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portada > temas comerciales > solución de diferencias > órgano de apelación > repertorio > índice c-d |
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ÍNDICE TEMÁTICO POR ASUNTOS: INFORMES DEL ÓRGANO DE APELACIÓN C-D |
> Canadá — Aeronaves civiles |
carga de la prueba B.3.1.8 exportación B.3.1.8 presunción prima facie B.3.2.4 negativa a facilitar información, pertinencia B.3.2.4 resolución del grupo especial en favor, necesidad de B.3.2.4 competencia (Órgano de Apelación), finalización del análisis jurídico (ESD 17.6), base fáctica, limitación a las constataciones del grupo especial y los hechos indiscutidos del expediente del grupo especial S.3.1.4 confidencialidad de las actuaciones (ESD 17.10/18.2) “actuaciones” C.6.1 aplicabilidad a los integrantes de las delegaciones de los Miembros (incluidos los no funcionarios) B.4.3-4, C.6.2 responsibilidad de los Miembros de asegurar el respeto C.6.2-3 información comercial confidencial Procedimiento aplicable a la información comercial confidencial B.4.2, W.2.6.3-5 procedimientos adicionales, necesidad de B.4.2 Normas de Conducta, artículo VII:1 y, aplicabilidad a los Miembros del Órgano de Apelación B.4.4, C.6.2, W.2.4 reuniones a puerta cerrada B.4.4 cumplimiento, confidencialidad de las actuaciones (ESD 17.10/18.2) C.6.2-3 inferencias de la negativa de una parte a facilitar información, derecho del grupo especial a extraer I.1.1-2 facultades discrecionales del grupo especial y I.1.1 obligación de dar una respuesta pronta a la solicitudes de los grupos especiales para obtener información y (ESD 13.1) I.1.1, S.4.9-10 información y asesoramiento técnico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13) carga de la prueba y B.3.2.4 negativa a facilitar información, derecho del grupos especial a extraer inferencias I.1.1-2 obligación de dar una respuesta pronta a la solicitudes de los grupos especiales para obtener información y (ESD 13.1) I.1.1, S.4.8, S.4.9 solución pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3), efecto sobre, solución pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3) I.1.1-2 interpretación de los acuerdos abarcados, términos y expresiones específicos, “actuaciones” C.6.1 Normas de Conducta, aplicabilidad a los Miembros del Órgano de Apelación B.4.4, C.6.2, W.2.4 procedimientos de trabajo (examen en apelación) confidencialidad (Normas de Conducta, artículo VII:1) B.4.4, C.6.2, W.2.4 Normas de Conducta, aplicabilidad (PTEA 8) B.4.4, C.6.2, W.2.4 pruebas (procedimiento de los grupos especiales) (ESD 12), negativa de una parte a facilitar información, efecto, carga de la prueba y B.3.2.4 solución pronta y satisfactoria de las diferencias, derecho de los Miembros a (ESD 3), negativa de una parte a facilitar información, efecto I.1.1-2 subvención a la exportación, definición “subvenciones supeditadas a la actuación exportadoras/los resultados de exportación” (AG 1 e)/SMC 3.1 a)) S.2.12.1-2 carga de la prueba de facto B.3.1.8 de jure B.3.1.8 “de facto” S.2.14 “de jure o de jure” S.2.12.2 “supeditadas” S.2.12.1 examen de la aplicación de las resoluciones de OSD (ESD 21.5) R.4.1.1-2 como alegación nueva/reafirmación de alegación anterior R.4.2.1 competencia de los grupos especiales de ESD 21.5 (sobre el cumplimiento), determinación de la compatibilidad con las obligaciones en el marco de la OMC de las medidas destinadas a cumplir R.4.2.1 “medidas destinadas a cumplir” R.4.1.1-2 examen basado en los hechos probados durante el procedimiento R.4.1.2 medida objeto de la diferencia inicial, distinción R.4.1.1, R.4.1.2 prescripción de “asegurar” R.4.1.2 “medidas destinadas a cumplir”, medida objeto de la diferencia inicial, distinción R.4.2.1 subvención, definición (SMC 1) otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)) S.2.9.1-2 “beneficio” S.2.9.2 receptor, necesidad de S.2.9.1 subvención a la exportación, definición “subvenciones supeditadas a la actuación exportadoras/los resultados de exportación” (AG 1 e)/SMC 3.1 a)) S.2.12.3-4 carga de la prueba conocimiento o previsión, suficiencia S.2.12.4 orientación del receptor a la exportación, pertinencia S.2.12.4 “de jure o de facto” S.2.12.3 AGCS, aplicabilidad (AGCS I) G.1.1.3-7 determinación de aplicabilidad como preliminar para el examen de los hechos/cumplimiento de la obligación sustantiva G.1.1.3, G.1.1.5-7, M.2.2.3 “medidas que afecten al comercio de servicios” (AGCS I:1) “comercio de servicios” (AGCS I:2) G.1.1.4 “que afecten” (AGCS I:1) G.1.1.4 proveedores de servicios comerciales al por mayor en su calidad de proveedores de servicios, necesidad de examinar G.1.1.5-7, M.2.2.4 competencia de los grupos especiales y el Órgano de Apelación (ESD 3.2), interpretación y aplicación correctas de los acuerdos abarcados y M.2.2.4 competencia (Órgano de Apelación) finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) C.4.9-10 base fáctica, conflictividad/omisión/insuficiencia de los hechos C.4.9-10 en caso de que el grupo especial no examine la aplicabilidad del acuerdo abarcado G.1.1.7 debido proceso (procedimientos de solución de diferencias) economía procesal y J.1.10 obligación de los grupos especiales de abordar las cuestiones planteadas por las partes (ESD 7.2/12.7) J.1.9 economía procesal J.1.9-10 debido proceso y J.1.10 facultad discrecional del grupo especial para determinar qué alegaciones deben examinarse J.1.10 obligación de abordar las alegaciones no examinadas J.1.10 exención fiscal, como elusión de compromisos en materia de subvenciones a la exportación S.2.5 informes de grupos especiales, justificación, necesidad de (ESD 12.7) G.1.1.5-7, M.2.2.4 interpretación de los acuerdos abarcados, directrices expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes S.2.16.1 inexistencia de disposición, pertinencia S.2.16.1 objeto y fin M.2.1.4 mandato de los grupos especiales (ESD 7) obligaciones considerar las disposiciones del acuerdo o acuerdos abarcados que hayan invocado las partes J.1.9 formular conclusiones que ayuden al OSD (ESD 7.1) J.1.9 norma de examen (ESD 11), “evaluación objetiva del asunto que se le haya sometido”, todos los hechos, necesidad de considerar G.1.1.5 subvención, definición (SMC 1) contribución