopción de decisiones (OMC IX)
Acuerdos Comerciales Plurilaterales (OMC
IX,5)
adhesiones (OMC
XII,2)
consenso (OMC
IX,1)
enmiendas de los acuerdos abarcados (OMC
X,1)
exención de obligaciones (OMC
IX,3)
interpretación de los acuerdos abarcados (OMC
IX,2)
OSD (ESD 2.4)
práctica del GATT de 1947 (OMC
IX,1)
Aéreo, véase Aeronaves Civiles, Acuerdo sobre el
Comercio de.
aeronaves civiles
financiación basada en reembolsos en función de las ventas y
perjuicio grave (SMC 6)
subvenciones no recurribles (SMC
8.2)
Aeronaves Civiles, Acuerdo sobre el Comercio de
Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS)
acceso a los mercados, véase acceso a los mercados (AGCS
XVI).
anexos como parte integrante (AGCS
XXIX)
asistencia/cooperación técnica (AGCS
XXV)
consulta y cooperación con la ONU, organismos especializados y otras
organizaciones intergubernamentales (AGCS VII,5 y
AGCS XXVI)
contratación pública, véase contratación pública (AGCS
XIII).
denegación de ventajas, véase denegación de ventajas (AGCS
XXVII).
excepciones generales, véase Excepciones Generales (AGCS
XIV).
exenciones, véase trato de la NMF (AGCS
II), exenciones,
Anexo sobre (AGCS II,2).
integración económica, véase acuerdos de integración
económica (AGCS) (AGCS V).
liberalización progresiva, véase liberalización progresiva,
negociación de compromisos específicos (AGCS XIX).
Listas de Compromisos Específicos (AGCS
XX), véase
liberalización progresiva,
negociación de compromisos específicos (AGCS XIX), Listas de Compromisos Específicos (AGCS
XX).
medidas de salvaguardia urgentes (AGCS
X), véase
medidas de
salvaguardia urgentes (AGCS X), liberalización progresiva,
negociación de compromisos específicos (AGCS XIX).
monopolios y proveedores exclusivos de servicios (AGCS
VIII), véase
monopolios y proveedores exclusivos de servicios (AGCS VIII).
objeto y propósito (Preámbulo)
crecimiento económico
equilibrio de derechos y obligaciones /debido respeto por los
objetivos de las políticas nacionales
liberalización progresiva
marco multilateral de principios y normas
países en desarrollo Miembros, y, véase también
países en
desarrollo Miembros (AGCS IV).
transparencia
pagos y transferencias internacionales, véase
pagos y
transferencias internacionales, restricciones a los (AGCS XI).
países en desarrollo Miembros, véase países en
desarrollo Miembros (AGCS IV).
prácticas comerciales (AGCS
IX), véase prácticas
comerciales (AGCS IX).
reconocimiento de títulos de aptitud profesional, véase reconocimiento
de títulos de aptitud profesional (AGCS VII).
reglamentación nacional (AGCS
VI), véase
reglamentación
nacional (AGCS VI).
restricciones impuestas por motivos de balanza de pagos, véase
balanza de pagos, restricciones para proteger la (AGCS XII).
servicios de transporte aéreo, véase servicios de transporte
aéreo (Anexo al AGCS).
servicios financieros, véase Comité del Comercio de
Servicios Financieros, servicios financieros (Anexo al
AGCS), servicios
financieros (AGCS, Segundo Anexo).
solución de diferencias y cumplimiento de las obligaciones
(AGCS XXIII), véase restricciones impuestas por motivos de la balanza
de pagos, consultas sobre (EBP 13/GATT XII,4/GATT XVIII,12/AGCS XXII,5),
solución de diferencias y cumplimiento de las obligaciones (AGCS XXIII).
telecomunicaciones, véase telecomunicaciones (disposiciones,
aplicabilidad y disposiciones complementarias del AGCS (AGCS, Anexo
sobre Telecomunicaciones)).
transparencia (AGCS
III), véase transparencia (AGCS
III).
trato nacional, véase trato nacional, servicios y proveedores
de servicios (AGCS XVII).