financiera (SMC 1.1 a) 1)) condonación de ingresos que en otro caso se percibirían (SMC 1.1 a) 1) ii)), “en otro caso se percibirían” /base de la comparación (criterio de “si no fuera por”) S.2.4.3 exoneración o remisión de impuestos internos en favor de un producto exportado (SMC 1.1 a) 1) ii), nota 1) S.2.5 subvención a la exportación, definición “subvenciones supeditadas a la actuación exportadoras/los resultados de exportación” (AG 1 e)/SMC 3.1 a)) “de jure” S.2.13 disposición implícita S.2.13.1 “vinculada a” (SMC 3.1 a), nota 4) S.2.13.3-4 subvenciones prohibidas (SMC, Parte II) “subvenciones supeditadas a la actuación exportadoras/los resultados de exportación” (AG 1 e)/SMC 3.1 a)), “de jure o de facto”, omisión, pertinencia S.2.16 “supeditadas … al empleo de productos nacionales con preferencia a los importados” S.2.15 “de jure” S.2.15.1-2 disposición implícita S.2.15.1 trato NMF (AGCS II) M.2.2.3-4 determinación de la existencia de infracción, prescripciones medida abarcada por el AGCS M.2.2.3 servicios similares, comparación M.2.2.3 trato NMF (GATT I) M.2.1.2-4 objeto y fin M.2.1.4 “ventaja” (GATT I:1) M.2.1.2-3 discriminación de facto M.2.1.2-3 anuncio de apelación, requisitos del (PTEA 20 2)) derecho a defender los propios intereses y S.7.2A.1, W.2.7.5.5 resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (PTEA 20 2) d)), alegación de no realización por el grupo especial de una evaluación objetiva (ESD 11), necesidad de referencia específica S.7.2A.1 apelación condicional, solicitud de, procedimiento de C.5.3, W.2.7A.1 carga de la prueba, obligación de toda parte de identificar las disposiciones legislativas pertinentes B.3.1.16, E.3.8 competencia (grupos especiales) objeciones, prescripciones oportunidad O.1.9-12, R.2.1.8-10 oportunidad de subsanar un defecto de procedimiento y R.2.1.10 reuniones del OSD para examinar la solicitud, pertinencia O.1.12, R.2.1.9 competencia (Órgano de Apelación) finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) en caso de acuerdo con la constatación del grupo especial C.4.21 solicitud de, procedimiento de C.4.21 debido proceso (procedimientos de solución de diferencias), oportunidad de responder a las pruebas/comunicaciones de otras partes D.2.2.19 economía procesal, definición J.1.14 Empresas comerciales del Estado (GATT XVII) aplicabilidad a las ECE de disposiciones del GATT distintas del GATT XVII S.7A.1.3 impedir un comportamiento discriminatorio, limitarse a S.7A.1.4 “consideraciones de carácter comercial” (GATT XVII.1 b)) S.7A.4.1-4 diferencias de precios por razones comerciales, admisibilidad de (GATT XVII.1, Nota) S.7A.2.1 “facilidades necesarias para que puedan participar en esas ventas o compras en condiciones de libre competencia” (GATT XVII.1 b)) S.7A.5.1-3 insuficiencia del GATT XVII.1 para impedir todos los obstáculos al comercio (GATT XVII.3) S.7A.6.1 obligación de cumplir los principios de no discriminación prescritos en el GATT (GATT XVII.1 a)) S.7A.1 como disposición contra la elusión S.7A.1.1 GATT XVII.1 b) y S.7A.3.1-7 orden del análisis O.2.8, S.7A.3.4-7 interpretación de los acuerdos abarcados, términos y expresiones específicos, “discriminar”/“sin discriminación”, discriminación y diferenciación justificable, distinción S.7A.1.2 mandato de los grupos especiales (ESD 7), “asunto sometido al OSD”, como se identifica en el ESD 6.2, la medida en litigio como S.7.2A.1-2, W.2.7.5.5 norma de examen (ESD 11), “evaluación objetiva de los hechos”, pruebas, supuesta desestimación o distorsión por el grupo especial, obligación de toda parte de fundamentar la pertinencia de las pruebas B.3.1.16, E.3.8, S.7.2A.2 orden del análisis derecho del grupo especial a determinar O.2.8 GATT XVII.1 a)/GATT XVII.1 b) O.2.8, S.7A.3.4-7 no observancia del orden obligatorio O.2.6 omisión de un paso O.2.7, O.2.8 supuestos, derecho del grupo especial a emplear, claridad respecto del empleo, necesidad de O.2.8 Procedimientos de trabajo (examen en apelación) determinación por el Órgano de Apelación (ESD 17.9) W.2.7A.1 modificación A.2.1.7, W.2.7A.1 procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Apéndice 3), facultades discrecionales del grupo especial O.1.9 solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2), cumplimiento, importancia del, oportunidad de subsanar un defecto R.2.1.10 ADPIC derechos existentes, aplicabilidad al (ADPIC 70.2) P.3.4.4, T.9.9, T.9.13 actos que se realizaron antes de la fecha de aplicación del ADPIC (ADPIC 70.1) P.3.4.4, T.9.11, T.9.12 patentes, duración de la protección (ADPIC 33) T.9.7 adquisición (ADPIC 62.2), distinción T.9.8.1 irretroactividad de los tratados (Convención de Viena 28) P.3.4.3-4 derechos preexistentes, ADPIC T.9.9, T.9.12, T.9.13 medidas continuadas P.3.4.3 procedimientos de trabajo (examen en apelación), respuestas escritas (PTEA 28) W.2.12.6 “gobierno” (AG 9.1 a)) A.1.16 interpretación de los acuerdos abarcados, directrices principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile) I.3.7.4 sentido que debe atribuirse a cada palabra y expresión I.3.7.4 sentido corriente T.1.1.3 interpretación de los acuerdos abarcados, medios diccionarios A.1.16.1, A.1.17.1 medios complementarios (Convención de Viena 32) I.3.10.8 en caso de ambigüedad I.3.10.8 Listas de concesiones (GATT II) T.1.1.3 “teniendo en cuenta” (GATT II:1 b)) T.1.1.3 “condiciones o cláusulas especiales … en [la lista]” T.1.1.3 “organismo público” (AG 9.1 a)) A.1.16 pagos a la exportación de productos agropecuarios financiados en virtud de medidas gubernamentales (AG 9.1 c)) A.1.17 “en virtud de” A.1.26.1-2 marco regulador, pertinencia A.1.26.2 medidas gubernamentales en su conjunto A.1.26.1-2 “financiados” / “un adeudo”, pertinencia A.1.17 pagos en especie (AG 9.1 a)) A.1.15.1, A.1.17 subvención, definición (SMC 1) contribución financiera (SMC 1.1 a) 1)) A.1.3.1 condonación de ingresos que en otro caso se percibirían (SMC 1.1 a) 1) ii)) A.1.3.1 transferencia de recursos económicos del otorgante al receptor por una cantidad inferior a la prestación total A.1.3.1, A.1.15.1 otorgamiento de un beneficio (SMC 1.1 b)) A.1.3.1 terminología en común con el Acuerdo sobre la Agricultura A.1.3.1 Acuerdo sobre la Agricultura (AG) Acuerdo SMC y, primacía del AG (SMC 3.1/AG 13 c) ii)) A.1.38.1 interpretación, medios, contexto, Acuerdo SMC A.1.20.7 ayuda interna, derecho a proporcionar (AG 3) A.1.20.2 ayuda interna/regimenes de subvenciones a la exportación, necesidad de mantener la distinción (AG 3) A.1.20, A.1.36.1 criterio del costo de producción y A.1.20, A.1.36.1 efecto derivado de la ayuda interna permitida A.1.20.3-5, A.1.36.1 carga de la prueba finalización del análisis jurídico by AB y C.4.15 inversión respecto de la elusión de los compromisos en materia de subvenciones a la exportación (AG 10.3) A.1.34.1, B.3.4 compromisos en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades, distinción B.3.4.2 competencia (Órgano de Apelación) confirmación, modificación o revocación de constataciones y conclusiones jurídicas (ESD 17.13), imposibilidad de formular una resolución, efecto C.4.16 finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) C.4.15-16 competencia (Órgano de Apelación), finalización del análisis jurídico (ESD 17.6), base fáctica, conflictividad/omisión/insuficiencia de los hechos C.4.15-16 competencia (Órgano de Apelación) finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) carga de la prueba y C.4.15 en caso de desacuerdo con la constatación del grupo especial C.4.15 costo de producción (AG), cálculo costo marginal A.1.20.8 costo total medio como inclusivo de los costos fijos y variables A.1.20.8-9 de productos destinados tanto al mercado interno como al mercado de exportación A.1.20.9 ganancias como A.1.20.8 interpretación de los acuerdos abarcados, directrices, inexistencia de disposición, pertinencia A.1.18.3, A.1.18.4 pagos a la exportación de productos agropecuarios financiados en virtud de medidas gubernamentales (AG 9.1 c)) A.1.24.1 costo de producción, no recuperación como A.1.20, A.1.36.1 SMC Lista ilustrativa de subvenciones a la exportación, puntos j) y k) y A.1.20.7, S.2.39 costo total medio como inclusivo de los costos fijos y variables A.1.20.9 “en virtud de” A.1.24.1 marco regulador, pertinencia A.1.18.4, A.1.27.2 nexo, necesidad de A.1.27.2 “financiados” A.1.24.1, A.1.27.1-3 “entrañen o no un adeudo en la contabilidad pública” A.1.27.1 ingresos condonados como A.1.18.1 justificación A.1.20.7, S.2.39.1 “medidas gubernamentales” A.1.24.1 orden o instrucción del gobierno, pertinencia A.1.27.3, S.2.8.1 AG 9.1 e), SMC 1.1 y SMC Lista ilustrativa de subvenciones a la exportación, distinción S.2.8.1 punto de referencia/norma (AG 9.1 c)) ausencia de norma expresa, pertinencia A.1.18.3, A.1.18.4 marco fáctico y regulador, pertinencia A.1.18.4 mercado interno (AG 9.1 b) y e)) A.1.18.3 norma objetiva, necesidad de A.1.18.2 precio en el mercado, pertinencia A.1.18.5 precio del mercado mundial A.1.19 precio interno fijado por el gobierno A.1.18.5, A.1.20.4 subvención, definición (SMC 1) contribución financiera (SMC 1.1 a) 1)) pagos a un mecanismo de financiación (SMC 1.1 a) 1) iv)) S.2.8 pagos de entidades privadas con arreglo al Acuerdo sobre la Agricultura (AG 9.1 c)), distinción S.2.8.1 subvención a la exportación, compromisos en materia de, prevención de la elusión (AG 10.1) “subvenciones a la exportación no enumeradas en el párrafo 1 del artículo 9” carácter residual A.1.31 exclusión mutua A.1.31 subvención a la exportación, definición Lista ilustrativa de subvenciones a la exportación (SMC Anexo I) créditos a la exportación a tipos inferiores al costo real de los fondos empleados con este fin (punto k) A.1.20.7 garantía o seguro del crédito a la exportación (punto j) S.2.39 no cobertura a largo plazo de los costes y pérdidas de funcionamiento (punta j) A.1.20.7 subvención a la exportación, prohibición (AG 3.3) A.1.20.2 por encima de los niveles de compromiso en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades A.1.20.2 subvenciones prohibidas (SMC, Parte II) “a reserva de lo dispuesto en el Acuerdo sobre la Agricultura” (SMC 3.1) S.2.11 Acuerdo sobre la Agricultura como primer criterio S.2.11.1 ayuda interna, derecho a proporcionar (AG 3), disciplinas en materia de subvenciones a la exportación, aplicabilidad A.1.28.1 ayuda interna/regimenes de subvenciones a la exportación, necesidad de mantener la distinción (AG 3) A.1.28.1 efecto derivado de la ayuda interna permitida A.1.26.5-8 carga de la prueba B.3.1.14 costo de producción (AG), cálculo A.1.22.4 inversión respecto de la elusión de los compromisos en materia de subvenciones a la exportación (AG 10.3) A.1.34.2-8 AG 10.3 como disposición especial de procedimiento A.1.34.3 compromisos en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades, distinción A.1.34.4, A.1.34.5-7 “establecer” A.1.34.6 onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba A.1.34.2, A.1.34.6, A.1.34.8, B.3.1.14 presunción de la compatibilidad de una medida con las obligaciones en el marco de la OMC A.1.34.2, B.3.1.14 presunción prima facie B.3.1.14 costo de producción (AG), cálculo carga de la prueba A.1.22.4 costo total medio como inclusivo de los costos fijos y variables, atribución desproporcionada de costos fijos al mercado más lucrativo A.1.27.4-5 costos de oportunidad A.1.22.2 costos de venta A.1.23 costos del contingente A.1.23 depreciación y A.1.22.4 ganancias como A.1.22.2 inversión de capital A.1.22.4 metodología objetivo “razonable” A.1.22.4 PCGA (principios de contabilidad generalmente aceptados) y A.1.22.4 interpretación de los acuerdos abarcados, directrices, principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile), sentido que debe atribuirse a cada palabra y expresión A.1.24.1, A.1.27.4 pagos a la exportación de productos agropecuarios financiados en virtud de medidas gubernamentales (AG 9.1 c)) A.1.24.2 “en virtud de” A.1.26.3-8 control gubernamentales, pertinencia A.1.26.5 intención de las autoridades, pertinencia A.1.28.1 marco regulador, pertinencia A.1.26.8 nexo, necesidad de A.1.26.3-4, A.1.27.4 “financiación” como mecanismo o proceso A.1.27.4 “financiados” atribución desproporcionada de costos fijos al mercado más lucrativo A.1.27.4-5 “entrañen o no un adeudo en la contabilidad pública” A.1.27.4 “medidas gubernamentales” A.1.24.2, A.1.25.2 acto u omisión como A.1.25.2 único acto/omisión o serie de actos/omisiones A.1.25.2 orden o instrucción del gobierno, pertinencia