AGCS, aplicabilidad y definiciones
comercio de servicios (AGCS
I,2)
consumidor de servicios (AGCS
XXVIII(i))
impuestos directos (AGCS
XXVIII(o))
medida (AGCS
XXVIII(a))
medidas adoptadas por los Miembros (AGCS
I,3(a))
medidas adoptadas por los Miembros que afecten al comercio de
servicios (AGCS
XXVIII(c))
medidas que afecten al comercio de servicios (AGCS
I,1)
persona (AGCS
XXVIII(j))
persona física (AGCS
XXVIII(j))
persona jurídica (AGCS
XXVIII(l))
persona jurídica (AGCS
XXVIII(n))
persona jurídica de otro Miembro (AGCS
XXVIII(m))
proveedor de servicios (AGCS
XXVIII(g))
proveedor monopolista de un servicio (AGCS
XXVIII(h))
sector (AGCS
XXVIII(e))
servicio de otro Miembro (AGCS
XXVIII(f))
servicio suministrado en ejercicio de facultades gubernamentales (AGCS I,3(c))
(AGCS
I,3(c))
Anexo sobre servicios financieros, y párr.1(b)
servicios (AGCS
I,3(b))
servicios (AGCS
I,3(b)), Anexo sobre servicios financieros, y (Anexo, párr. 1(c) y
(d))
servicios comerciales (AGCS XXVIII
(d))
suministro de un servicio (AGCS
XXVIII(b))
AGCS, aplicabilidad y definiciones, véase también
servicios de transporte aéreo (Anexo al AGCS), servicios
financieros (Anexo al AGCS), telecomunicaciones (disposiciones,
aplicabilidad y disposiciones complementarias del AGCS (AGCS, Anexo
sobre Telecomunicaciones)), definiciones.
AGCS, liberalización progresiva (AGCS, Parte IV), obligación
de entablar rondas de negociaciones (AGCS
XIX,1), Preámbulo del AGCS
AGCS, trato de la NMF, véase trato de la NMF (AGCS
II).
alegaciones en los casos en que no existe infracción (GATT
XXIII,1(b)) véase también anulación o menoscabo (GATT
XXIII)
solución de diferencias, y (ESD
26.1)
una medida
amenaza de daño, véase determinación de la existencia
de daño, requisitos (AD 3 y SMC 15), medidas de salvaguardia (SG/GATT
XIX), condiciones (SG 2)), salvaguardias de transición (ATV
6),
perjuicio grave o amenaza real de perjuicio grave (ATV 6.2),
determinación de los Miembros de, requisitos.
anexos como parte integrante de un acuerdo
AG 21.2
AGCS XXIX
MSF 1.3
OTC 15.5
SMC 32.8
anulación o menoscabo (ESD
22.4), véase suspensión de
concesiones por no aplicar las recomendaciones y resoluciones del OSD
(ESD 22), nivel equivalente al nivel de la anulación o menoscabo (ESD
22.4).
anulación o menoscabo (ESD
3.8)
Entendimiento Relativo a las Exenciones de Obligaciones Dimanantes
del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, y (ERE
3)
falta de conformidad con un acuerdo abarcado, presunción de
refutación
SMC 5 (efectos desfavorables)
disposiciones del GATT, aplicabilidad
ventajas directas o indirectas (ESD
3.3)
anulación o menoscabo (GATT
XXIII)
a consecuencia de
incumplimiento por otra parte contratante de las obligaciones
contraídas en virtud del GATT (GATT
XXIII,1(a))
la aplicación de una medida tomada por otra parte contratante
(GATT XXIII(b))
conflicto con las disposiciones del GATT, pertinencia
que exista otra situación (GATT
XXIII,1(c))
solución de diferencias, y (ESD
26.2)
aplicabilidad, AG 19
Entendimiento Relativo a las Exenciones de Obligaciones Dimanantes
del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, y (ERE
3)
falta de arreglo satisfactorio (GATT
XXIII,2)
consulta con el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas
en un plazo razonable
representaciones/ proposiciones por escrito para llegar a un arreglo
satisfactorio (GATT XXIII,1)
GATT XXIII,1(c) tipo de dificultad (que exista otra situación)
recomendaciones para las partes contratantes
suspensión de concesiones (GATT
XXIII,2)
denuncia del GATT, y
aplicación de las recomendaciones del grupo especial o del OA (ESD 19.1)
derecho del grupo especial o del OA a hacer sugerencias
gobiernos regionales o locales, medidas razonables para lograr la
observancia (ESD 22.9)
Miembro afectado
recomendación de poner en conformidad
aplicación de las recomendaciones y resoluciones del OSD (ESD
21)
derecho de todo Miembro a plantear la cuestión de la aplicación
(ESD 21.6)
país en desarrollo Miembro y (ESD
21.7)
repercusión en la economía, pertinencia (ESD
21.8)
desacuerdo en cuanto a la existencia de medidas de aplicación o al
cumplimiento del acuerdo abarcado (ESD 21.5)
plazo para presentar el informe del grupo especial
retraso, informe al OSD con los motivos del
recurso a mecanismos para la solución de diferencias
imposibilidad de cumplimiento inmediato/ plazo prudencial
(ESD
21.3,
claúsula de encabezamiento).