A.1.25.3 AG 9.1 e), SMC 1.1 y SMC Lista ilustrativa de subvenciones a la exportación, distinción A.1.25.3 pagos en especie (AG 9.1 a)) A.1.22 pagos por entidades privadas como A.1.24.2, A.1.25 responsibilidad de los Estados Miembros y A.1.25.1 punto de referencia/norma (AG 9.1 c)) costo de producción para toda la rama de producción A.1.21 marco fáctico y regulador, pertinencia A.1.24.2 subvenciones cruzadas y A.1.28 reclamación/alegación, como acción defensiva (AG 10.3) A.1.34.2 responsibilidad del Estado, financiación de las subvenciones a la exportación por entidades privadas A.1.25.1 subvención, definición (SMC 1), contribución financiera (SMC 1.1 a) 1)), pagos a un mecanismo de financiación (SMC 1.1 a) 1) iv)), pagos de entidades privadas con arreglo al Acuerdo sobre la Agricultura (AG 9.1 c)), distinción A.1.25.3 subvención a la exportación, compromisos en materia de, prevención de la elusión (AG 10.1), “subvenciones a la exportación no enumeradas en el párrafo 1 del artículo 9”, exclusión mutua A.1.33 subvención a la exportación, prohibición (AG 3.3), por encima de los niveles de compromiso en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades, compromisos en materia de subvenciones a la exportación, distinción A.1.34.4-7 AGCS, aplicabilidad (AGCS I), GATT de 1994, superposición G.2.2.1 competencia (Órgano de Apelación) clasificación como cuestión de derecho o de hecho , determinación de “similitud” S.3.3.1 confirmación, modificación o revocación de constataciones y conclusiones jurídicas (ESD 17.13), constatación de grupo especial que no ha sido objeto de apelación y P.1.2.1 finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) C.4.2 base fáctica, conflictividad/omisión/insuficiencia de los hechos C.4.2 interpretación de los acuerdos abarcados, directrices objeto y fin S.2.42.1 texto/clara redacción S.2.42.1 interpretación de los acuerdos abarcados, medios, contexto S.2.42.1 “producto similar” (GATT III:2) criterios N.1.3.2.3 determinación caso por caso N.1.3.2.3, S.3.3.1 determinación como cuestión jurídica S.3.3.1 interpretación restrictiva, necesidad de S.3.3.1 productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente, distinción N.1.3.1.3, N.1.5.2 productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente (GATT III:2), criterios, preferencias del consumidor N.1.3.2.3 subvenciones prohibidas (SMC, Parte II), trato nacional y (GATT III:8 b)) S.2.42 trato nacional, discriminación fiscal (GATT III:2) determinación de la existencia de infracción, prescripciones condición de “producto similar” N.1.2.2 impuestos aplicados a los productos importados superiores a los aplicados a los productos nacionales N.1.2.2 incompatibilidad de la medida con los principios de GATT III:1 (incluidos los productos no similares) N.1.2.2 “directa o indirectamente” productos importados N.1.2.1 productos nacionales similares N.1.2.1 “que no esté sujeto a un impuesto similar” N.1.7.3-4 umbral/diferencia de minimis N.1.7.3 trato nacional, excepciones (GATT III:8), desembolso de ingresos por parte de un gobierno, limitación a (GATT III:8 b)) S.2.42.1 Acuerdo Antidumping (AD), determinación de la existencia de daño (AD 3) análisis país por país/evaluación acumulativa del volumen y de los precios (AD 3.2) A.3.20, A.3.20.2-4 análisis país por país/evaluación acumulativa del volumen y de los precios (AD 3.2) A.3.20.1-2, A.3.21.2 el volumen y los precios como “efectos” (AD 3.3) A.3.21.3 justificación A.3.21.4 evaluación de los factores de daño (AD 3.4) A.3.22.7-9 crecimiento A.3.22.8 evaluación de otros factores enumerados en AD 3.4 y A.3.23.3-4 examen de otros factores de que se tenga conocimiento (AD 3.5) A.3.25 análisis del dumping y el daño/análisis de la relación causal, distinguibilidad A.3.25.3-4 daño simultáneo a la rama de producción nacional, necesidad de A.3.25.1 “de que tenga conocimiento” la autoridad investigadora A.3.25.1 “distintos de las importaciones objeto de dumping” A.3.25.1 manera de evaluar una relación causal (AD 3.5) A.3.23 efecto colectivo, exigencia o no de examen A.3.26.1-3 efectos perjudiciales de las mercancías objeto de dumping y de otros factores, necesidad de distinguir (AD 3.5) A.3.24.7, A.3.26.1 inexistencia de disposición al respecto/libertad para elegir A.3.22.7, A.3.22.9, A.3.24.8, E.3.7 no atribución a las importaciones objeto de dumping del daño causado por otros factores (AD 3.5) A.3.24.7-8, A.3.26.3 registro por separado de la evaluación de cada factor, si s exige A.3.23.2 Acuerdo Antidumping (AD), determinación de la existencia de dumping (AD 2) cálculo de los gastos administrativos, de venta y de carácter general y de los beneficios (AD 2.2.2), ventas de bajo volumen, pertinencia (AD 2.2.2 parte introductoria) A.3.10 cálculo de los márgenes de dumping (AD 2.4), método, derecho a elegir, GATT VI:2 y A.3.14.5, A.3.65.8 período objeto de investigación (POI) periodo objeto de investigación, duración, inexistencia de disposición A.3.2.1 selección discrecional de los datos correspondientes a un periodo de tiempo dentro del periodo objeto de investigación A.3.2.1 Acuerdo Antidumping (AD), GATT de 1994 VI y, determinación de la existencia de dumping y cálculo del margen de dumping A.3.65.8 Acuerdo Antidumping (AD), norma/facultades de examen (AD 17.6) evaluación de los elementos de hecho (AD 17.6 i)) A.3.59.10 error, necesidad de demostrar A.3.59.10 buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convención de Viena 26)), cumplimiento de las obligaciones contraídas en el marco de la OMC P.3.1.11 cumplimiento, obligaciones en el marco de la OMC, principio de buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda) P.3.1.11 derecho aplicable, determinación de la existencia de dumping y cálculo del margen de dumping A.3.65.8 interpretación de los acuerdos abarcados, medios, contexto, GATT VI/AD, relación entre A.3.65.8 investigación de la existencia de dumping, reglas de la prueba (AD 6) plena oportunidad de defender los propios intereses, derecho a la (AD 6.2) A.3.31 obligación de divulgación (AD 6.4) y A.3.31.1 puesta a disposición de las partes interesadas de información pertinente para la presentación de sus argumentos (AD 6.4) A.3.31 “autoridades utilicen” A.3.32.1-3 “pertinente” A.3.32.1-3 medida específica contra el dumping (AD 18.1) o una subvención (SMC 32.1), prescripciones, conformidad con las disposiciones de GATT VI, según se interpretan en el Acuerdo Antidumping A.3.65.8 Acuerdo OTC “reglamento técnico” (Anexo 1.1) T.4.1.1-5 prescripción de identificabilidad T.4.1.4-5 buena fe (incluido el principio pacta sunt servanda (Convención de Viena 26)), testimonios científicos, fundamentación en G.3.3.1 competencia (Órgano de Apelación) cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (ESD 17.6) C.4.12 finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) C.4.11-12 base fáctica argumento insuficiente sobre una cuestión nueva C.4.12 conflictividad/omisión/insuficiencia de los hechos C.4.11-12 derechos de tercero W.2.9.2 actuaciones del Órgano de Apelación (PTEA 24) W.2.9.2 participación pasiva en audiencias W.2.9.2 economía procesal N.1.11.7 escritos de amicus curiae procedimiento adicional (CE — Amianto) A.2.3, W.2.2.1, W.2.6.6 adopción de conformidad con PTEA 16 1) A.2.3.1, W.2.6.6 incumplimiento del procedimiento adicional como motivo de rechazo A.2.3.5 plazos A.2.3.4 solicitud de opiniones A.2.3.1, W.2.6.6 texto A.2.3.1 Excepciones generales (GATT XX) medida alternativa compatible con el GATT, disponibilidad G.3.4.1 medidas necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o la preservación de los vegetales (GATT XX b)) GATT III:4 (trato nacional, discriminación reglamentaria) y G.3.2, N.1.12 justificación buena fe, fundamentación de G.3.3.1 fuentes científicas que representan una opinión discrepante G.3.3.1 pruebas de riesgos para la salud, pertinencia G.3.2.1, N.1.12.1 pruebas “preponderantes” G.3.3.1 medidas relativas a la conservación de recursos naturales agotables (GATT XX g)), GATT III:4 (trato nacional, discriminación reglamentaria) y G.3.2.1 interpretación de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretación del derecho internacional público [codificadas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)], defensas y excepciones, GATT XX G.3.2.1, N.1.12.1 interpretación de los acuerdos abarcados, directrices expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes N.1.3.1.4, N.1.9.1.1 objeto y fin N.1.9.2.3 pluralidad de idiomas auténticos (Convención de Viena 33) N.1.9.1.2 principio de efectividad (ut res magis valeat quam pereat/effet utile) G.3.2.1, N.1.12.1 interpretación de los acuerdos abarcados, medios contexto, GATT III:1/GATT III en su conjunto N.1.1.4 diccionarios N.1.9.1.2 pluralidad de idiomas auténticos N.1.9.1.2 Procedimientos de trabajo (examen en apelación) opinión concurrente (PTEA 3.2) W.2.3 plan de trabajo (PTEA 26), prórroga del plazo para la distribución del informe del informe del Órgano de Apelación, volumen de trabajo excepcional W.2.10.2.3 “producto similar” (GATT III:2) GATT III:4, distinción N.1.3.1.4, N.1.9.1.1 productos directamente competidores o que pueden sustituirlos directamente, distinción (Nota al artículo) N.1.3.1.4 “producto similar” (GATT III:4) criterios N.1.9.4 clasificación arancelaria N.1.9.4.1 intercambiabilidad N.1.9.4.4, N.1.9.4.6 preferencias del consumidor N.1.9.1.2, N.1.9.4.1, N.1.9.4.4, N.1.9.4.7, N.1.9.5.2 propiedades físicas N.1.9.4.1-4 usos finales N.1.9.4.1-8 determinación caso por caso N.1.9.1.2 sobre la base de todas las pruebas disponibles N.1.9.4.1-2 GATT III:2, distinción N.1.3.1.4, N.1.9.1.1 relación de competencia, necesidad de N.1.9.3.2, N.1.9.4.4, N.1.9.5.1 pruebas de riesgos para la salud, pertinencia G.3.2.1, N.1.9.5.2, N.1.12.1 “similar” / “produits similaires” / “productos similares” N.1.9.1.2 pruebas (GATT XX: justificación), fuentes científicas que representan una opinión discrepante G.3.3.1 reclamaciones en los casos en que no existe infracción (GATT XXIII:1 b)) como acción excepcional N.2.1.1 “cualquier medida” N.2.2.1 medida “contraria” a las disposiciones del GATT, aplicabilidad a N.2.2.1 aplicación simultánea a medidas comprendidas en otras disposiciones del GATT N.2.2.1 testimonios de expertos, discrepancia de opiniones, pertinencia G.3.3.1 trato nacional, discriminación reglamentaria (GATT III:4) “de manera que se proteja”, igualdad de condiciones de competencia N.1.9.2.3 discriminación fiscal (GATT III:2), distinción entre disposiciones N.1.3.1.4, N.1.9.1.1, N.1.9.2.1-2, N.1.9.3.1 GATT XX y G.3.2, G.3.2.1, N.1.12 principio general (GATT III:1) y N.1.1.4, N.1.9.2 “trato menos favorable” N.1.11.7 trato nacional, principio general (GATT III:1) “de manera que se proteja” N.1.1.4 igualdad de condiciones de competencia N.1.9.2.3 “trato menos favorable” y N.1.11.7 interpretación de GATT III en su conjunto y GATT III:1 como contexto N.1.9.2.1-3 GATT III:4 (producto “similar”) y N.1.1.4, N.1.9.2 acceso a los mercados, concesiones y compromisos en materia de (AG 4.1) carácter fundamental A.1.8.1 compatibilidad con GATT XIII A.1.8.2, A.1.37.2 solución de diferencias A.1.37.2 Acuerdo sobre la Agricultura (AG) GATT de 1994 y (AG 21.1) A.1.37 acceso a los mercados, concesiones y compromisos en materia de (AG 4.1) y A.1.8.2, A.1.37.2 primacía del AG A.1.37.1 solución de diferencias y A.1.37.2 objetivo, reforma de la agricultura A.1.8.1 AGCS, aplicabilidad (AGCS I) G.1.1.1-2 GATT de 1994, superposición G.1.1.2, G.2.2.2 “medidas que afecten al comercio de servicios” (AGCS I:1) G.1.1.1 “producción, distribución, comercialización, venta y prestación de un servicio” G.1.1.1 servicios en cualquier sector excepto servicios suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales (AGCS I:3 b)) G.1.1.1 anuncio de apelación, prescripciones (PTEA 20 2)), resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (PTEA 20 2) d)) W.2.7.3.1 aplicación no discriminatoria de las restricciones cuantitativas (GATT XIII) T.2.1-4 asignación a Miembros que no tengan un interés sustancial (GATT XIII:1) T.2.1 objetivo de hacer una distribución del comercio que se aproxime lo más posible a la que se podría esperar si no existieran restricciones (GATT XIII:2, parte introductoria) T.2.2 publicación y aplicación de los reglamentos comerciales (GATT X:3 a)) P.5.3, T.2.4 sistemas reglamentarios establecidos por el Miembro, pertinencia T.2.3 asesores privados, participación en procedimientos del ESD P.4 