plazo prudencial
circunstancias del caso (ESD 21.3
(c))
de común acuerdo por las partes (ESD 21.3
(b))
determinado mediante arbitraje vinculante (ESD 21.3
(c))
directriz de 15 meses (ESD 21.3
(c))
países en desarrollo Miembros y (ESD
21.2)
plazo para la determinación (ESD
21.4)
según lo propuesto por el Miembro y aprobado por el OSD
(ESD 21.3 (a))
pronto cumplimiento (ESD
21.1)
vigilancia por parte del OSD (ESD
2.1, 21.6 y 22.8)
aplicación de las recomendaciones y resoluciones del OSD (ESD
21),
véase también compensación en caso de que no se cumpla con el
acuerdo abarcado o no se apliquen las recomendaciones y resoluciones
adoptadas en el OSD (ESD 22), suspensión de concesiones por no aplicar
las recomendaciones y resoluciones del OSD (ESD 22).
aplicación no discriminatoria de las restricciones cuantitativas (GATT XIII), excepciones (GATT XIV)
apartarse temporalmente, con consentimiento, si las ventajas son
substancialmente superiores al daño (GATT XIV,2 y
Al Artículo)
consultas, derecho a que se tengan en cuenta la naturaleza,
repercusiones y motivos de cualquier discriminación (Al
Artículo)
grupos de territorios que posean una parte común en el FMI,
restricciones aplicables a los que no son miembros (GATT
XIV,3)
restricciones a la importación compatibles con el GATT XII o XVIII,
Sección B, para proporcionar un suplemento de divisas (GATT
XIV,4)
restricciones autorizadas en virtud del artículo VIII o XIV del
Convenio Constitutivo del FMI o acuerdo especial celebrado de
conformidad con el artículo GATT XV,6 (GATT
XIV,1)
restricciones autorizadas en virtud del Convenio Constitutivo del FMI
o acuerdo especial (GATT XIV,1)
consultas, derecho a que se tengan en cuenta la naturaleza,
repercusiones y motivos de cualquier discriminación (Al
Artículo)
restricciones equivalentes a las restricciones de cambio autorizadas
en virtud del artículo VII,3(b) del Convenio Constitutivo del FMI
restricciones establecidas de conformidad con los acuerdos
preferenciales previstos en el GATT, Anexo A (GATT
XIV,5(b))
aplicación no discriminatoria de las restricciones cuantitativas (GATT XIII), véase también restricciones cuantitativas,
eliminación (GATT XI)
información, obligación de facilitar
licencias de importación, y (GATT
XIII,3(a))
parte del contingente que haya sido asignada (GATT
XIII,3(c))
publicación de contingentes (GATT
XIII,3(b))
licencias o permisos de importación
como alternativa a los contingentes (GATT
XIII,2(b))
información relacionada con, obligación de facilitar
(GATT XIII,3(a))
restricción a un país o fuente de abastecimiento determinada,
exclusión (GATT XIII,2(c))
objeto y propósito (GATT
XIII,2), distribución del comercio del
producto que se aproxime a la que las partes podrían esperar si no
existieran los contingentes
período representativo, selección de un (GATT
XIII,4)
factores especiales (Al
Artículo)
prohibición de discriminación (GATT
XIII,1)
publicar contingentes, obligación de (GATT XIII,3 (b))
repartición de contingentes (GATT
XIII,2), contingentes que
representen el monto global, fijación y publicación (GATT XIII,
2(a))
repartición de contingentes con Miembros que no tengan un interés
substancial (GATT XIII,2(d))
consideraciones de orden comercial, razón de la exlusión