competencia (Órgano de Apelación) clasificación como cuestión de derecho o de hecho discriminación de facto S.3.3.2 nacionalidad de la mayoría de los operadores S.3.3.2 participaciones en el mercado S.3.3.2 prescripciones de procedimiento y administrativas, diferencias S.3.3.2 propiedad, control y nacionalidad de la empresa S.3.3.2 cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (ESD 17.6), representación legal en las delegaciones de los gobiernos, importancia P.4.2 consultas (ESD 4), debido proceso, obligación de comunicar T.6.1.3 Convención de Lomé, derecho del grupo especial a invocar el L.3 cumplimiento, solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2) R.2.1.3, T.6.1.3 ESD, aplicabilidad, concesiones y compromisos en materia de acceso a los (AG 4.1)/GATT de 1994, compatibilidad A.1.37.2 examen en apelación (ESD 17), cuestiones de derecho e interpretaciones jurídicas, limitación a (ESD 17.6) P.3.4.2 exenciones carácter excepcional W.1.3 exención de Lomé L.3.1, W.1.1-3 exenciones de GATT I/GATT XIII, relación W.1.1 instrumentos administrativos, derecho a impugnar P.5.3.1 interpretación de los acuerdos abarcados, directrices expectativas legítimas, pertinencia N.3.1 expresiones iguales o estrechamente relacionadas en acuerdos diferentes G.1.1.1, L.2.4, M.2.2.1 inexistencia de disposición, pertinencia A.1.37.2 interpretación restringida/amplia, exenciones W.1.3 sentido corriente G.1.1.1 interpretación de los acuerdos abarcados, medios Convención de Lomé L.3 historia de la negociación, Acuerdo sobre la Agricultura (AG) A.1.37.2 preámbulo objeto de examen L.2.1-2 titulo L.2.1-2 interpretación de los acuerdos abarcados, términos y expresiones específicos “que afecten” AGCS I G.1.1.1 “se aplicarán de manera neutral y se administrarán justa y equitativamente” (AL 1.3)/ “aplicará de manera uniforme, imparcial y razonable” (GATT X:3 a)), equivalencia L.2.4 irretroactividad de los tratados (Convención de Viena 28) P.3.4.2 como principio general del derecho internacional P.3.4.2 medidas continuadas P.3.4.2 legitimación para/derecho a presentar una reclamación (ESD 3.7) disposición respecto de la que corresponde al propio Miembro decidir R.5.2 interés protegido jurídicamente, pertinencia R.5.1 observancia de la normas de la OMC como justificación R.5.3 utilidad del recurso a los procedimientos de solución de diferencias R.5.2 Licencias de Importación, Acuerdo sobre L.2.1-2, L.2.4 como lex specialis L.2.4 procedimientos, para el trámite de licencias, limitación a (AL, titulo, preámbulo y artículo 1.1) L.2.1-2 “se aplicarán de manera neutral y se administrarán justa y equitativamente” (AL 1.3)/ “aplicará de manera uniforme, imparcial y razonable” (GATT X:3 a)), equivalencia L.2.4 Listas de concesiones (GATT II) como parte integrante del GATT de 1994 (OMC II:2) T.1.3.1 disminución de obligaciones, exclusión T.1.3.1 mandato de los grupos especiales (ESD 7), solicitud de establecimiento de un grupo especial como base R.2.1.3, T.6.1.3 Procedimientos de trabajo (examen en apelación) audiencia (PTEA 27), modificación de fecha W.2.11.1.1 composición de la delegación derecho del Miembro a determinar W.2.6.1 representación legal, importancia P.4.2 plan de trabajo (PTEA 26) modificación en circunstancias excepcionales a petición de partes, participantes o terceros participantes (PTEA 16.2) W.2.10.1.1 audiencia W.2.11.1.1 procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Apéndice 3), resoluciones preliminares, conveniencia W.3.1 publicación y aplicación de los reglamentos comerciales (GATT X), leyes, reglamentos, decisiones judiciales y disposiciones administrativas, aplicación uniforme, imparcial y razonable (GATT X:3) P.5.3, T.2.4 reclamaciones en los casos en que no existe infracción (GATT XXIII:1 b)), efectos de minimis, pertinencia N.3.1 representación legal en las delegaciones de los gobiernos, importancia P.4.2 solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2) cumplimiento, importancia del análisis por el OSD R.2.1.3 responsibilidad de las partes R.2.1.3, T.6.1.3 fundamentos de derecho de la reclamación R.2.2.1-4 argumentos, distinción C.1.2-4, R.2.2.1-4, W.3.1 exposición, suficiencia, enumeración de los párrafos del acuerdo cuya vulneración se alega T.6.2.1 rectificación en etapas posteriores, argumentos por escrito u otra comunicación o declaración C.1.3-4, R.2.2.3, T.6.2.2-3, W.3.1 utilidad de presentar una reclamación, responsibilidad por el Miembro R.5.2 trato nacional, discriminación fiscal (GATT III:2) “de manera que se proteja” N.1.11.2 intención, pertinencia M.2.2.2, N.1.13.1 “que no esté sujeto a un impuesto similar”, umbral/diferencia de minimis N.3.1 trato nacional, discriminación reglamentaria (GATT III:4) “que afecten” G.1.1.1, N.1.10.1 “trato menos favorable” N.1.11.1-2 trato nacional, principio general (GATT III:1) “de manera que se proteja” AGCS II y XVII, distinción N.1.13.1 igualdad de condiciones de competencia, protección de relación de competencia N.3.1 omisión en GATT III:2, primera frase, pertinencia N.1.11.2 trato nacional, servicios y proveedores de servicios (AGCS XVII), determinación de la existencia de infracción, prescripciones, criterio del objeto y efecto, distinción, GATT III:1, distinción M.2.2.2, N.1.13.1 trato NMF (AGCS II) M.2.2.1-2 determinación de la existencia de infracción, prescripciones, criterio del objeto y efecto, distinción de GATT III:1 M.2.2.2 “trato no menos favorable” (AGCS II:1) M.2.2.1 AGCS XVII (trato nacional), distinción M.2.2.1 discriminación de facto M.2.2.1 trato NMF (GATT I) M.2.1.1 “ventaja” (GATT I:1) M.2.1.1 discriminación de facto M.2.1.1 como constatación de hecho S.3.3.2 debido proceso (procedimientos de solución de diferencias), perjuicio a una parte, necesidad de D.2.2.7, R.2.3.7 interpretación de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, Listas de concesiones I.3.5.4-5, T.1.2.1 interpretación de los acuerdos abarcados, directrices expectativas legítimas, pertinencia I.3.5.4-5 carácter unilateral de I.3.5.4, T.1.2.1 concesiones arancelarias en la lista del Miembro y I.3.5.4, T.1.2.1, T.1.2.6 términos específicos, necesidad de I.3.5.4 intenciones de las partes, intención común I.3.5.4, I.3.10.4, T.1.2.1 Sistema Armonizado de Clasificación Aduanera y sus Notas Explicativas T.1.2.2 texto/clara redacción, expectativas legítimas y I.3.5.4 interpretación de los acuerdos abarcados, medios contexto, antecedentes históricos de la celebración del tratado I.3.10.3 decisiones de la Organización Mundial de Aduanas T.1.2.2 historia de la negociación, práctica de clasificación I.3.10.3-5, T.1.2.3-5 medios complementarios (Convención de Viena 32) I.3.10.2-5 en caso de ambigüedad I.3.10.2 Listas de concesiones (GATT II) T.1.2.1-2 como parte integrante del GATT de 1994 (OMC II:2) I.3.5.4-5, T.1.2.1-2 interpretación y aclaración T.1.2 circunstancias de celebración (Convención de Viena 32) T.1.2.3 decisiones de la Organización Mundial de Aduanas y T.1.2.2 derecho aplicable I.3.5.4-5, T.1.2.1 verificación de las listas arancelarias T.1.2.7 “medida”, ESD 6.2, aplicación de aranceles como R.2.3.4 Organización Mundial de Aduanas (OMA), decisiones como ayuda para la interpretación de las Listas de concesiones arancelarias T.1.2.2 solicitud de establecimiento de un grupo especial, prescripciones (ESD 6.2) identificación de la medida en litigio R.2.3.4-7 identificación del producto, necesidad de R.2.3.5-6 objeto y fin de ESD 6.2 como criterio R.2.3.6 Acuerdo Antidumping (AD), norma/facultades de examen (AD 17.6), no aplicabilidad al a los acuerdos abarcados distintos del Acuerdo Antidumping, incluidos los Acuerdos SMC y MSF S.7.1.1 Acuerdo MSF, armonización de medidas (MSF 3) Acuerdo MSF, armonización de medidas (MSF 3) Acuerdo MSF, evaluación del riesgo, necesidad de (MSF 5.1-5.3 y Anexo A, párrafo 4), gestión del riesgo, distinción (MSF 5.1 y Anexo 1, párrafo 4) S.6.9.3 medidas que estén en conformidad con normas internacionales (MSF 3.2), incorporación en el derecho interno S.6.7.2 Acuerdo MSF, derechos y obligaciones básicos (MSF 2), como equilibrio entre la promoción del comercio internacional y la protección de la salud y la vida de las personas y de los animales o la preservación de los vegetales, evaluación del riesgo (MSF 5.1) y S.6.9.1 Acuerdo MSF, evaluación del riesgo, necesidad de (MSF 5.1-5.3 y Anexo A, párrafo 4) elementos (Anexo A, párrafo 4), “posibles”, “probabilidad”, distinción S.6.9.4 equilibrio de intereses MSF y (MSF 5.1) S.6.9.1 evaluación que no ha sido realizada por el Miembro interesado, aceptabilidad (MSF 5.1 y Anexo 1, (párrafo 4)) S.6.9.5 “justificación científica” (MSF 3.3) y S.6.8.4-5 proceso de dos etapas, aceptabilidad (Anexo 1, (párrafo 4)) S.6.9.4 riesgo verificable/teórico, distinción (MSF 5.1) S.6.10.1-2 testimonios científicos suficientes, prescripción relativa a (MSF 2.2) y S.6.9.1-2 Acuerdo MSF, interpretación, preámbulo como apoyo S.6.8.2 carga de la prueba, medidas sanitarias y fitosanitarias S.6.7.1-2 derecho interno, incorporación de norma sanitaria o fitosanitaria internacional S.6.7.2 interpretación de los acuerdos abarcados, medios notas al tratado S.6.8.4 preámbulo objeto de examen S.6.8.2 medidas basadas en normas internacionales (MSF 3.1) S.6.6 carga de la prueba S.6.6.3 “se basen en” S.6.6.1 medidas que estén en conformidad con normas internacionales (MSF 3.2) S.6.7 carga de la prueba S.6.7.1-2 presunción de compatibilidad S.6.6.1, S.6.6.3, S.6.7.2 medidas que representen un nivel de protección más elevado (MSF 3.3) S.6.8 compatibilidad con otros artículos del MSF incluidos MSF 5.1-8 S.6.8.4 derecho de los Miembros a escoger S.6.5.1 evaluación del riesgo, necesidad de (MSF 3.3, nota 2 y SPS 5.1) S.6.8.4 justificación científica, necesidad de S.6.8.4 preámbulo del MSF y S.6.8.2 relación regla general/exceptión (MSF 3.1 y 3.2), cuestión de si S.6.8.1-3 Acuerdo MSF, derechos y obligaciones básicos (MSF 2) carácter subyacente de la disposición S.6.2.1, S.6.3.2 como equilibrio entre la promoción del comercio internacional y la protección de la salud y la vida de las personas y de los animales o la preservación de los vegetales S.6.3.1, S.6.5.2 discriminación arbitraria o injustificable, exclusión (MSF 2.3) nivel adecuado de protección y (MSF 5.5) S.6.15.1-2, S.6.16.1 fuentes alternativas de discriminación S.6.17.3-4 Acuerdo MSF, evaluación del riesgo, necesidad de (MSF 5.1-5.3 y Anexo A, párrafo 4) especificidad de la evaluación, necesidad de (MSF 5.1 y 5.2) S.6.13.1-2 medidas se basen en, necesidad de que (MSF 5.1) S.6.14.1-2 relación racional entre la medida y el riesgo, necesidad de S.6.14.2, S.6.14.4 riesgo verificable/teórico, distinción (MSF 5.1), umbral cuantitativo, pertinencia S.6.14.1 testimonios científicos suficientes, prescripción relativa a (MSF 2.2) y S.6.3.1-2, S.6.14.2 discrepancia de opiniones de los expertos, pertinencia S.6.14.4 Acuerdo MSF, interpretación aplicabilidad a situaciones y medidas preexistentes T.5.2.1 normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretación del derecho internacional público [codificadas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)] y P.3.5.1 Acuerdo MSF, nivel adecuado de protección (MSF 5.5-5.6) coherencia en la aplicación (MSF 5.5) S.6.15 discriminación o restricción encubierta del comercio resultante de la incompatibilidad S.6.15.2, S.6.17.1, S.6.17.2-3 distinciones en el nivel de protección en diferentes situaciones S.6.16.1 comparabilidad S.6.16.1 incoherencias arbitrarias o injustificables, exclusión S.6.15.1-2 obligación jurídica, cuestión di si S.6.15.1 Acuerdo MSF, testimonios científicos suficientes, necesidad de (MSF 2.2) S.6.3.1-2 anuncio de apelación, prescripciones (PTEA 20 2)) resumen de las alegaciones de errores en las cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (PTEA 20 2) d)) alegación de no realización por el grupo especial de una evaluación objetiva (ESD 11), necesidad de referencia específica S.3.2.1 argumentación jurídica en apoyo de la alegación, distinción S.3.2.1 carga de la prueba B.3.1.3 defensas y excepciones B.3.3.3 medidas que representen un nivel de protección más elevado que las normas internacionales (MSF 3.3) B.3.3.3 medidas sanitarias y fitosanitarias B.3.3.3, S.6.6.3 onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba B.3.1.3 defensas y excepciones y B.3.3.3 presunción prima facie B.3.2.2 norma de la prueba B.3.2.2 resolución del grupo especial en favor, necesidad de B.3.2.2 procedimientos, modificación