(Al Artículo)
repartición de contingentes con Miembros que tengan un interés
substancial (GATT XIII,2(d)), ATV 2.19/GATT
XIX, y
(ATV 2.20)
restricciones a la exportación, aplicabilidad a (GATT
XIII,5)
arbitraje (ESD 22.6), véase también suspensión de concesiones por no aplicar
las recomendaciones y resoluciones del OSD (ESD 22)
alcance del examen (ESD
22.7)
reclamación de que no se han seguido los principios y procedimientos
establecidos en el párrafo 3
suspensión permitida en virtud del acuerdo abarcado
árbitro
entendido como individuo o grupo
plazos
requisitos específicos
acuerdos y sectores (ESD
22.3)
medida específica de la suspensión (ESD
22.4)
suspensión de concesiones, exclusión durante el arbitraje de la
arbitraje (ESD 25)
carácter vinculante del laudo (ESD
25.3)
confidencialidad de las actuaciones, véase también
confidencialidad de las actuaciones (ESD 4.6/ESD 14/ESD 17.10/ESD
18.2/PT 3).
legislación aplicable, ESD 21 y 22 (ESD
25.4)
participación de otros Miembros (ESD
25.3)
requisitos procesales
acuerdo mutuo (ESD
25.2)
sobre el procedimiento
sobre el recurso al arbitraje
notificación de
arbitraje a todos los Miembros (ESD
25.2)
los laudos al OSD y al Consejo o Comité pertinente
(ESD 25.3)
arbitraje (SMC 8.5)
arbitraje como medio alternativo de solución de diferencias (ESD
25)
competencia, acuerdo mutuo de las partes sobre la
(ESD 25.1 y 25.2)
como base del
ventajas (ESD 25.1), en litigios que tengan por objeto cuestiones
claramente definidas
árbitro (ESD
21.3(c), ESD 22.6 y
ESD 22.6)
armonización de medidas (MSF 3), véase Acuerdo sobre la
aplicación de MSF, armonización de medidas (MSF 3).
asistencia para el reajuste estructural, exención de los compromisos
en materia de ayuda interna (AG Anexo 2)
ayudas a la inversión (párr.
11)
programas de detracción de recursos (párr.
10)
programas de retiro de productores (párr.
9)
asistencia técnica (Decisión sobre Medidas Relativas a los Posibles
Efectos Negativos del Programa de Reforma, párr. 3 (iii))
asistencia técnica (OTC 11)
acceso a los sistemas de evaluación de la conformidad del Miembro al
que se dirija la petición (OTC 11.5)
creación de instituciones de evaluación de la conformidad
(OTC 11.4)
creación de instituciones de reglamentación y de evaluación de la
conformidad (OTC 11.3.1)
creación de instituciones nacionales con actividades de
normalización (OTC 11.2)
elaboración de reglamentos técnicos (OTC
11.1)
elaboración y aplicación de los reglamentos técnicos, normas y
procedimientos para la evaluación de la conformidad (OTC
12.7)
métodos que permitan cumplir con los reglamentos técnicos
(OTC 11.3.2)
países menos adelantados Miembros, y (OTC
11.8)
participación en instituciones internacionales con actividades de
normalización (OTC 11.2)
participación en sistemas internacionales o regionales de
evaluación de la conformidad, creación de instituciones que permitan
la (OTC 11.7)
asistencia técnica para los países menos adelantados Miembros
(DEC
MAR 5), véase también MSF, asistencia técnica (MSF
9).
asistencia técnica para los países menos adelantados Miembros
(Decisión sobre Medidas, párr. 2 (v))
ATV (Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido), véase salvaguardias
de transición (ATV 6).