W.3.3 competencia de los grupos especiales y el Órgano de Apelación (ESD 3.2), derecho a desarrollar un razonamiento jurídico proprio que incluya argumentos no aducidos por las partes (jura novit curia) C.2.1 competencia (grupos especiales), objeciones, prescripciones, especifidad/explicitud O.1.1 competencia (Órgano de Apelación) clasificación como cuestión de derecho o de hecho credibilidad y peso de las pruebas S.3.3.3, S.7.3.1 cumplimiento de las obligaciones impuestas por un tratado y compatibilidad con ellas S.3.3.3, S.7.3.1 cuestiones de derecho/interpretaciones jurídicas (ESD 17.6) cuestiones no planteadas por las partes C.4.3 supuesta no realización por el grupo especial de una evaluación objetiva (ESD 11) S.3.2.1 finalización del análisis jurídico (ESD 17.6) C.4.3-4 base fáctica, conflictividad/omisión/insuficiencia de los hechos C.4.3-4 en caso de desacuerdo con la constatación del grupo especial C.4.3-4 debido proceso (procedimientos de solución de diferencias), facultades discrecionales de los grupos especiales respecto de las cuestiones de procedimiento (ESD 12 y Apéndice 3) D.2.2.2-3, O.1.1 derechos de tercero T.8.1 procedimiento de los grupos especiales (ESD 10 y Apéndice 3), facultades discrecionales del grupo especial y, ampliación de conformidad con el debido proceso T.8.1 economía procesal J.1.4 examen de novo de los hechos, exclusión S.7.2.1 información y asesoramiento técnico, derecho del grupo especial a recabar (ESD 13) derechos del grupo especial establecer un grupo de expertos S.4.1, W.3.2 formular normas ad hoc S.4.2, W.3.2 no recabar S.7.3.3 testimonios de expertos (ESD 13.2), asesoramiento de distintos expertos, derecho a recabar S.4.1-2 información y asesoramiento técnico, derecho del grupo especial a recabar (MSF 11.2), derecho del grupo especial a establecer un grupo de expertos S.4.1 interpretación de los acuerdos abarcados, derecho aplicable, normas usuales/reglas consuetudinarias de interpretación del derecho internacional público [codificadas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)], SPS P.3.5.1 interpretación de los acuerdos abarcados, directrices presunción de compatibilidad (MSF 3.2) S.6.6.1, S.6.6.3 texto/clara redacción I.3.2.2 interpretación de los acuerdos abarcados, medios contexto, tratado/tratados en su conjunto S.6.14.2, S.6.17.1, S.6.17.2 medios complementarios (Convención de Viena 32) I.3.8.1 preámbulo objeto de examen P.3.5.1 principio in dubio mitius I.3.8, S.6.6.2 como medios de interpretación complementarios I.3.8.1 definición I.3.8.1 irretroactividad de los tratados (Convención de Viena 28), medidas continuadas T.5.2.1 mandato de los grupos especiales (ESD 7), como definición de jurisdicción/alegaciones jurídica planteadas, alegaciones jurídicas comprendidas en el mandato, limitación de la jurisdicción a C.2.1 norma de examen (ESD 11) aplicabilidad al Acuerdo Antidumping sujeta a AD 17.6 S.7.1.1 “evaluación objetiva de los hechos” (ESD 11) S.7.2.1 examen de novo, exclusión S.7.2.1 pruebas, supuesta desestimación o distorsión por el grupo especial S.7.3.2, S.7.3.3 discreción en la selección de las pruebas pertinentes S.7.3.4 “evaluación objetiva del asunto que se le haya sometido” S.7.2.1 aplicabilidad de los acuerdos abarcados pertinentes y conformidad con éstos, derecho internacional consuetudinario, aplicabilidad S.7.2.1 derecho aplicable, derecho internacional consuetudinario S.7.2.1 pluralidad de partes reclamantes (ESD 9) armonización de grupos especiales y calendarios (ESD 9.2), reunión conjunta con expertos M.4.1-2 participación en un procedimiento de los grupo especial iniciado por otro reclamante D.2.2.3, M.4.3 principio de cautela o de precaución P.3.5 derecho internacional consuetudinario P.3.5.1, S.6.23.1 derecho medioambiental internacional consuetudinario, como principio del S.6.23.1 MSF y aplicación provisional de medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF 5.7) y P.3.5.1, S.6.23 compatibilidad de las medidas con el Acuerdo MSF, necesidad de S.6.23.1 medidas que representen un nivel de protección más elevado que las normas internacionales (MSF 3.3) P.3.5.1 MSF preámbulo P.3.5.1 Procedimientos de trabajo (examen en apelación), plan de trabajo (PTEA 26), prórroga del plazo para la distribución del informe del informe del Órgano de Apelación W.2.10.2.1 procedimientos de trabajo (grupos especiales) (ESD 12.1 y Apéndice 3) facultades discrecionales del grupo especial D.2.2.2-3, O.1.1, W.3.3 carga de la prueba W.3.3 debido proceso y D.2.2.2-3, O.1.1 testimonios de expertos discrepancia de opiniones, pertinencia S.6.14.4 pluralidad de partes reclamantes y (ESD 9.2) M.4.1-2 carga de la prueba B.3.1.15 asignación, importancia de la cuestión, pertinencia B.3.1.15 defensas y excepciones Cláusula de Habilitación B.3.3.8-14 incompatibilidad con GATT I:1, suficiencia como fundamento de la reclamación B.3.3.13-14, E.1.1.4 disposición permisiva como defensa/excepción B.3.3.8 medidas que representen un nivel de protección más elevado que las normas internacionales (MSF 3.3) B.3.3.8-14 obligación de la parte en dos fases de invocar y demostrar B.3.3.12 onus probandi actori incumbit como principio general de la prueba, defensas y excepciones y B.3.3.8-14 Cláusula de Habilitación como excepción al GATT I:1 B.3.3.9, E.1.1.1 como parte integrante del OMC, Acuerdo sobre W.4.1.1 conformidad con el SGP (trato generalizado, sin reciprocidad ni discriminación), necesidad de (Cláusula de Habilitación, párrafo 2 a)) E.1.1 “de conformidad” E.1.1.2 “discriminar” / “sin discriminación” E.1.2.2-6 ausencia de criterios o normas claros para tener acceso E.1.2.7 identidad de las preferencias arancelarias, necesidad de E.1.2.3-7 países menos adelantados (párrafo 2 d)) y E.1.3.1 “generalizadas” E.1.2.4 historia de la negociación E.1.1.3, E.1.2.4 Decisión de 1971 sobre las exenciones E.1.1.1, E.1.1.3 incompatibilidad con el GATT I:1 como paso preliminar E.1.1.2 objeto y fin eliminación del sistema fragmentado de preferencias E.1.2.4 facilitación y fomento del comercio sin poner obstáculos/dificultades indebidas (párrafo 3 a)) E.1.4.1 mejora de la parte de los países en desarrollo en el incremento del comercio internacional (OMC, preámbulo) E.1.2.5, E.1.5.1 |