autoridades (AD
2.2.1)
autoridades o funcionarios públicos, exención de los procedimientos
de observancia del ADPIC (ADPIC 48.2 y
58 (c))
aviso público de conclusión o suspensión de una investigación
conforme a lo previsto en el artículo SMC 18 (compromisos) (SMC
22.5)
información requerida conforme al artículo
SMC 22.4
informe separado, posibilidad de un
parte no confidencial, limitación de la (SMC
22.6)
toda la información pertinente sobre las cuestiones de hecho y de
derecho y las razones, medidas
aviso público de imposición de medidas provisionales, requisitos
(AD 12.2.1/SMC 22.4)
consideraciones relacionadas con la determinación de la existencia
de daño según se establece en el artículo AD 3 (AD
12.2.1(iv)/SMC
22.4(v))
cuestiones de hecho y de derecho en que se base la aceptación o el
rechazo de los argumentos
descripción del producto suficiente a efectos aduaneros
(AD 12.2.1(ii)/22.4(ii))
informe separado, posibilidad de (AD
12.2.1)
márgenes de dumping y explicación de la metodología
(AD
12.2.2(iii))
nombre de los proveedores o de los países abastecedores
(AD 12.2.1(i)/SMC 22.4(i))
principales razones en que se basa la determinación
(AD
12.2.2(v))
aviso público de la iniciación de una investigación
(AD 12.1/SMC 22.1)
confidencialidad de la información (AD
6.5/SMC
12.4), y
informe separado (AD
12.1.1/SMC
22.2)
AD
momento en el que debe darse (AD
12.1/SMC
22.1)
iniciación de la investigación
satisfacción respecto de la suficiencia de la prueba
(AD 5.3),
pertinencia
requisitos (AD
12.1.1/SMC
22.2)
base de la alegación de dumping (AD
12.1.1(iii)/SMC
22.2(iii))
descripción de la práctica de subvención (SMC 22.2
(iii))
dirección a la cual han de dirigirse las representaciones
(AD 12.1.1(v)/SMC 22.2(v))
fecha de iniciación (AD
12.1.1(ii)/SMC
22.2(ii))
nombre del país o países exportadores (AD
12.1.1(i)/SMC 22.2(i))
nombre del producto (AD
12.1.1(i)/SMC
22.2(i))
plazos para dar a conocer sus opiniones (AD
12.1.1(vi)/SMC 22.2(vi))
resumen de factores (AD
12.1.1(iv)/SMC
22.2(iv))
aviso público de las determinaciones preliminares o definitivas
(AD 12.2/SMC 22.3)
aplicabilidad
compromiso relativo a los precios/subvenciones (AD
12.2.2/SMC 22.3)
compromiso relativo a los precios/subvenciones (AD
8/SMC 18)
decisión de aceptar
terminación
determinación preliminar o definitiva (AD
12.2/SMC
22.3)
positiva o negativa
confidencialidad de información (AD
6.5/SMC
12.4), y
base de toda decisión adoptada en virtud del artículo AD 6.10.2
(trato de productores no seleccionados)
informe separado, posibilidad de
razones para el rechazo de pruebas o información, inclusión
(AD,
Anexo II, párr. 6)
requisitos
información indicada en el artículo AD 12.2.1
motivos de la aceptación o rechazo de argumentos o alegaciones
toda la información pertinente sobre las cuestiones de hecho y de
derecho que hayan llevado a la imposición de medidas
transmisión a
Miembro o Miembros cuyos productos sean objeto de la determinación o
compromiso
partes interesadas
aviso público de terminación o suspensión de una investigación
conforme a lo previsto en el artículo AD 8 (compromisos relativos a los
precios) (AD 12.2.3)
informe separado, posibilidad de un
parte no confidencial, limitación de la
ayuda alimentaría (interna), exención de los compromisos en
materia de ayuda interna (Anexo 2 del AG, párr.
4)
ayuda alimentaría (internacional), véase también Países
Menos Adelantados y en los Países en Desarrollo Importadores Netos de
Productos Alimenticios, Decisión sobre Medidas Relativas a los Posibles
Efectos Negativos del Programa de Reforma en los
Convenio sobre la Ayuda Alimentaría (1986), como referencia
(AG 10.4 (c))
directa o indirectamente vinculado a las exportaciones comerciales,
exclusión (AG 10.34 (a))
Principios de la FAO sobre Colocación de Excedentes y Obligaciones
de Consulta, aplicabilidad (AG 10.4
(b))
ayuda alimentaría interna, véase ayuda
alimentaría
(interna).
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